Imágenes de páginas
PDF
EPUB

Al folio 42 vuelto, que trata de la distribucion del sebo comprado en Sevilla á Salvador Martin, hay otra partida que dice:-Que se dieron á Diego de Grageda y á Amérigo Vespucio, capitan, al tiempo que estaba acordado de ir por maestre en la náo Mediana, 32 arrobas y cinco libras de sebo para echar á monte e despalmar, e galafatear costados e cubiertas de las náos de S. A. para el primer viage que ficieron á la Isla Española.

Y en el folio 82 vuelto, que es el último que tiene dicho libro, está el asiento siguiente:-El Tesorero tiene rescebido fasta en 2 de Mayo del año de 1508, de la suma de los dichos 282.370 maravedis susodichos, así en dineros de contado como cargados por bizcocho en la cuenta de la Armada, al Rey, como por la mesma cuenta paresce, 156.252 maravedis, de los cuales se sacan 51.454 maravedis que tiene pagados á Amérigo, demas de los asentados en el libro que se fizo de los gastos de la Armada en esta manera; los 30.000 por el trabajo e alguna costa que puso en manificiar el trigo e farina de la casa e el vino de Villalba, e los 21.474 á complimiento de los 80.000 que montó su salario que tiene fasta en fin del año de 1507, demas de los 58.526 que le están sentados en el libro de la Armada; de manera que sacados de, los dichos 156.252 maravedis susodichos, que paresce que tiene rescebidos, restan á cuenta del Tesorero 104.778.

[merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][ocr errors][merged small][merged small][merged small]
[ocr errors]

Salvo-conducto dado por la Reina Doña Juana, para que el Almirante Don Diego Colon y su comitiva, fuesen por Aragon y Valencia á rescebir al Rey Don Fernando.

PALENCIA.--JULIO 30 DE 1507 (1).

DOÑA JUANA, etc.

vos los alcaldes de las casas e cosas vedadas, dezmeros e aduaneros, portadgueros de los puertos de estos Mis Reynos e los Reynos de Aragon e Valencia, e á cada uno de vos á quien esta Mi carta fuere mostrada, ó su traslado signado de escribano público, salud e gracia: Sépades que Don Diego Colon, Almirante de las Indias, va á esos dichos Reynos de Aragon y Valencia á rescebir al Rey Don Fernando, Mi Señor; por ende, Yo vos Mando que le dejedes e consintades pasar por cualesquier desos dichos puertos que quisiere él e los que con él van, con veinte caval

(1) Archivo de Simancas.

gaduras e seis acémilas, e con todas las otras cosas así de plata e oro e moneda e vestidos, e otras cosas que lleva nescesarias á su camino, e sin le catar ni escudriñar, ni llevar derechos algunos, jurando el sobredicho lo que así lleva es suyo e de sus criados, e que non son mercadorías para, vender ni cosas encomendadas.

E otrosí; es Mi merced que esta Mi carta valga e haya efecto por sesenta dias primeros siguientes dempues de la data della e non mas, con tanto que dentro del dicho término de los dichos sesenta dias se presente en la casa del aduana de cualquier desos dichos puertos: e los unos ni los otros, etc. Dada en la Cibdad de Palencia á trece dias del mes de Julio, año del Nascimiento de Nuestro Salvador Jesucristo de mil e quinientos e siete años.-Mayordomo Ortun Velasco.-Yo Gonzalo Vazquez, escribano.-Está firmado.

Real cédula, encargando al Gobernador de la Isla Española el complimiento de lo estipulado con el Almirante Don Cristobal Colon sobre contribuir con la décima de oro y otros frutos, de cuya falta se quejaba su fijo y sucesor Don Diego.

ALMAZÁN. AGOSTO 24 DE 1507 (1).

C

EL REY.

OMENDADOR mayor de Alcántara, Gobernador de la Isla Española: Don Diego Colon,

Almirante de las Indias, me fizo relacion diciendo, que en la Capitulacion que Yo e la Reina Mi mujer, que haya santa gloria, con el Almirante su Padre mandamos facer, hay un capítulo, el tenor del cual es éste que se sigue: «Item, que todas e cualesquier mercadorías, siquier que sean perlas, piedras preciosas, oro ó plata, especiería e otras cualesquier cosas de cualquier especie, nombre ó

(1) Archivo de Simancas; libro general de cédulas, núm. 14.

« AnteriorContinuar »