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Británica, en el pueblo de Bellavista, con el objeto de tomar poseción del terreno que el Supremo Gobierno ha tenido á bien adjudicarle para Cementerio de los súbditos que de aquella Nación falleciesen en ésta, y en cumplimiento del supremo decreto quə antecede les he señalado, demarcado y mensurado, en un potrero que pertenece al Estado, y que se halla al respaldo del Hospital de la expresada población, en uno de sus angulos, que es lindero con la cerca de la huerta de las señoras Ramirez, cincuenta varas de frente y ciento cincuenta de fondo, que hacen una área de mil quinientas varas cuadradas, cuyo sitio y terreno, recibie. ron los apoderados, á nombre de su Nación, y se conformaron con él, y para su constancia lo firmaron conmigo, en Bellavista, á seis de Setiembre de mil ochocientos treinta y cuatro.

Francisco Cañas.-Juan Barton, Agente Consular. Tomás Gil.

Excmo. Señor:

En cumplimiento del superior decreto de V. E. de 22 del próximo pasado que antecede he pasado al pueblo de Bellavista, en compañía de los apoderados del señor Cónsul General de S. M. B. D. Juan Barton y D. Tomás Gil, á los que he puesto en posesión del terreno que se les ha adjudicado para Cemer.terio de los que fallezcan de su Nación, como consta de la diligencia que antecede, con lo que queda en todas sus partes cumplido el supremo decreto citado.

Callao, y 6 de Setiembre de 1834.

Excmo. Señor.

Francisco Cañas.

Lima, Setimbre 10 de 1834.

Remítase al Ministerio de Hacienda, para que, en conformidad del supremo decreto fecha 22 del próximo pasado disponga se

otorgue el respectivo instrumento, y que se tome razón donde convenga.

León.

Casa de Gobierno, en Lima, á 10 de Setiembre de 1834.

Señor:

Remito á US. el expediente sobre la concesión de un terreno en Bellavista para el cementerio de los súbditos británicos, á fin de que disponga se extienda el instrumento de que habla la resolución original de esta fecha.

Dios guarde á US.

Matras León.

Al Señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda. (1)

Consulado General Británico.

Lima, Octubre 26 de 1837,

Señor:

Los súbditos de S. M. B., se hicieron deudores á la benevolencia del Gobierno del Perú durante la Presidencia de S. E. el Gran Mariscal Don Luis José de Orbegoso, por la emisión del decreto fechado á 22 de Agosto de 1834, (2) que concede, en perpetuidad, al Consulado General de S. M. en el Perú un terreno perteneciente al Estado y situado á la espalda del Hospital de Bellavista en uno de los ángulos que hace el lindero con las paredes de la

(1) El Ministro de Hacienda remitió el expediente á los Administradores de la Tesorería General, y se otorgó la escritura de cesión ante el escribano público D. Julián de Čubillas.

(3) Página 152.

huerta de las señoras Ramirez, para la erección de un cementerio británico, y con la condición de pagar un peso anualmente, como señal del dominio que reserva el Estado del Perú sobre dicho terreno.

Habiéndose construido allí desde aquella fecha un Cementerio Británico, se ha creído de necesidad fabricar una casita que sirva de habitación para la persona que tomará ese edificio á su cargo; y esforzádose en vano para descubrir quienes son los dueños legales de un espacio de terreno y ruinas de una casa contigua á la pared exterior del Cementerio, que es el lugar más aparente para la erección de dicha casita, se ha indicado, al que suscribe, que el referido terreno pertenece al Estado.

Sin afirmar que este sea el caso, el infrascrito se induce á dirigir esta nota al Señor Ministro, con la confianza de que se sirva mandar hacer las indagaciones convenientes sobre el particular; y que, si resulta probado satisfactoriamente, que la propiedad pertenece realmente al Estado, que acuerde con S. E. el Presidente la concesión de un terreno que tenga 12 yardas de frente, y 40 yardas, poco más ó menos de profundidad, juntamente con las ruinas de las dos paredes que actualmente existen, para el objeto referido antes y con las condiciones que S. E. juzgue convenientes.

La generosidad manifestada por S. E. el Presidente Orbegoso en la concesión anterior, hace creer al infrascrito que asegurará les efectos benéficos de aquella, allanándose á la presente solicitud; y le es sumamente placentero conocer, que el caracter y clase del edificio ya exigido, testificará esa generosidad al presente y futuros siglos, como igualmente la disposición liberal y amistosa de la Nación Peruana hácia los súbditos británicos residentes en su territorio.

El infrascrito aprovecha esta ocasión para renovar al Señor Ministro del Interior la seguridad del alto respeto y distinguida consideración con que se suscribe su obediente, humilde servidor.

Belford Hinton Wilson.

Al Señor Ministro del Interior, encargado de las Relaciones Exteriores de urgencia.

Lima, Octubre 27 de 1837.

Acúsese recibo, y remítase al Iltmo. Señor Gobernador del Callao, para que haga fijar carteles para descubrir si tiene dueño el terreno que se indica, y, con el resultado, informe, tomando. precisamente los datos y conocimientos necesarios.

Galdiano.

Lima, Noviembre 2 de 1837.

Informe el Señor Coronel Intendente de Policía, tomando las noticias necesarias del Gobernador de Bellavista y fijando los carteles que se previeneu.

Miller.

I. S.

Para informar á US. I. circunstanciadamente acerca del terreno que pide en Bellavista el señor Cónsul de S. M. B. para fabricar una casita que sirva de habitación á la persona que debe hacerse cargo del cementerio erigido en dicho pueblo para los súbditos de aquella Nación, dispuse que se fijasen los edictos precisos para descubrir al dueño de él; pero á pesar de esta medida y de las indagaciones prolijas que al efecto se han hecho por medio del Gobernador del Distrito, ninguna persona se ha presentado manifestando su propiedad; por consiguiente creo que debe considerarse como de la del Estado, para que, si se tiene por conveniente, se haga la concesión que se impetra, y bajo las condiciones que el Supremo Gobierno juzgue necesarias.

Callao, Diciembre 11 de 1837.

I. S.

Pascual Suco.

Excmo. Señor:

Según la anterior exposición se instruirá V. E. que se han practicado todas las deligencias correspondientes para esclarecer si el sitio que se pide tiene algún dueño, el mismo que no se ha presentado y se cree seguramente pertenezca al Estado. V. E., en su vista, determinará lo más conveniente.

Callao, Diciembre 13 de 1837.

Excmo. Señor:

Guillermo Miller.

Consulado General Británico.

Lima, a 19 de Diciembre de 1837.

Señor:

El infrascrito, en una nota, su fecha 26 de Octubre úitimo, tuvo el honor de solicitar del Gobierno del Señor Ministro que se dignara conceder á este Consulado General, por los fundamentos y objeto designados en aquella nota, un corral con doce varas de frente y cuarenta de profundidad, situado en Bellavista, y que es lindero con uno de los ángulos de la huerta de las señoras Ramirez, y con un terreno concedido por el Supremo Gobierno, para la construcción de un Cementertó Británico.

Habiendo después hecho medir este corral, resulta tener 27 varas de frente y 38 de profundidad; y desde luego este número de varas y no las equivocadamente insertas en su predicha nota, es el que ahora espera que S. E. el Presidente concederá á este Consulado General; y aprovecha de esta ocasión para ofrecer al Señor Ministro los sentimientos de alto respeto y distinguida consideración con que se suscribe su atento y obediente servidor.

Belford Hinton Wilson.

Al señor Ministro del Interior, encargado de las Relaciones Exteriores de urgencia...

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