Contestacion a los citados cargos e relacion de los servicios prestados por el dicho Conthador. MAYO 13 DE 1529. E despues de lo susodicho, en la dicha Cibdad de Temistlan, trece dias del mes de Mayo e del dicho año, ante mí, el dicho Gregorio de Saldaña, Escribano de Su Magestad, paresció el dicho Conthador Rodrigo de Albornoz, e presentó un escripto rrespondiendo a los dichos cargos que le fueron dados, su thenor del qual de verbum ad verbum, es este que se sigue: Muy Poderoso Señor. El Conthador Rodrigo de Albornoz, rrespondiendo a ciertos cargos quel Presidente e Oydores de Vuestra Magestad me dan, que diz que resultan de la pesquisa secreta, del tiempo quen esta Tierra tobe cargo de Xusticia, en mi defension, digo e alego lo siguiente: Lo primero, que los testigos que an depuesto en la dicha pesquisa secreta, son mis enemigos e odiosos, porque todos o los más, son los que an delenquido contra el servicio de Vuestra Magestad, e los que levantaron la Comunidad con Rodrigo de Paz e sus hermanos, e los que ayudaron al Fator e Veedor quando siendo Licenciado Alonso de Zuazo y el Thesorero Alonso Destrada, e Fator e Veedor, e yo Tiniente de Gobernador por Don Hernando Cortés, en nombre de Su Magestad, los dichos Rodrigo de Paz como Fator e Veedor salieron de la consulta e consexo que acostumbramos fazer para la Gobernacion que para ello thernían fecho, a la plaza desta Cibdad de México con mucha xente armada de pié e de caballo; e con gran alboroto e comunidad, fizieron pregonar que de allí adelante que nenguno tobiese por gobernadores ni xusticias, a mí, nin al Thesorero; los quales dichos testigos salieron armados e dando favor e ayuda a los susodichos, e delenquieron xuntamente con ellos e los dichos delitos; e por tales algunos dellos fueron presos e castigados, aunque non como sus delitos merescían; e otros huidos por las yglesias e monesterios con temor de ser castigados por los crímenes que abían fecho. 1. Quanto al primer cargo que se me pone, disciendo, que gobernando esta Nueva España el Fator Gonzalo de Salazar y el Veedor Peramildez Cherino como Tinientes de Don Her nando Cortes, yo el dicho Conthador con el Thesorero Alonso Destrada salimos desta Cibdad, armados, con xente e alboroto, e nos fuimos a xuntar con Francisco de las Casas que vernía. de las Higueras, digo: que los testigos quen esto an depuesto, no discen lo cierto, porques notorio e público, questando tan apoderados como estaban en la Tierra, Rodrigo de Paz e sus hermanos, el Fator y el Veedor que los ayudaban e favorescian, e abiendose tomado la xusticia por fuerza e con fuerza e con mano armada, castigaban e molestaban cada dia ansí al Conthador e al Thesorero e a nuestros amigos e criados, echandonos presos como nos echaron al Thesorero e a mí, la primera vez, despues que se alzaron, disciendo que porqué firmabamos en las cédulas e licencias de los que a la sazon iban a España, disciendo e amenazandonos que non firmasemos en ellas, como soliamos fazer en una cédula de licencia de Xaramillo el viejo e otros que a la sazon se partian para España; e luego con grande alboroto, imbiaron con su mandamiento a Rodrigo de Paz, Alguacil mayor, con mas de duscientos hombres y entró en mi casa, e me dixo de su palabra, que me mandaban que porque abía firmado, de dondellos me mandaban, que tobiese mi por cárcel, so pena de muerte e perdimiento de bienes; e dende a ocho dias tor casa nó el dicho Rodrigo de Paz a mi casa, por mandado del dicho Fator e Veedor, con xente armada e alboroto de comunidad, e me sacó quantas armas thernía en mi casa, como siempre acostumbro therner; y en Tierra de enemigos, como estamos, es nescesario para la defensa de los cristhianos e Tierra e sustentacion; e no me dexaron una espada en mi casa ni a mis criados; e dende a ciertos dias por me fatigar e molestar e therner suspeditado, tornó el dicho Rodrigo de Paz por mandado de los susodichos, con mucha xente, e me sacó en medio del dia, tres o quatro caballos de casa, e me los poso donde se le antoxó, e se los tobieron mas de quatro meses fuera della, tomados por fuerza contra mi voluntad, siendo los mexores e de mas valor mas valor que abía abía en la Tierra: lo qual, yo el dicho Conthador sufría e desimulaba por estar entre enemigos, e therner nueva de los yndios que se querían alzar, e por no dar lugar a que la Tierra se perdiese, e creyendo que Su Magestad lo abía de mandar remediar e castigar como los dichos delitos merescian. Item: que dende a otros ciertos dias, therniendo nueva e aviso que todos los. yndios de la Tierra e provincia della se querian alzar e fazian armas, viendo que abían quedado tan pocos cristhianos en esta Ciblad, estaba repartida la vela en diez o doce quadrillas, e cada uno de los Oficiales e personas prencipales les cabía su noche de vela por las calles desta Cibdad; e cabiendo la vela, una noche, a mí, el dicho Conthador, e a las personas rrepartidas que velasen conmigo, con poco sosiego e temor de Dios e de Su Magestad, salieron a la una ora de la noche de sus casas, e andobieron de casa en casa despertando e sacando a todos los vezinos desta Cibdad, ansí de pié como de caballo, e al que no quería salir de grado, le fazian salir por fuerza; e despues de xuntos mas de ciento de caballo e trescientos de pié, dieron sobre mi casa e la rrompieron las puertas; e como antes que llegasen vinieron a avisarme, e al Thesorero, de como thernían aquel concierto e alboroto en la Cibdad e sedescía que nos querían prender e matar, por no therner resistencia para lo que quisiesen fazer en la Tierra, como fazía la Comunidad en Castilla contra los del Consexo e Xusticia e Oficiales de Su Magestad; e como el dicho Thesorero fué avisado dello, vino a mi casa e me lo fizo saber; e ansí nos salimos de casa los dos solos, dexando a todos nuestros criados e xente durmiendo; e los susodichos llegaron a la puerta de mí, el dicho Conthador, a la una de la noche, e la quebraron e rrompieron con mucho ímpetu e alboroto y entraron dentro preguntando a Cristóval de Oñate e a Xoan de Cue |