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Carta del Rey Católico á su Embajador en Roma, para que pida á Su Santidad la Institucion del Patriarcado universal de Indias en el Arzobispo Don Juan de Fonseca, y el Obispado del Darien para Fr. Juan de Quevedo; y autorizando á Su Alteza para señalar los limites de las diócesis, y para la reparticion de los diezmos.

VALLADOLID.-JULIò 26 de 1513 (1).

M

EL REY.

OSEN Gerónimo de Vich, de Mi Consejo, y
Mi Embajador en Corte de Roma: porque

entre las otras mercedes e beneficios que de Dios Nuestro Señor habemos rescebido, el mas principal es las victorias que en su ayuda habemos habido, contra los infieles enemigos de Nuestra

(1) Traslado de un libro de cuadernos en fólio, del Consejo y Cámara de Indias, pág. 123, que existía en la librería del señor Duque de Alba en 1769, de donde sacó Gayoso la copia que posee la Real Academia de la Historia.

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Santa fe católica, sojuzgando y reduciendo á la obediencia de Nuestra Santa Madre la Iglesia muchas tierras y provincias que estaban absentadas della, y convirtiendo muchas ánimas de los infieles, que en ellas habitan, por el bautismo á su Redentor; y continuaudo en este santo propósito, como cosa que mas deseo en este Mundo, agora ha placido á la Providencia Divina que, allén destas islas y tierras, descobiertas en la parte de las Indias del Mar Océano, descobrir una grand parte de tierra, que así por su grandeza como por non se haber podido descobrir alderedor, que en sola una parte de costa se han descobierto mas de mil y quinientas leguas, como porque han fallado en ella diversos géneros de animales, que en las otras islas non se han fallado animales de cuatro pies, se cree que es Tierra-firme, la cual está poblada de grande multitud de gente que parescen mas razonables y mas capaces, instruidos y doctrinados en las cosas de Nuestra Santa Fé que los que fasta aquí se ha fallado, de que espero que Nuestro Señor será muy servido: y deseando que tanta multitud de ánimas se salve y á Nuestra Santa Fe Católica se acerquen todas, non teniendo respeto á los grandes gastos y trabajos que en ello se acercan, inviamos agora una generosa Armada, así de navíos como de gente, para que juntamente con otra gente de armas que por Nuestro mandado y á Nuestra costa estan en la dicha tierra, sojuzguen

aquellas bárbaras naciones, las traigan al yugo y obediencia de Nuestra Santa Madre la Iglesia, y las aparten de la infidelidad en que estan y de diversos y grandes errores con que el enemigo las tiene sojuzgadas. Y para que Nuestro deseo se compla en facerlos cristianos, demas de la gente de guerra, son nescesarias personas espirituales, para que con su doctrina y. ejemplo los animen y enseñen, y con palabras y con obras traigan al verdadero conoscimiento de la salud de sus ánimas: y porque las tales personas, unas han de ser para lo ir á facer en persona, y otras para lo favorecer y encaminar desde acá, y el muy Reverendo in Cristo Padre Don Juan de Fonseca, Arzobispo de Rosano, Nuestro Capellan mayor y de Nuestro Consejo, de claro linage y de los principales Nobles destos Reynos, como sabeis desde el principio que las Indias se descobrieron fasta agora, y al presente por Nuestro mandado se ha ocupado y ocupa en la provision y gobernacion dellas, y por su industria y vigilancia, diligencia y cuidado con muy probada fidelidad sin otro interes alguno, salvo por servir á Nuestro Señor y complir Nuestros mandamientos, ha sido y es cabsa muy principal de muchos bienes que en las dichas Indias han sucedido y suceden, y siempre continúa sus trabajos para en lo porvenir con mucho zelo que las ánimas de todas aquellas gentes se conviertan á Nuestro Señor; y se espera que segund la grandeza de la tierra dempues de sojuz

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gada, con la ayuda de Nuestro Señor, se instituirán de diversos títulos de iglesias en ella: suplicareis de Nuestra parte á Nuestro muy Santo Padre por virtud de la Nuestra Carta de creencia que va con esta, que habiendo consideracion á lo susodicho y al servicio tan señalado de Nuestro Señor y acrescentamiento de Nuestra Santa Fe Católica, que dello se espera seguir, mediante su ayuda, plega á Su Santidad que sobre las iglesias que se erigieren de aquí adelante en la dicha tierra de las Indias, que generalmente toda la Provincia se llama Castilla del Oro, instituya al dicho Arzobispo Don Juan Rodriguez de Fonseca, universal Patriarca de toda ella, conforme á los otros Patriarcados que hay en la Iglesia, de cuya institucion, segund sus méritos y doctrinas, ejemplo y fidelidad, y la mucha espiriencia que tiene en las dichas Indias, y gran deseo y fervor de convertir á las gentes que en ellas se fallan á Nuestra Santa Fe Católica, esperamos en Nuestro Señor será muy servido, y Nuestra Santa Fe Católica aumentada y reducidas á ella las almas de la gran multitud de gente que la dicha tierra habitan; y que la iglesia prencipal y cabeza del dicho Patriarcado sea en el logar que el dicho Don Juan de Fonseca, con licencia y consensu Nuestro señalare en la dicha tierra, porque agora fasta mas saber della non se puede bien señalar, porque sabida se señalará mas cómodamente; y porque en la dicha tierra hay muchas y diversas

Provincias, como arriba se dice, y así ha de haber muchas y diversas iglesias Catedrales, placiendo á Nuestro Señor, entretanto que la tierra se sojuzga, es nescesario que en la Provincia donde agora está el pueblo de los Cristianos, que es en la Provincia que se ha de llamar Bética aurea, y la iglesia del pueblo se llama Nuestra Señora del Antigua, le plega criar y erigir un Obispado de la iglesia Catedral deste nombre debajo del dicho Patriarcado; y porque el devoto P. Fr. Juan de Quevedo, Fraile de la Orden de San Francisco de la Observancia, predicador que agora es de Nuestra Real Capilla, el cual por su vida y ejemplo y mucha prudencia e iminentes letras y mucha doctrina, ha regido diversos oficios de Provincial y Guardian de la Provincia del Andalucia muchos años, y esperamos, por la mucha experiencia que dél se tiene en las dichas cosas, será Nuestro Señor servido en que él sea proveido con este dicho Obispado, y Nos le enviamos á requerir con este cargo y el bien de lo mucho que en el puede servir á Nuestro Señor, y ha Nos aceptado de ir luego á la dicha Armada á entender en la conversion de la dicha gente: por ende, suplicareis á S. S. Nos conceda dos facultades; la una porque Nos y los subcesores de esta Corona Real de Castilla, ó la persona que para ello señalaremos, en Nuestro nombre pueda agora y ende aquí adelante limitar y señalar los límites y diócesis en la dicha tierra, así para las di

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