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festaciones de la soberania interna i esterna de que las nuevas Repúblicas se hallaban en pleno ejercicio. Pero, es inútil insistir mas en el desarrollo de principios tan claros i conocidos de derecho internacional.

Los límites

La situacion que dejó establecida la revolucion en 1810. de 1810, en cuya virtud Chile i la República Arjentina pasaron a ser Estados independientes, permaneció por muchos años sin alteracion. La jurisdiccion territorial de una i otra República quedaba provisionalmente rejida, mediante mútuo asentimiento, por las resoluciones que el antiguo Soberano habia dictado para deslindar las pertenencias de la Capitanía Jeneral de Chile i del Virreinato del Rio de la Plata.

El estudio cuidadoso de esas complicadas disposiciones no se impuso como una necesidad premiosa durante el primer cuarto de siglo de vida independiente. Ese tiempo fué de preferencia ocupado en la organizacion interna del país i, mas que todo, en ponerlo al abrigo de todo amago contra su independencia. Asegurados esos propósitos i desvanecido todo peligro de amenaza esterior, Chile consideró llegada la oportunidad de examinar con reposo cuales eran los límites territoriales de la Capitania Jeneral de Chile en 1810; i este estudio condujo a su Gobierno al convencimiento de que, de acuerdo con las disposiciones mas autorizadas del Soberano español, casi toda la Patagonia, los Estrechos de Magallanes i la Tierra del Fuego estaban comprendidos dentro de los límites asignados a la colonia española en que la nueva República de Chile se habia formado. Si algunas tierras patagónicas situadas al oriente de la

Cordillera de los Andes pertenecian realmente a Chile, es evidente que allí habia de pertenecerle tambien la Cordillera.

Se ha visto que los Soberanos españoles no tomaban en consideracion la Cordillera de los Andes al acordar concesiones territoriales a sus descubridores en América, o al determinar los límites de las circunscripciones políticas en que la autoridad de aquellos debia ejercitarse. Basta echar una mirada al mapa de la América del Sur para persuadirse de que España no elejia la Cordillera de los Andes como frontera necesaria a las diversas colonias que fundaba en aquel continente. Léjos de eso, las Repúblicas que se organizaron sobre la base de aquellas colonias, conservaron cada cual la integridad de la Cordillera dentro de sus respectivas secciones. Esta misma regla se observó respecto de la gobernacion de Chile, a la cual se dió, como se ha demostrado, una estension que abrazaba de norte a sur desde el desierto de Atacama hasta el Estrecho de Magallanes, i de poniente a oriente, cien leguas españolas, de 17 1/2 leguas por grado. De este modo la Cordillera de los Andes, en toda esa estension lonjitudinal, quedó comprendida dentro de la gobernacion de Chile, i a esta circunstancia se debe el hecho de que aquella fuera conocida por muchos historiadores i jeógrafos con la denominacion de « Cordillera de Chile ». Los territorios que, dentro de las cien leguas indicadas, se estendian al oriente de los Andes comprendian, empezando por el norte, el antiguo Tucuman; en el centro la provincia de Cuyo, - o sea los territorios de San Juan i Mendoza; i en el sur la Patagonia o Tierras Magallánicas. En 1563 se segregó de Chile el Tucuman, quedando desde entonces como límite oriental de Chile, en esa seccion, la Cordillera de los Andes. Dos siglos mas tarde, en 1776, tuvo lugar

la segunda i última segregacion. La Real Cédula que creó el Virreinato de Buenos Aires en aquel año separó de Chile la provincia de Cuyo i la incorporó en el nuevo Virreinato, quedando desde entonces la Cordillera de los Andes como lindero fronterizo entre las dos colonias hasta el límite austral de la provincia de Cuyo que acababa de ser segregada. Respecto de la Patagonia, nada dispuso el Soberano español, ni entonces, ni mas tarde, de modo que continuó formando parte de la gobernacion de Chile.

La

Patagonia

Era idea jeneralizada la de que la Répública no estaba Arjentina no comprendia la Patagonia, i de ello encontramos testimonio en cualquier obra de

compren

dida en territorio

arjentino. jeografía anterior al Tratado de 1881.

Enciclo

pedia Britanica.

sigue :

Asi en la Enciclopedia Británica, 8a edicion, tomo XVII, paj. 776, se lee a ese respecto lo que

<< Las Provincias Unidas del Rio de la Plata llamadas tambien Confederacion Arjentina, pais de Sud-América, se estiende entre 22° 20′ latitud sur i 40° 56′ i entre 55° 20′ i 70° 30′ lonjitud O.; i está limitado por el norte con Bolivia; por el este con el Paraguai, Brasil i Uruguai; por el S. E. con el Atlántico, por el sur con la Patagonia i por el O. con Chile. Se estiende desde las faldas orientales de los Andes hasta los rios Paraguai i Uruguai que la separan de los respectivos paises del mismo nombre ; por el sur está dividida de la Patagonia por el rio Negro. »

Enciclopedia

La Enciclopedia Americana, tomo L, paj. 685, Americana. Nueva York, 1873, dice lo siguiente:

« La República Arjentina, ántes mas comunmente llamada Confederacion Arjentina, Estado independiente de la América del Sur entre los 21 i 41o de latitud Sur i 53o i 71° 17′ de lonjitud occidental, está limitada al norte por Bolivia, al este por el Paraguai, Brasil, Uruguai i el Atlántico; al sur por la Patagonia, de la cual está separada por el rio Negro, i al oeste por los Andes que la separan de Chile. La Arjentina i Chile se disputan el derecho al territorio al sur del rio Negro hasta la Tierra del Fuego, de acuerdo con la division orijinal hecha por el Gobierno de España.

