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en copia, ratificando que la voluntad de Guayaquil era permanecer independiente hasta que sus representantes pronunciaren el voto del pueblo en favor de aquel Estado que fijase su eleccion; el Gobierno del Perú ha visto que V. E. pasa en silencio las insinuaciones del Libertador, y no alcanza á conocer el sistema que se ha propuesto en su actual posicion política. Invariable en los principios de liberalidad de que ha dado pruebas repetidas á V. E. y precisado al mismo tiempo por su decoro á obrar de un modo conveniente á los intereses del país, es ya absolutamente necesario pedir á V. E. una explicacion definitiva á este respecto que sirva de norma á mis últimas medidas.

Yo espero que en seguida se sirvirá V. E. decirme, si la provincia de Guayaquil insiste en la resolucion que manifestaron antes sus representantes de conservar su independencia de todo poder extraño, ó si por alguna causa imprevista entonces han variado sus intereses y su voluntad. Si la provincia se halla hoy en las mismas circunstancias, y tiene los mismos sentimientos en favor de su independencia. V. E. convendrá en que es tiempo de que lo manifieste, dando al Libertador la contestacion que ella exige y adoptando las medidas adecuadas para sostenerla. Mas, si por el contrario, quisiese ceder á aquellas intimaciones, la política del Gobierno del Perú no declinará por esto de la liberalidad y circunspeccion que hasta aquí la han carac terizado. En el caso de que V. E. se muestre decidido á sostener la voluntad de Guayaquil por su independencia, puede, desde luego, contar, para tan noble fin, no solo con la Division del Coronel Santa Cruz, sino con las demas fuerzas que pida oportunamente el Gran Mariscal D. José La Mar, segun las necesidades de la provincia, satisfecho de que este Gobierno sabrá sostener tan generoso empeño. No dudo, en fin, que V. E. penetrando los intereses del Estado, á cuyo frente me hallo, apreciará la fuerza de los motivos que me impelen á pedir una declaracion que por justicia y en política es imposible diferir mas tiempo.

Acepte V. E. etc.

EL MARQUÉS DE TORRE TAGLE.

Guayaquil 30 de Marzo de 1822.

He transcripto á este Gobierno la nota que por órden de S. E. el Supremo Delegado se sirve U. S. I. M. H. pasarme con fecha del 4 corriente relativa á la conducta que debo ob

servar en caso que el Libertador de Colombia quiera ocupar á viva fuerza esta ciudad.

Asi se servirá US. I. M. H. ponerlo en conocimiento del Excmo. Señor Supremo Delegado, recibiendo toda mi consideracion y aprecio. (1)

JOSÉ DE LA-MAR.

Illmo. y M. H. Señor Ministro de Estado y Relaciones Exte'riores del Perú.

JUNTA DE GOBIERNO.

Excmo Señor:

Cuando dirigimos á V. E. en copia la nota en que el Libertador de Colombia reclama del Gobierno como un deber la incorporacion de esta provincia á la República, creimos suficiente la presencia sola de ese documento para que V. E. viese que era llegado el caso de cumplir su solemne voto de sostener la libertad de este pueblo. V. E. conoce que aun cuando no hubiesen desaparecido con nuestra transformacion los derechos que sobre la provincia se alegan con la autoridad que nos obligó á componer parte del nuevo Reyno, las resoluciones de esa misma autoridad nos habían separado última

mente.

El Gobierno ha visto que su esperanza en la proteccion de V. E. era bien fundada, ya por los repetidos y abundantes auxilios de armas, municiones y oficiales que hemos recibido, ya por la nota que V. E. ha dirijido al Libertador de Colombia en 3 del corriente próximo pasado con aquel motivo, y por las últimas órdenes comunicadas á la division del Norte. (2) ¡Ojalá estas medidas conjuren la tempestad! pero ellas, sea cual fuese el resultado, son y serán siempre el testimonio mas auténtico que acreditará en todo tiempo asi la generosidad filantropía del Protector de la Libertad del Perú, como la justicia con que este pueblo y el Gobierno descansan en la proteccion de V. E.

y

(1) Véase la página 64.

(2) Véase esa nota en la página 63.

Desde el momento en que la libre y expontánea voluntad de la provincia fió á nuestras manos el depósito sagrado de sus derechos, el principal, el casi único objeto de nuestra administracion ha sido contribuir á la causa general del modo mas decidido, porque creimos y creeremos siempre que la cooperacion de esta provincia para completar la obra de la independencia hace mas respetables nuestros naturales derechos de constituirnos como mas ventajosamente nos convenga

La conducta franca y generosa del Gobierno del Perú hace conocer que está penetrado de nuestros principios, y de que la marcha de este Gobierno no tiene ni tendrá remotamente ninguna mira individual: pues no hemos podido conseguir igual reputacion del de la República, porque se han visto con ojos preocupados los pasos mas dignos de merecer la estimacion general.

