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V. A., dempues que hobo cognoscimento de mí decir, me honró y fizo merced de títulos de honra: agora mi empresa comienza á abrir la puerta, y dice que es y será lo que siempre yo dije. V. A. es cristianísimo; yo y todos aquellos que tienen noticia de mis fechos en España y en todo el Mundo, creerán que V. A. me honró al tiempo que non habia visto de mí, salvo palabras; que agora que ve la obra, que me renovará las mercedes que me tiene fechas con acrescentamiento, y así como me prometió por palabra y por escripto y su firma. Y si esto face, sea cierto que yo le serviré estos pocos de dias que Nuestro Señor me dará de vida, y que espero en él que segund lo que yo siento, y me paresce saber con certeza, que yo haré sonar mi servicio, que está por facer á la comparacion de lo fecho, ciento por uno, etc. (1).—Está firmado.

(1) No tiene fecha; pero parecia eserita en Mayo de 1505 cuando fué à la Córte y se presentó al Rey Católico.

TOMO XXXIX

9

Orden del Rey para pagar á Don Diego Colon cincuenta mil maravedis que por Contino de S. A. venció en el año 1504.

SEGOVIA. SETIEMBRE 22 DE 1505 (1).

EL REY.

ONTADORES mayores: Yo vos mando que libreis á Don Diego Colon, los cincuenta mil maravedis que hobo de haber por Contino el año pasado de quinientos e cuatro, non embargante que el Albalá de su asiento no diga que le libren desde principio dél, en cualesquier rentas de este presente año de quinientos e cinco e del año venidero de quinientos e seis, donde le sean ciertos e bien pagados; e para la recabdanza de ellos le dad e librad las cartas de libramientos e otras provisiones que menester hobiese; e non fagades ende al. Fecha en la Cibdad de Segovia á veinte y dos dias del mes de Setiembre de mil y quinientos e cinco años.-YO EL REY.-Por mandado, etc.Está firmado y rubricado.

(1) Archivo de Simancas.

Real provision á instancia de Vicente Yañez Pinzon, para que el Almirante mayor de la Villa de Palos, sentencie y concluya el pleito que aquél tenia con otro vecino de allí, sobre una carabela que le habia fletado, y cuya indecision le impedia salir á un viage.

SEGOVIA. SETIEMBRE 28 DE 1505 (1).

A

DOÑA JUANA, etc.

vos el Bachiller Juan de Burgos, Mi Alcalde mayor de la Villa de Palos, salud e gra

cias: Sépades que Vicente Yañez Pinzon, vecino de la Villa de Moguer, me fizo relacion por su peticion que en el Nuestro Consejo fué presentada, diciendo quél trata cierto pleito con Alvaro Alonso Rascon, vecino desa dicha Villa, sobre una carabela que diz que le ovo fletado para ir en Mi servicio, e sobre las otras cabsas e razones en el proceso del dicho pleito contenidas; el proceso del cual dicho pleito diz que está concluso para senten

(1) Archivo de Simancas.

1

ciar definitivamente, e quél estaba para ir en Mi servicio, e que á cabsa de non estar sentenciado el dicho pleito diz que non podia partir, e que si así pasase quél rescibiria mucho agravio e daño; e me suplicó e pidió por merced sobre ello le proveyese de remedio con justicia, mandando vos que luego sentenciásedes e determinásedes el dicho pleito, como fallásedes por justicia, ó como la Mi merced fuese; lo cual visto por los del Mi Consejo, fué acordado que debia mandar dar esta Mi carta para vos en la dicha razon, e yo tóvelo por bien: porque vos Mando que si el dicho pleito está concluso para sentencia interlocutoria, deis en él la dicha sentencia interlocutoria dentro de seis dias, e si está concluso para se haber de sentenciar difinitivamente, deis en él sentencia difinitiva, dentro de veinte dias, e si non está concluso lo concluyais e fagais luego concluir sin larga ni dilacion; e así concluso dedes las dichas sentencias interlocutoria e difinitiva dentro del dicho término, segund que la ley Real en tal caso dispone e manda, e so pena de pagar las costas del pleito retardado, e non fagades ende al, etc. Dada en la Cibdad de Segovia á veinte e ocho dias del mes de Setiembre de mil quinientos cinco años. -Joannes, Episcopus Cordovensis.-M. Doctor, Archidiaconus de Talavera. Ferdinandus Tello, Licenciatus.Licenciatus de Santiago. Licenciatus Polanco.-Yo Cristóbal de Vitoria, Escribano de Cámara, etc.-Licenciatus Polanco.

Partida de pago hecha á Don Bartolomé Colon, hermano del Almirante, por restos de sus vencimientos en el viage á las Indias desde 1502 á 1504.

ENERO 10 DE 1506 (1).

A

Don Bartolomé Colon, Adelantado de las
Indias, pagué 26.458 mrs. por una cédula

del Rey nuestro Señor, fecha á veinte de Enero de quinientos seis, que S. A. y los otros testamentarios de la Reina nuestra Señora, que haya santa gloria, acordaron que se le debian pagar para complimiento de 261.665, que hobo de haber de su salario del viage que fué á las Indias, á razon de 100.000 por año, e los hobo de haber desde tres dias del mes de Abril del año pasado de quinientos e dos, fasta quince dias del mes de Noviembre del año de quinientos cuatro, en que montan las dichas 261.665, de las cuales ha rescebido 50.000,

(1) Archivo de Simancas, libro encuadernado del legajo número i de los de la Casa Real.

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