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zon era en esta Ysla, el dicho Ginés de Carrion fizo el dicho viaxe, con tanto quel dicho Teniente le mandó que no saliese desta Ysla, fasta tanto que fablase al Señor Adelantado Diego Velazquez, questaba la tierra adentro, al qual entregase......... que para el dicho Adelantado le dió el dicho Bernardino Vela; e queste capítulo yba en una ynstruccion que cerca dello dió a Rodrigo Morejon como Capitan que le puso en el dicho su navio; e le vido salir deste Puerto desta Cibdad, para seguir el dicho su viaxe, e despues supo como fabló al dicho Señor Adelantado en la Villa de la Trynidad, e que fué a las dichas Yslas de Yucatan, con lycencia del dicho Adelantado. E questa es la verdad, so cargo del xuramento que fizo, e firmólo.-Vicente Lopez.

El dicho Alvaro de Oviedo, testigo presentado por el dicho Ginés de Carrion, abiendo xurado en forma de derecho, e siendo preguntado por el tenor de dicho pedimento, dixo: que podia aber el tiempo contenido en el dicho pedimento, queste testigo vido como el dicho Ginés de Carrion se queria, yr para Castilla, con su navio; e despues a ruego deste testigo, e de otras muchas personas e pryncipal a ruego de Bernardino Vela, Teniente de Xustycia mayor que á la sazon era, el dicho . Ginés de Carrion fletó con este testigo e con otros mercaderes el dicho su navío, para Yucatan, e

que fué tercero e igualado de los dichos fletes, el dicho Bernardino Vela; e que sabe que despues de cargado el dicho navío, le hechó por Capitan dél a Rodrigo Morejon de Lobera e le dió lycencia para que fuese en el dicho viaje que así abia fletado, e le mandó que no saliese desta Ysla, sin ver al Adelantado Diego Velazquez, e yr con su lycencia e despacho; e questo lo sabe, porque se falló presente a todo ello, e vido la lycencia e ynstrucion que para ello le dió Bernardino Vela; e sabe que partió deste Puerto en quatro dias del mes de Xunio del año pasado, e que fué á la` Villa de la Trynidad, e allí surgió e esperó a que vyniese el Adelantado, ciertos dias, fasta quel Adelantado llegó al Puerto de Cágua, que agora se dice Sanlúcar; e allí fué el dicho Carrion con su navío e de allí lo despachó e dió lycencia el dicho Adelantado, para yr al dicho viaxe, e le dió por Capitan al dicho Lobera, e así se fué; e questo que lo sabe porque ansí lo escrybió a este testigo el dicho Adelantado. desde el dicho Puerto, e ansí mesmo, lo escrybió Diego Gutierrez su compañero e un criado suyo, que se dice Moreno; e que despues quando vino a esta Cibdad, dixo á este testigo como abia despachado al dicho Carrion e dado. lycencia e al dicho Capitan, para yr al dicho viaxe; e le abian dado puercos e cascabí para yr a su costa, e que le abia agradecido a este testigo porque abia cargado aquel navío para aquellas partes,

en servycios de Sus Altezas. E questa es la verdad para el xuramento que fizo, e firmólo.-Alvaro de Oviedo.

El dicho Martin de Solis, Escribano público e del Consejo desta Cibdad de Santiago, testigo presentado en la dicha razon, abiendo xurado segund derecho e abiendo leido el dicho pedimento, dixo que lo que dello se, es questando en este Puerto, el dicho tiempo, Ginės de Carrion, con su náo para yr a los Reynos de Castilla, siendo en esta Cibdad Teniente de Justycia mayor Bernardino Vela, le rogó al dicho Carrion que cargase para yr a Yucatan, e que faria mucho servycio al Rey e al Adelantado Diego Velazquez; e le ahincó tantas veces por ello, que como era Justycia, le obo este testigo de dezir al, dicho Teniente que lo abia de fazer a manera, aunque no quisiese, porqueste testigo lo vido todo e estobo presente a ello, e el dicho Carrion, Maestre, obo de aceptar lo que le dixo el dicho Teniente e otras muchas personas que andaban en ello; por manera quel dicho Carrion no se pudo defender de no cargar para Yucatan, e allí en su náo le metió el dicho Teniente al Capitan Rodrigo de Morejon, aunque no quiso, e le dió el dicho Teniente ynstrucion al dicho Morejon; e le dixo al dicho Maestre so cierta pena que ge le puso, que fuese

a la Trynidad o do estuviese el Adelantado, con la dicha náo, so ciertas penas porque cumplia al servycio del Rey; e el dicho Carrion de necesidad lo fizo, e acebtó por sí el dicho Bernardino Vela, Teniente, por no aber otra Justycia mayor; e este testigo se falló presente a todo, e lo vido partir desta Cibdad e Puerto para el dicho viaxe; e questa es la verdad, e firmólo de su nombre.-Martin de. Solis.

E ansí tomados e rescebidos los dichos testigos en la manera que dicha es, luego el dicho Señor Alcalde, de pedimento del dicho Ginés de Carrion, dixo: que mandaba e mandó a mí el dicho Escribano, que fyziese escrebir e sacar lo susodicho en lympio, e firmado de su nombre e signado e firmado de mí el dicho Escribano, cerrado e sellado en pública forma, en manera que fyziese fée, lo diese e entregase al dicho Ginés de Carrion, para lo presentar ante quien e con derecho debiere, quen ello en cada una cosa e parte dello, dixo que ynterponia e interpuso su abtoridad e decreto xudycial para que valiese e fyziese fée, do quien paresciese. E yo el dicho Escribano, de mandamiento del dicho Señor Alcalde, e de pedimento del dicho Ginés de Carrion, fize escrebir e sacar lo susodicho segund que ante mí pasó, que fué fecho en el dicho dia mes e año susodicho.-Testigos que fueron

presentes a lo que dicho es, Antonio Diosdado e Cristobal Dortega, Escribano de Sus Magestades, e Cristobal de Maeda, estantes en esta dicha Cibdad; e el dicho Señoría lo firmó de su nombre.-Pedro de Miranda.-Yo Martin de Solís, Escribano e del número desta dicha Cibdad.-Esta firmado y rubricado.

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