Diccionario

de Larousse.

En el Grand Dictionnaire Universel du XIX• siècle, por Pierre Larousse, tomo I, paj. 604, Paris 1866, se lee lo que sigue :

• Confederacion Arjentina ó Estados Unidos del Rio de la Plata, República Federal de la América meridional, sobre el Océano Atlántico. Capital Paraná. Está situada entre los grados 22 i 41 de latitud sur; 59 i 72 grados de lonjitud occidental. Limita al norte con Bolivia; al este con el Paraguai, Brasil, Uruguai i Océano Atlántico; al sur con los desiertos de la Patagonia i al oeste con Chile. »

Jeografia

de

Malte-Brun, en su Géographie Complète et Malte-Brun. Universelle, tomo IX, pajina 464 (Paris), refiriéndose a los límites de la República Arjentina, dice:

<< Confina al Sur con el Océano Atlántico i con la Patagonia, de la cual está separada por el curso del rio Negro; al oeste la Cordillera de los Andes la separa de Chile; al norte tiene por límite a Bolivia; al este las márjenes derechas de los rios Paraguai i Uruguai la separan del Paraguai, del Brasil i del Uruguai. Casi todos los grandes cursos de agua que riegan la Confederacion Arjentina desembocan en el Océano Atlántico. Los principales son el rio de la Plata, el rio Mendoza o Colorado, i el rio Negro, llamado rio del Diamante en la parte superior de su curso, rio que separa a Buenos Aires de la Patagonia.

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Seria inútil multiplicar estas citas. Ellas demuestran que, en concepto de sus autores, la República Arjentina limitaba por el sur en el rio Negro, que situaban aproximativamente en el 41°, i que desde ese punto hacia el norte, la Cordillera de los Andes constituia su límite occidental con la República de Chile. Por eso los escritores que trataban esta materia, o que se referian incidentalmente a ella, podian decir con propiedad que la República Arjentina i Chile estaban separadas por la Cordillera de los Andes. Las citas que con tanta prolijidad ha acumulado el señor Representante Arjentino para probar ese hecho, habrian podido escusarse. Siempre se reconoció que al norte de la Patagonia los Andes dividian a los dos paises; pero donde empezaba este territorio, es decir, desde el rio Diamante

el sur,

la Cordillera

o, si se quiere, desde el rio Negro para
de los Andes no podia ser reconocida por Chile como su
límite oriental desde que alegaba derechos de propiedad a
la rejion que quedaba al otro lado de los Andes.

Toma

de posesion por Chile

del

En 1843 el Gobierno de Chile tomó posesion efectiva de los Estrechos de Magallanes i su terriEstrecho torio, fundando allí al efecto una colonia. Al dar este paso, creyó hacer uso de un derecho perfecto i servir a la vez los intereses de la navegacion i

de

Magallanes

i su

territorio.

de la humanidad.

Reclama

cion

Cuatro años mas tarde, en 15 de Diciembre arjentina. de 1847, el Gobierno de la República Arjentina se dirijió al de Chile para manifestarle que en el trascurso de ese tiempo habia llegado a convencerse de que la colonia chilena se hallaba en territorio de aquella República, i, despues de aducir, para justificar su aserto, varias consideraciones i, entre otras, la de que dicha colonia ocupaba una parte central de la Patagonia, terminaba con estas palabras:

«El Gobierno del infrascrito se abstiene en la presente nota de entrar en mas detallados esclarecimientos sobre el fundado derecho de su reclamacion, i por si los que deja espuestos no fueran bastantes, al juicio de V. E., para la asecucion del objeto que se propone, se hará un deber de instruir al Ministro Arjentino que debe salir para Chile con plenos antecedentes para la prosecucion i debida discusion en tan vital importante negocio. »

Contesta

cion

de Chile.

Acusando recibo de la comunicacion del señor Ministro de Relaciones Esteriores de la República Arjentina, el de Chile le decia con fecha 31 de Enero de 1848 lo que sigue :

« Dí inmediatamente cuenta al Presidente de esta reclamacion i Su Excelencia no ha podido menos de sorprenderse con el anuncio de ella pues distaba mucho de pensar que jamas ocurriese una demanda semejante por parte del Gobierno Arjentino ni de ningun otro, respecto a un territorio que se ha mirado siempre como parte integrante del Reino de

Ap. Doc. N° 19.

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