Memoria1903 |
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Términos y frases comunes
12 de Agosto 1902 SEÑOR MINISTRO acuerdo alemanes Alfonso XIII Americano Anexo aprobación Aprovecho esta ocasión Asunción Australia Bahía Negra bierno blica Bolivia Brasil Buenos Aires buques carácter CARVALLO ción colonia comercio Comisión comunicar Congreso Cónsul copia cueros debe decreto Delegado Departamento derechos designado Diciembre diplomático Dirección distinguida consideración doctor Eduardo VII efecto EMILIO ACEVAL Encargado de Negocios Enero establecer Eusebio Machain Excelencia EXCELENTÍSIMO Exmo exportación Exposición expresar Febrero fecha Firmado FLEYTAS Gobiernos Hohenau importación informe Inmigración intereses Internacional Isla de Patos Julio Junio kilos Legación Imperial lotes Louisiana MANUEL DOMÍNGUEZ Marzo Mayo Memoria mencionado Ministerio Ministro de Relaciones Montevideo Nación Nacional navegación Nueva Zelandia oficial país Pedro Peña Plenipotenciario Poder Ejecutivo precio presente Presidente productos propaganda pública pueblos raguay recibir reclamaciones Relaciones Exteriores representante República Argentina República del Paraguay resolución respecto Secretario Setiembre tabaco Tengo el honor territorio total Tratado Unidos Uruguay Venezolano Venezuela Vice-Cónsul
Pasajes populares
Página 210 - Las altas partes contratantes se obligan a someter a juicio arbitral todas las controversias de cualquier naturaleza que por cualquier causa surgieren entre ellas, en cuanto no afecten a los preceptos de la constitución de uno u otro país y siempre que no puedan ser solucionadas mediante negociaciones directas.
Página 211 - No pueden renovarse en virtud de este Tratado las cuestiones que hayan sido objeto de arreglos definitivos entre las Partes. En tales casos, el arbitraje se limitará exclusivamente a las cuestiones que se susciten sobre validez, interpretación y cumplimiento de dichos arreglos.
Página 162 - DON ALFONSO XIII, por la gracia de Dios y la Constitución, REY de España, y en su nombre y durante su menor edad la REINA Regente del Reino; A todos los que la presente vieren y entendieren, sabed : que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente : Artículo 1...
Página 214 - La sentencia es inapelable y su cumplimiento está confiado al honor de las naciones signatarias de este pacto. Sin embargo, se admitirá el recurso de revisión ante el mismo árbitro que la pronunció, siempre que se deduzca antes de vencido el plazo señalado para su ejecución, y en los siguientes casos: 1...
Página 182 - SM el Rey del Reino Unido de la Gran Bretaña é Irlanda...
Página 214 - El presente Tratado estará en vigor durante diez años a contar desde el canje de las ratificaciones. Si no fuese denunciado seis meses antes de su vencimiento, se tendrá por renovado por otro período de diez años, y así sucesivamente.
Página 215 - Reunidos en el despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay SS.
Página 267 - Señor Ministro: He tenido el honor de recibir la nota de VE de esta fecha, en la que sirve comunicarme que su Gobierno interpreta la segunda parte del Art. 1°...
Página 215 - Ninguno de los Arbitros podrá ser ciudadano de los Estados Contratantes, ni domiciliado en su territorio. Tampoco podrá tener interés en las cuestiones que sean objeto del arbitraje.
Página 271 - El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Paraguaya, reunidos en Congreso sancionan con fuerza de LEY: Art. 1?