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PROTESTA DEL PERU

contra el Tratado celebrado en La-Paz entre Bolivia y el Brasil el 27 de Marzo de 1867.

MINISTERIO

DE RELACIONES EXTERIORES DEL PERÚ.

Lima, Diciembre 20 de 1867.

Señor Ministro.

El infrascrito, Ministro de Relaciones Exteriores del Perú, tiene el honor de dirigirse á S. E. el Señor Ministro de igual clase de la República de Bolivia, con motivo del Tratado que se ha celebrado en la Paz entre Bolivia y el Brasil el 27 de Marzo del presente año, y á fin de salvar los derechos del Perú comprometidos en ese acto internacional.

Poco tiempo despues de la llegada del señor Lopez Netto á Bolivia, comenzó á hablarse de la negociacion de un Tratado de límites, y solo últimamente se tuvo noticia de la celebracion de un importante pacto entre los dos países. El infrascrito, que, por diferentes motivos, debía hacerse intérprete del interés que tiene el Perú en todo lo relativo á Bolivia, habló sobre el particular al señor Benavente; pero S. E. no tenía conoci miento alguno del contenido de aquel Tratado; y el Gobierno del Perú ha aguardado á que ese notable documento fuese publicado en los periódicos, para imponerse de su contenido.

El infrascrito había creído que era conveniente, para las Repúblicas aliadas, darse conocimiento de sus negociaciones diplomáticas mas importantes; y no solo tenía sino que conserva aún el propósito, de no concluir ningun pacto de alguna gra. vedad, sin comunicar su pensamiento á las Repúblicas hermanas, que están llamadas á formar, entre sí, una entidad internacional. Por lo mismo, habría deseado encontrar en Bolivia el mismo pensamiento y fortificar la union por una reciprocidad de miras y de sentimientos que parece desprenderse de la situacion actual. En el presente caso, la confianza entre el Perú y Bolivia tenía otros motivos de justificacion, nacidos, por un lado, del estado en que se encuentran las relaciones de límites entre las dos Repúblicas, no definidas aún, y por otro, de no hallarse todavía concluídas entre el Perú y el Brasil las negociaciones relativas al mismo objeto. Por lo mismo, la prévia inteligencia entre las dos Repúblicas, no habría sido perjudicial sino, tal vez, muy útil al buen resultado de la negociacion. Nada se halla, sin embargo, mas distante del Gobierno del Perú, que la idea de intervenir en lo menor en las cuestiones

que son de la exclusiva competencia del Cob'erno Loliviano. Así, él no entrará en el exámen del Tratado en la pa e que se refiere únicamente á Bolivia. Sin embargo, cree, de acuerdo con lo que en otra ocasion manifestó el Gabinete de Sucre, que el principio del uti possidetis, pactado en el primer acápite del artículo 2.o, si bien puede invocarse con justicia en las controversias territoriales de los Estados Hispano-Americanos que dependían de una Metrópoli comun y que, durante el coloniaje, no eran sino diversas secciones administrativas, no puede tener aplicacion al tratarse, como al presente, de diversas Metrópolis, entre las cuales había pactos internacionales que reglaban los diferentes dominios, legitimando y confirmando la posesion que fuese conforme á él y condenando la que le fuese contradictoria ú opuesta. Efectivamente, el principio de la posesion actual no puede servir de regla, sino cuando la propiedad no ha sido reconocida. Así, el uti possidetis no podría tener lugar entre Bolivia y el Brasil, por cuanto estos dos países tienen un derecho estricto sobre la materia. Por razones de diverso género, el uti possidetis entre el Perú y Bolivia, aunque puede ser invocado en ciertos casos, es insuficiente en otros; por que habiendo formado ambas Repúblicas parte del mismo Vireynato, no se puede definir con exactitud la posesion actual, respecto de territorios, sobre los que no hay una verdadera detencion.

Tal vez por no haberse tomado en consideracion estas observaciones, se ha llegado á formular un Tratado contra el cual, el Perú se vé en la necesidad de protestar en cuanto ataca sus derechos territoriales. En el artículo 2.° se estipula.... que la línea divisoria..... .. 'del extremo Sur de Co"rixa Grande, irá en líneas rectas al Morro de Buena-Vista y á "los Cuatro Hermanos; de éstos, tambien en línea recta, hasta "las nacientes del rio Verde, bajará por este río hasta su con"fluencia con el Guaporé, y por medio de este y del Mamoré "hasta el Beni, donde principia el rio Madera.

