La cuestion religiosa en Mexico: recopilacion de leyes, disposiciones legales y documentos para el estudio de este problema politico, por J. Perez Lugo [pseud.]Centro cultural "Cuauhtemoc", 1927 - 428 páginas |
Contenido
5 | |
39 | |
46 | |
105 | |
107 | |
113 | |
119 | |
125 | |
254 | |
267 | |
276 | |
285 | |
292 | |
296 | |
302 | |
309 | |
128 | |
134 | |
140 | |
146 | |
152 | |
158 | |
164 | |
172 | |
173 | |
179 | |
185 | |
191 | |
233 | |
248 | |
318 | |
324 | |
331 | |
359 | |
369 | |
371 | |
378 | |
386 | |
392 | |
399 | |
405 | |
412 | |
426 | |
427 | |
Otras ediciones - Ver todas
Términos y frases comunes
12 de julio administración apostólica Arzobispo de México autoridad Benito Juárez bierno blica Cabildo Cabildo Metropolitano cánones capellanías capitales castigados ción circule ciudadano civil clase clero Comisión comunico concede conciencia conforme Congreso consideración Constitución Constitucional conventos corporaciones culto cumplimiento cumplir debe declaraciones decretar lo siguiente decreto que sigue derecho diócesis Diputado dirigirme el decreto disposición Distrito doctrina Dublán y Lozano.-Legislación efecto Ejecutivo ejercicio enajenación establecimientos Excelentísimo señor Presidente expresa Federal fieles fincas Gobernador Hacienda Iglesia católica Ignacio Comonfort Ilustrísimo institución Instrucción Jesucristo Juárez juramento libertad mando se imprima matrimonio mente Metropolitano mexicano Michoacán Ministerio de Justicia ministros mundo nación Negocios Eclesiásticos Obispo objeto obligación obras pías oficio orden pago país pena personas PIO IX podrán política prelados presente Presidente interino protesta pública publique pueblo réditos Reforma religión religiosas República respecto sacerdotes sagrados Santa Iglesia Secretaría de Gobernación Secretario servido dirigirme Soberano sociedad Supremo templos tículo venerable Veracruz
Pasajes populares
Página 247 - El Estado no puede permitir que se lleve a efecto ningún contrato, pacto o convenio que tenga por objeto el menoscabo, la pérdida o el irrevocable sacrificio de la libertad del hombre, ya sea por causa de trabajo, de educación o de voto religioso.
Página 257 - Los ministros de los cultos nunca podrán, en reunión pública o privada constituida en junta, ni en actos del culto o de propaganda religiosa, hacer crítica de las leyes fundamentales del país, de las autoridades en particular, o en general del Gobierno ; no tendrán voto activo ni pasivo, ni derecho para asociarse con fines políticos.
Página 257 - El matrimonio es un contrato civil. Este y los demás actos del estado civil de las personas, son de la exclusiva competencia de los funcionarios y autoridades del orden civil, en los términos prevenidos por las leyes, y tendrán la fuerza y validez que las mismas les atribuyan.
Página 257 - Por ningún motivo se revalidará, otorgará dispensa o se determinará cualquier otro trámite que tenga por fin dar validez en los cursos oficiales, a estudios hechos en los establecimientos destinados a la enseñanza profesional de los ministros de los cultos.
Página 164 - Entran al dominio de la nación, todos los bienes que el clero secular y regular ha estado administrando con diversos títulos, sea cual fuere la clase de predios, derechos y acciones en que consistan, el nombre y aplicación que hayan tenido.
Página 260 - Queda estrictamente prohibida la formación de toda clase de agrupaciones políticas cuyo título tenga alguna palabra o indicación cualquiera que la relacione con alguna confesión religiosa.
Página 260 - Las publicaciones periódicas de carácter confesional, ya sean por su programa, por su título o simplemente por sus tendencias ordinarias, no podrán comentar asuntos políticos nacionales ni informar sobre actos de las autoridades del país, o de particulares, que se relacionen directamente con el funcionamiento de las instituciones públicas.
Página 261 - Las asociaciones religiosas denominadas iglesias, cualquiera que sea su credo, no podrán en ningún caso tener capacidad para adquirir poseer o administrar bienes raíces ni capitales impuestos sobre ellos; los que tuvieren actualmente, por sí o por interpósita persona entrarán al dominio de la Nación, concediéndose acción popular para denunciar los bienes que se hallaren en tal caso.
Página 121 - Caballero Gran Cruz de la Real y distinguida orden Española de Carlos III, y Presidente de la República Mejicana, á los habitantes de ella, sabed: Que en uso de las facultades que la Nación se ha servido conferirme, he tenido á bien decretar lo siguiente: Art. 1.
Página 39 - Hallándome gravemente enfermo, pero en mi entero y cabal juicio, memoria y entendimiento natural, creyendo y confesando como firmemente creo y confieso el alto y soberano misterio de la Santísima Trinidad, Padre, Hijo y Espíritu Santo, tres personas distintas y un solo Dios verdadero...