e faria cumplimiento de justicia a los querellosos, e faria la pesquisa secreta e la embyaría a Vuestra Magestad; e él dixo e juró delante de todos, que abria placer, que qualquiera que dél se syntiese agraviado, o le era encargo, ge lo pydiese ante mí, e que complyria todo lo que yo sentenciase e mandase; e desystióse por los dichos diez e nueve dias, de la Gobernacion de la Justicia; la qual residencia estoy tomando.............. destos Reynos, que al Real servycio.de Vuestra Alteza toca, que por la tierra nuevamente poblada ay; los yndios, por no ser de paz, no se ha podido fasta agora entender en ellas. De oy más, me parece a mí, Muy Poderoso Señor, que abiéndose descubierto por Pedrárias, como se descubrió, lo de la Mar del Sur, e pacyficado grande e muchas provyncias de yndios en estos sus Reynos, e poblado la gran Cibdad de Panama, ques alli en la Mar del Sur, e el Nombre de Dios, ques a esta otra parte del Norte, se podrá entender en que los pueblos poblados e los que diariamente se poblaran, estén en la órden, polycia, e buen regymiento que deben, como al servicio de Vuestra Magestad conviene; e acabada de tomar la resydencia, informar a Vuestra, Magestad mas complidamente de todas las partycularidades e cosas de acá, e embiar a su Muy Alto Consejo la pesquisa secreta que fyciere, con relacion de todo lo que en la resydencia se obiese fecho. Lo que de aca siento en estos pocos dias questado, es que Pedrárias a servido e sirve a Vuestra Magestad, como muy leal vasallo, e que tiene muy buen zelo para la poblacion, pacyficacion e ennoblecymiento destos sus Reynos; e si algunas personas dixeran lo contrario, será porquestán alterados de sus propios intereses; pero yo digo verdad a Vuestra Magestad, que ningund caballero ni persona de sus Reynos, en muchos dias, puede tener tanta notycia de las cosas de acá, como Pedrárias, ni mayor respeto a su Real servycio e al acrecentamiento de sus Reales Rentas, e que Vuestra Alteza le debia luego mandar llamar porque le ynformaria de grandes cosas que. a fecho e consentido, e dará orden como todas estas partes esten a servycio de Vuestra Magestad, e en ellas tendrá grand cantidad de Rentas, sin que su Corona Real en ello gaste cosa alguna; e entre tanto Vuestra Alteza no debe proveer ni facer mudanza en lo de acá, porque oido e sabido mas justamente, lo puedan proveer como a su Real Ofycio cumpla; e a la presente Vuestra Alteza debe mandar que Pedrárias vos dé las provisiones que Lope de Sosa traia, ni mas ni menos, como si a él fuesen dyrigidas; mandando a Joan Alonso de Sosa, fijo de Lope de Sosa, que se las entregue, porque en todo se cumpla la voluntad de Vuestra Magestad, e lo que a su Real Ofycio convenga. 1 Yo obe por bien de quedar aquí con Pedrárias, por servir a Vuestra Magestad, con el salario de cien mill maravedís que Lope de Sosa mandara señalar para mí; el qual me abia prometido de suplicar a Vuestra Magestad, me mandara facer ayuda de costa por la gran carencia desta tierra, en qués todo menester. Suplico a Vuestra Magestad lo mande proveer e remediar, por manera que yo me pueda sostener en su Real servycio. Nuestro Señor la Cesárea e Cathólica Magestad de Vuestra Alteza guarde e prospere aventuradamente con acrecentamiento de mas Reynos e Señoríos. De la Cibdad de Santa Maria del Antigua del Darien siete de Junio de mill quynientos veinte años. De Vuestra Ymperial e Real Magestad, Muy humilde servidor e vasallo que sus pies e Reales manos besa.-El Lycenciado, Joan Rodriguez de Alarconcillo. Está firmado. Carta del Almirante Don Diego Colon al Cardenal de Tortosa, celebrando que Su Magestad obiese nombrado Virreyes, y dando cuenta del estado en que abia puesto aquella tierra. SANTO DOMINGO.-DICIEMBRE 13 DE 1520 (1). D Ilustre e Muy Reverendísimo Señor. EMPUES que a esta Ysla llegué, escrebí a en que allé las cosas de acá, e creo yo que segund los muchos negocios que a abido cerca de los desasosiegos desos Reynos, de que me a pesado mucho, así por el trabajo e fatiga en que Vuestra Señoría estará, como por el grand desservycio quel Emperador Nuestro Señor recibe de todo, non abrá abido lugar de ver mis cartas; (1) Archivo de Indias.-Patronato.-Est. 1.—Leg. de documentos escogidos. placerá a Nuestro Señor, que quando esta llegue, estará ya todo tan asentado e en tanta paz e sosiego, como a los pryncipios quando Su Magestad vino a Reynar; agora e sabido que Su Alteza a probeydo por Virreyes, juntamente con Vuestra Señoría, a los Señores Condestable e Almirante de Castilla, e cierto, me a parecido buen medio para que se dé en todo la orden que conviene, porque son tales personas, que darán a Vuestra Señoría arto descanso, así por su grand saber e cordura, como por la mucha parte que tienen; que todos esos Reynos plega a Dios Poderoso, que lo encaminen como mas a su servycio e de Su Magestad convenga, que segund lo que por acá se suena, ay arța necesidad. De las cosas de acá, ya e escrito a Vuestra Señoría como arriba digo, quand perdidas las allé, e en ella se a proveydo todo lo que me paresció que mas al presente convenia, e así voy continuando siempre fasta acabarlo de asentar; es bien menester que Vuestra Señoría las favorezca, así con el Emperador Nuestro Señor, como lo que agora fuere en su mano; porquestán tan descuidadas todas, que si de todas partes no les viene socorro, vyvirán con mucho trabaxo; e por tanto, suplico a Vuestra Señoría, que no lo eche en olvido aunque allá ay otras corporaciones que le parezca de mas calidad; e ansí mismo os suplico, tengais memoria de mis negocios, para |