"De este rio para el Oeste seguirá la frontera por una para"lela tirada de su márgen izquierda en la latitud Sur, diez gra"dos veinte minutos, hasta encontrar el rio Yavarí.

"Si el Yavarí tuviere sus nacientes al Norte de aquella línea "Este-Oeste, seguirá la frontera desde la misma latitud, por "una recta hasta encontrar el orígen principal de dicho Ya"varí."

Examinando el mapa oficial de Bolivia de 1859, se vé que el rio Madera no comienza en el Beni sino en la confluencia del Guaporé con el Mamoré. Esto se halla conforme con los mas acreditados mapas. Este error geográfico puede producir resultados equivocados.

Lo mas grave para el Perú es hacer seguir la frontera entre Bolivia y el Brasil por una paralela tirada de la márgen iz

quierda del Madera en la latitud Sur, diez grados veinte minu-' tos, hasta encontrar el rio Yavarí, ó, en caso de no encontrar éste, hasta su orígen.

Conforme al Tratado de San Ildefonso, de 1777, la línea habría debido tirarse de la semi-distancia del Madera calculada entre la confluencia del Mamoré y del Guaporé y la desembocadura del primero en el Amazonas. Así se deduce del artículo 11 de dicho pacto, cuyo tenor es el siguiente:

"Bajará la línea por las aguas de estos dos rios, Guaporé y "Mamoré, ya unidos con el nombre de Madera, hasta el paraje "situado en igual distancia del rio Marañon 6 Amazonas y de la "boca del rio Mamoré; y desde aquel paraje continuará por "una línea Este-Oeste hasta encontrar con la ribera oriental "del rio Yavarí, que entra en el Marañon por su ribera austral; " y bajando por las aguas del mismo Yavari hasta donde desem"boca en el Marañon ó Amazonas seguirá aguas abajo de este "rio, que los españoles suelen llamar Orchana y los indios "Gutera, hasta la boca mas occidental del Yapurá, que desagua "en él por la márgen septentrional."

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Esta estipulacion se halla en conformidad con el artículo 8.o del Tratado de Madrid de 13 de Enero de 1750, que dice así:Bajará (la línea divisoria) por las aguas de estos dos rios (el "Guaporé y el Mamoré) ya unidos hasta el paraje, situado en igual distancia del citado rio Marañon ó Amazonas y de la "boca del dicho Mamoré y desde aquel paraje continuará por 'una línea Este-Oeste, hasta encontrar con la ribera oriental "del rio Yavarí, que está en el Marañon por la ribera austral y "bajando por las aguas del Yavarí hasta donde desemboca en "el Marañon ó Amazonas, seguirá aguas abajo de este rio has"ta la boca mas occidental del Yapurá, que desagua en él por "la márgen septentrional."

El resultado de no haberse tenido en cuenta estas estipulaciones y de haberlas sustituido con el artículo 2.o del Tratado en cuestion, puede percibirse por todo el que examine ligeramente una carta de las localidades. Lejos de ser lisonjero para el Perú y para Bolivia, él importa la absorcion por el Brasil de cerca de diez mil leguas cuadradas, en las cuales se encuentran ríos importantísimos, tales como el Purus, el Yurua, el Yutay, cuyo porvenir comercial puede ser inmenso.

Si el Gobierno de Bolivia no ha temido las consecuencias del Tratado, el del Perú se vé en la necesidad de hacer las reservas convenientes, en guarda de los derechos territoriales de la República.

Los límites entre el Perú y Bolivia no están aun definidos. En el artículo 12 del Tratado de paz y amistad entre las dos Repúblicas, se estipuló lo siguiente: "Ambas partes contra"tantes, en el propósito de alejar todo motivo de mala inteligencia entre ellas, se comprometen á arreglar definitivamente

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los límites de sus respectivos territorios, nombrando, dentro "del término que de comun acuerdo se designe, despues del cange de las ratificaciones del presente Tratado, una comision "mixta que levante la carta topográfica de las fronteras y ve"rifique la demarcacion, etc., etc.

Ninguna urgencia ha tenido el Perú para llevar adelante ese deslinde: pero el de Bolivia, desde que ha creído conveniente hacer el suyo con el Brasil, respecto de territorios que, por lo menos, debió considerar como limítrofes del Perú, parece que debía ajustar con éste la debida negociacion. Este olvido ha causado la cesion que el Gobierno de Bolivia ha hecho al Brasil de territorios que pueden ser de la propiedad del Perú. Salvarlos es el objeto que se propone el infrascrito en la presente nota.

