Colección legislativa de presidios y casas de corrección de mujeres: Comprensiva de la ordenanza general de presidios de 14 de abril de 1834, y de todas las disposiciones legales y reglamentarias referentes al ramo, expedidas posteriormente hasta 1.o de noviembre de 1861; formada de órden de la dirección general de establecimientos penales, Volumen2

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1861

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Página 144 - Por tanto mandamos á todos los tribunales, justicias, jefes, gobernadores y demás autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Tendréislo entendido para su cumplimiento, y dispondréis se imprima, publique y circule.
Página 135 - Doña Isabel II, por la Gracia de Dios y la Constitución de la Monarquía española, Reina de las Españas, á todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: que las Cortes han decretado, y Nos sancionado lo siguiente: Artículo 19 En todos los dominios españoles habrá un solo sistema de medidas y pesas.
Página 95 - En los casos en que la pena señalada por la ley contenga tres grados, bien sea una sola pena divisible, bien sea compuesta de tres distintas, cada una de las cuales forma un grado, con arreglo á lo prevenido en los artículos 97 y 98, los Tribunales observarán para la aplicación de la pena, según haya ó no circunstancias atenuantes ó agravantes, las reglas siguientes...
Página 108 - Al alcaide ó gefe de establecimiento penal que impusiere á los presos ó sentenciados privaciones indebidas , ó usare con ellos de un rigor innecesario. 4?
Página 94 - ... de responsabilidad por haber declarado el Tribunal que obró con discernimiento, se le impondrá una pena discrecional, pero siempre inferior en dos grados, por lo menos, á la señalada por la ley al delito que hubiere cometido.
Página 95 - Dentro de los límites de cada grado, los Tribunales determinarán la cuantía de la pena, en consideración al número y entidad de las circunstancias agravantes y atenuantes y á la mayor ó menor extensión del mal producido por el delito.
Página 102 - El condenado á cadena temporal ó perpetua que tuviere antes de la sentencia 60 años de edad, cumplirá la condena en una casa de presidio mayor. Si los cumpliere estando ya sentenciado, se le trasladará á dicha casa-presidio, en la que permanecerá durante el tiempo prefijado en la sentencia.
Página 489 - Los cuales, después de haberse comunicado sus plenos poderes y hallándolos en buena y debida forma, han convenido en los artículos siguientes: Artículo...
Página 95 - Se aplicará asimismo la pena inmediatamente inferior á la señalada por la ley cuando el hecho no fuere del todo excusable por falta de alguno de los requisitos que se exigen para eximir de responsabilidad criminal en los respectivos casos de que se trata en el...
Página 201 - Código de Comercio, y conformándome con el parecer del Consejo de Ministros, Vengo en decretar lo siguiente: Artículo 1 .° El Código de Comercio referido se observará como ley en la Península é islas adyacentes desde el primero de Enero de mil ochocientos ochenta y seis. Art. 2.°...

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