Desde el momento en que nuestro deber y nuestro ardiente deseo de dar la libertad á nnestros hermanos de Quito y Cuenca nos hicieron franquear á las tropas de Colombia el paso por esta provincia y nuestros recursos, la ambicion se ha formado agentes que reuniendo al rededor de sí las pasiones de los mal contentos, que es imposible dejen de existir, han tocado y favorecido todos los medios de trastornar el órden, ya desacreditando al Gobierno y desconociendo los esfuerzos y sacrificios públicos, ya protegiendo abiertamente á los díscolos y mal intencionados, ya persiguiendo ó desconceptuando á los que no entraban en sus miras aunque fuesen los mas honrados y ardientes patriotas, y ya autorizando en la oscuridad un partido que hiciese vacilar la autoridad pública.

El Gobierno firme en la resolucion de llenar hasta el último aliento sus deberes, aunque apoyado solo en la pureza de sus intenciones y en la honradez de los buenos ciudadanos, ha visto pasar sobre sí estos días de tormentos y de dolor: pero cuando se han visto inutilizados todos los planes, se ha volado á incendiar el espíritu del Libertador de Colombia, para preparar á esta provincia un golpe de fuerza á que no pueda resistir y que quite la ocasion á las justas reclamaciones de sus derechos.

Las adjuntas copias harán conocer á V. E. hasta que punto se lleva esta última medida. La señalada con el N.° 1, de una carta escrita por el vocal D. Francisco Roca sobre el suceso del batallon (de que V. E. está informado ) tan sencilla que admira como pudo dar ocasion á la nota del Libertador N.° 2, sin que este tenga dispuesto el ánimo por los mismos agentes que interceptaron y le remitieron dicha carta. Sensible es ver á un miembro del Gobierno que ha llenado con desinteres las obligaciones que le impone su patria

sufrir las notas con que se le infama; pero lo es mas la ratificacion de las ideas que se adoptan contra las libertades de esta provincia.

El Gobierno ha contestado al Libertador con la dignidad y franqueza conveniente, y le ha reiterado que á la representacion de la provincia toca exclusivamente decidir de su suerte; pero no es dable dejar de poner en conocimiento de V E. este acontecimiento y nuestra invariable resolucion de cumplir en todo caso el voto de los pueblos.

Es un deber evitar hasta con nuestra sangre que se encienda la tea de la guerra civil que daría á los españoles un triunfo, y como nos haríamos responsables del mas odioso crímen al pueblo que depositó en nosotros su confianza, á los pueblos de América espectadores de nuestra marcha, al mundo y á la posteridad misma, el Gobierno reclama solemnemente la proteccion que el Perú nos ha ofrecido tiempo hace; reclama la alta y poderosa mediacion de V. E. en este árduo negocio, y espera afianzar en sus manos los futuros destinos de este país tan digno de ser libre.

Con este importante objeto el Gobierno confía á V. E. esta privada exposicion.

Guayaquil, Abril 2 de 1822.

Dios guarde á V. E. muchos años.

JOSÉ DE OLMEDO.

Excmo. Señor Protector del Perú.

JUNTA DE GOBIERNO.

Guayaquil, Abril 9 de 1822.

(Reservado.)

Illmo. Sr.

Por las tres notas reservadas del Supremo Gobierno del Perú que US. I. nos trascribe en sus oficios de 4 del presente, queda este Gobierno impuesto de los generosos sentimientos de que aquel está animado, y de las sábias y enérgicas disposiciones que ha dictado para llenar con dignidad el noble objeto de sostener los derechos de este pueblo.

La adjunta copia impondrá á US. 1. de la reclamación que hicimos en 2 del corriente sobre este objeto á S. E. el Protector, (1) solicitando al mismo tiempo interponga su alta mediacion en negocio tan delicado en que pueden comprometerse los derechos de esta provincia, los respetos del Perú, la dignidad de la República y la reputacion de la América.

Cuando la voluntad general de la provincia, consignada en nuestra acta constitucional, se reservó la facultad de unirse á la asociacion que mas nos conviniera, encargó al Poder Ejecutivo, que ejercemos, la fiel conservacion de ese natural é incontestable derecho por todos los medios y con toda la fuerza física y moral que nos prestase la opinion de los pueblos y la proteccion de los Estados libres de América, que no podían ver pasivamente sin deshonor de ellos mismos atropellados nuestros derechos por una infraccion que amaga los suyɔs.

El Gobierno tiene la satisfaccion de lisongearse que la proteccion del Perú solemnemente reclamada por este pueblo, disipará esta tempestad civil, y que las armas que US. manda tan dignamente de aquel Estado y de esta provincia, se emplearán solo como hasta aquí en destruir los últimos restos de los enemigos de la América.

Dios guarde á US. I. muchos años.

JOSÉ DE OLMEDO.

Illmo. Sr. D. José de La Mar, Gran Mariscal del Perú y Comandante General de esta provincia.

Acta de 19 de Abril de 1822.

En la ciudad de Guayaquil, á diez y nueve de Abril de mil ochocientos veinte y dos años. Estando reunidos en la sala capitular los señores que componen el Excmo. Ayuntamiento Municipal de esta capital, trataron los puntos siguientes:

Habiendo representado en este día los señores Procuradores generales los partidos que pública y descaradamente se forman, por los que intentan que á la fuerza se agregue esta provincia á la República de Colombia, se trató largamente sobre el particular, y en consecuencia se resolvió oficiar al Supremo Go(1) Véase el oficio que antecede.

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