Verdad es que el Gobierno del Perú aceptó tambien el principio del uti possidetis y sustituyó á los Tratados celebrados por la Metrópoli, la posesion actual, y conforme á ella, el Tratado de 23 de Octubre de 1851, que la República se halla en el deber de respetar: pero el Gobierno Peruano habría deseado que el de Bolivia aprovechase de la experiencia que el Perú ha adquirido á costa de algunos sacrificios. Ya que esto no ha tenido lugar, por lo menos el Perú habría deseado que el Tratado de 1851 fuese respetado con todas sus consecuencias.

Segun ese pacto, ratificado posteriormente por la Convencion de 1858, (1) todo el curso del rio Yavarí es límite comun para los Estados contratantes; y aunque los Tratados no lo dicen, los comisarios de límites, señores Carrasco y Acevedo, pacta. ron que se llegase hasta la latitud de nueve grados treinta minutos Sur, ó hasta el nacimiento de dicho rio, siempre que éste se encontrase en una latitud inferior. La línea paralela al Ecuador, trazada en una de las referidas situaciones, señala la division territorial entre el Perú y el Brasil por ese lado, quedando perteneciente al Perú todo el terreno comprendido entre el Sur y la enunciada paralela, que debe terminar en el rio Madera. Tan cierto es esto, que los Gobiernos del Perú y el Brasil al conferir sus instrucciones á los comisarios respectivos, tuvieron especial cuidado de consignar en ellas, como punto cardinal, esta verdad; y en todas las conferencias oficiales de dichos comisarios, que existen protocolizadas, así como en las instrucciones dadas á la comision especial que se encomendó á los Secretarios para la exploracion del Yavarí, se acordó prevenir, de una manera expresa, lo que queda manifestado.

Reasumiendo lo expuesto, resulta que segun el Tratado en

cuestion:

1.° La frontera debe seguir del Madera para el Oeste por una paralela tirada de su márgen izquierda en la latitud Sur 10° 20' hasta encontrar el rio Yavarí.

(1) Véase Brasil.

2. Si el Yavarí tuviese sus márgenes al Norte de aquella línea Este-Oeste, seguirá la frontera desde la misma latitud, por una recta, hasta encontrar el orígen principal de dicho Yavarí.

En el primer caso, el Brasil, para fijar por ese lado sus límites con Bolivia. invade nuestra propiedad, reconocida por él en los citados pactos de 1851 y de 1858.

Si los comisarios de Bolivia y del Brasil se vieran precisados á llevar adelante la segunda solucion, se tendría como consecuencia necesaria un resultado imposible; que las nacientes del Yavari servirían de punto comun de partida para establecer fronteras respectivas entre el Perú, Bolivia y el Brasil; y que la recta que de allí partiera hasta encontrar la márgen izquierda del Madera, vendría á ser, poco mas o menos, línea divisoria, tambien comun, para los dos países.

Si Bolivia (admitiendo esta hipótesis) es dueño del territorio de que se ocupa el infrascrito, ¿á quién pertenecería la faja del terreno comprendida entre la paralela pactada entre el Perú y el Brasil y la que el imperio ha estipulado con Bolivia? El Tratado no lo dice.

En el caso de que el Gabinete de Sucre hubiera querido escuchar al Perú, se hubiera evitado, por lo menos, la divergencia en la manera de apreciar estas importantes cuestiones.

Ya que esto no ha tenido lugar, el infrascrito cumple las órdenes de S, E. el Presidente del Perú, protestando, contra el mencionado Tratado de 27 de Marzo en cuanto ataca por su artículo 2.° los derechos territoriales del Perú.

El infrascrito tiene el honor de reiterar á S. E. el señor Ministro de Relaciones Exteriores de Bolivia, las seguridades de alta consideracion con que se suscribe de S. E.

Muy atento y muy obediente servidor.

J. A. BARRENECHEA.

A S. E. el Señor Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Bolivia.

PROTOCOLO.

(ARANCEL DE ADUANAS.)

Reunidos en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, los infrascritos José Antonio Barrenechea, Ministro en ese Ramo y Juan de la Cruz Benavente, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de Bolivia: el señor Ministro de Re

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