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de la demasía, la merced que Vuestra Magestad les fazia en mandar que se sacasen; pues de otra manera, yo estoy cierto quellos no pue'den aber despacho, para tanta cantidad de pan como tienen.

Los ginoveses, viendo esto, me requyrieron con la otra cédula en que Vuestra Magestad me manda que si no me concertare en el precio, que les dexe sacar quince mill hanegas de trigo e lo que más quysiesen, para llevar a la Villa de San Sebastian; e cumpliendo el mandamiento de Vuestra Magestad, dí a la Cibdad la cédula que Vuestra Magestad les escrebió, e tra baxé quentendiesen la necesidad que Vuestra Magestad tiene, para proveer su exército, e la razon que ay para quen tal coyuntura Vuestra Magestad sea servido de sus vasallos, sin mirar en las otras necesidades particulares, ni en los prevylexos que tienen; e obedesciose el mandamiento de Vuestra Magestad, suplicando a Vuestra Magestad que no mande sacar más de las quinze mill hanegas de trigo e cinco mill de cebada; e esto piden, acordándose de quel año pasado murieron aquí treinta mill personas, e las mas de hambre, e diszen que fué la prencipal cabsa, otra ṣaca.

Mande Vuestra Magestad ver si bastan las dichas quince mill hanegas de trigo, e si estas no bastasen, suplico a Vuestra Magestad escriba otra

cédula a esta Cibdad, dándoles gracias de las quinze mill, e de la voluntad que yo escrebí quellos tienen en servir a Vuestra Magestad; e encargándoles que dexen sacar fasta cumplymiento de veynte e cinco mill hanegas de trigo; e aunquesto se puede fazer con solo abérmelo Vuestra Magestad embiado a mandar, paréceme que cumple más al servycio de Vuestra Magestad que se faga como digo.

Mándame Vuestra Magestad por las mesmas cédulas, que provea como se tomen las náos necesarias para llevar este pan; yo proveí luego todo lo que fué posible, e en todos estos puertos ay solamente seis náos que tienen fletadas los mercaderes burgaleses para sus lanas; e están tan comenzadas a cargar de sacas para horno, que diszen que vale lo que llevan ochenta mill ducados, e que á seis meses questán fletadas. Vuestra Magestad vea en esto lo que manda que se faga, que los burgaleses, gran estima fazen de la pérdida que les vendrá de tomalles estas náos; no embargante esto, yo las tengo embargadas.

El Duque de Arcos tiene acabadas sus náos, mas no tiene gente en ellas, ni aparexos para poder fazerse a la vela tan pronto como se requiere; tambien e embiado a ver si ay entrellas alguna de que se pudiese Vuestra Magestad servir para este viaxe, por se escusase el dagno de los burgaleses.

En comprarse aquí el pan para Vuestra Magestad, se gana en el precio artos dineros, como en el primer capítulo digo; mas vyniera gran ynconveniente que llevándolo por de Vuestra Magestad, no fuera tan bien tratado, e los ginoveses trabaxarán de mezclar otro con ello de lo dagnado, e otras sotilezas que para que se pudiese defender dellos la Fazienda de Vuestra Magestad, era menester persona mas ábil e mas desocupada que yo estoy, que lo embarcase e llevase a San Sebastian; e por estas cabsas, me paresce ques bien que vaya a su riesgo.

Otra vez e escrito a Vuestra Magestad, el poco contentamiento que todos tienen del Armada que aquí se fizo para remedio destas costas; lo mesmo torno a descir porque no puede ser tan flaca la de los contrarios, questa baste para resystille; quiera Dios que les aya subcedido mejor que yo pienso, viendo lo que tarda el oro quembia Hernando Cortes; e en llevar los derechos de las averias, que se fazen cosas muy fuera de lo que paresce, que fué la yntencion de Vuestra Magestad.

Suplico á Vuestra Magestad lo mande proveer e sea servido que no sea yo el quen ello obiere dentender, que de la Tierra sé poco, e de la Mar ninguna cosa.

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S. C. C. M., Nuestro Señor Vuestra Muy Real Persona guarde con acrecentamiento de mas Rey

nos e Señoríos. De Sevilla seis de Marzo de mill e quynientos e veynte e tres años.-S. C. C. M. -Umilde vasallo de Vuestra Alteza que sus Reales manos besa.-Está firmado.

Carta del Almirante e Virrey de las Yndias, Don Diego Colon, fixo de Don Xptobal, en que dá cuenta a Su Magestad de su llegada a Sanlúcar de Barrameda, en cumplymiento de un Real despacho, por el que se le manda venir á España. Disce quedaba su muger en vísperas de parir.

SANLUCAR DE BARRAMEDA.-NOVIEMBRE 5 DE 1523 (1).

E

Sacra Cesárea Cathólica Magestad.

STA es para fazer saber a Vuestra Magestad, como en el dia de la fecha desta,

llegué a este Puerto de Sanlúcar en complymiento de la que Vuestra Magestad membió a mandar por sus cartas, las quales yo com

(1) Archivo de Indias.-Est. 1.0-Caj. 1.°-Leg. /10.

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plí con tanta presteza, quanta Vuestra Vuestra Magestad me lo embió a mandar; e como por la obra pece porque en las mismas náos en que fué el despacho, soy venido, e si otras obiera en que antes pudiera venir, antes lo pusiera por obra por mas peligros e trabaxos que se me representaran, aunque fueran munchos más daquellos en que me e visto en este viaxe; e lo que de todos ellos mas pena me a dado, a sido dexar a la Virreyna mi muger, en el mes de su parto, e no poder estar con ella a la esforzar en semexante trabaxo, que fuer mas razon que no acrecientalle tan gran dolor e pena, como le fué mi partida, e qualquier dilacion que en mi venida obiera; ansí por esto, que era muy pryn-. cipal para mí, como por ser en el reñon del ymbierno e la Mar llena de corsarios e estar en las Yndias tan desapercybidos de lo que era menester para la guerra, se pudiera Vuestra Magestad tener por servido, e por todas estas cosas se alargara mi partida fasta quen ella obiera sazon; pero como quiera que tengo en mas que la vida, cumplir sus Reales mandamientos, yo me deterné de al pié de la letra seguir su Real propósito, como siempre lo é fecho; que pues el Almirante mi Padre, que aya santa gloria, syrvió a Vuestra Corona Real con tanto acrescentamiento della, mas por su buena voluntad e amor que tubo al servycio de los

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