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de la trata, que años pasados se presentó al Consejo de Estado fundada en la presunción del respeto que el gabinete inglés tributaría á la bandera peruana no coactada por tratado abolicionista. Más esa corporación no creyó deber mirar con igual severidad otra petición limitada á conseguir la traslación de esclavos de otros puntos del continente, y estando próxima la reunión del Congreso, no quiso resolver por sí, sino que la abandonó á la sabiduría de la Representación Nacional, recordándole sí las exigencias de nuestra lángida agricultura.

Estimulada por esta indicación la Cámara de Senadores, aprobó un proyecto de ley presentado por uno de sus miembros, cuyo objeto es autorizar esta traslación rectificada por la necesidad de presentar testimonios auténticos de que eran verdaderamente esclavos los que se hubiesen de trasladar, y suavizada y humanizada además con la prevención de que sus hijos serían blanco de las beneficiosas consideraciones que les tributan nuestras filosóficas leyes existentes. Las multiplicadas atenciones que absorbían el tiempo de la Cámara de Diputados, no le dejaron ninguno que consagrar á la revisión de este proyecto; y esta fatal imposibilidad impidió que fuese elevado á la categoría de ley.

Los imperiosos consejos de la necesidad movieron á 53 hacen dados de los mas respetables de esta costa para implorar del Ejecutivo pusiese el complemento á la muestra de misericordia que había empezado á darles la Representación Nacional. Pasó á consulta al Consejo de Estado; y después de un maduro exámen provocado por el luminoso y meditado informe de su comisión, ha opinado que no se debía negar este consuelo á la desesperación en que se encuentra sumida la benemérita clase agrícola.

Los esclavos, cuya traslación será posible son los del Brasil y los de Nueva Granada. En el Brasil no hay libertad de vientres, no hay peculio, no hay libertad compulsoria, no hay, en fin, derechos ningunos, sino látigo implacable, que los fuerza hasta arrastrar los carros por las calles como bestias de carga. En Nueva Granada, trabajan ocho ó diez horas al día en los lavaderos de oro con el agua hasta la rodilla, bajo un sol infernal, con bosalillo en muchas haciendas para impedir que se traguen el oro, y sin mas alimento que diez ó doce plátanos al día. De suerte que el esclavo del Chocó, por comer algo que no sea plátano, come lagartijas, ratones y aún parte de las culebras. ¿Y en el cambio de tan odiosa vida por la cómoda, regalada y aún comparativamente opulenta de los esclavos del Perú, se cometerá ofensa de hecho á la humanidad? ¿Y la habrá de derecho en la

adquisición de tantos y tan preciosos como prodiga nuestra presente legislación en sustitución á tan humillantes vejaciones y habrá opresión?

Ya hemos hecho ver que el derecho interno veda semejante medida; ni que tainpoco compromete las relaciones externas. Antes bien son motivos para alimentar las mas favorables presunciones del ánimo del gabinete inglés á este respecto, su bené vola condescendencia con el Ecuador y con el Imperio del Brasil. No hay, pues, tacha que ponerle; no hay obstáculo que embarace adaptarlo; y entre tanto las razones que hemos desarrollado demuestran con la irresistible lójica de los hechos, que de ella, y solamente de ella, pende que haya ó nó agricultura en el Perú: cuestión algo más trascendental de lo que creen soñadores delirantes en un país en que el comercio nacional es nulo, y su minería, su industria primordial sufre por desgracia una decrecencia harto visible, á impulso del alza desmesurada que han experimentado los azogues.

Y no se crea que son de pequeña monta los beneficios que se buscan en la solicitada concesión. Mil esclavos bastarían para el cultivo de cinco haciendas de caña, cada una de las cuales dejaría una utilidad líquida anual de treinta mil pesos poco más ó menos. Si la importación de esclavos ascendiese á cuatro mil, cosa muy posible, rendirían seiscientos mil pesos anuales, que, en diez años, serían seis millones, y en veinte, doce. ¿Y cuál de las industrias presentes es capaz de agregar al capital nacional una suma tan considerable? ¿Cuál de los enemigos del proyecto de los hacendados encierra en su cabeza otro igualmente lucrativo que sustituirle? ¿Y cómo tienen, pués, la avilantez de oponerse á un bien de tamaño colosal que ellos no saben hacer? ¿Comprenden bien todas las grandiosas empresas que haría brotar el riego de los numerosos capitales en que se repartiría suma tan crecida, en un país cuyos abundantes elementos de opulencia se hallan en estado de mortal paralización, solo por falta de capitales? ¿Y se habrá de renunciar á tan encantadora perspectiva solo por mimar un exótico destemplado ultra-liberalismo?

Lima, Enero 12 de 1846.

Legación Británica.

Lima, á 3 de Febrero de 1846.

El infrascrito, Encargado de Negocios de S. M. B., ha tenido el honor de recibir la nota que S. E. el Señor D. José Gregorio Paz Soldán, Ministro de Relaciones Exteriores, le dirigió en 19 último, y ha leído con la mayor atención la ilustrada Memoria sobre la esclavatura que le fué trasmitida con la antedicha nota.

El insfrascrito admira el órden tan claro y los lucidos argumentos de este documento, y añade su voluntario testimonio al trato generalmente bueno de que goza la población esclava en el Perú, y su adquiescencia al elocuente argumento de la «Memoria», de que la esclavatura presenta un aspecto muy diferente en el Perú, de que él ha sido testigo en el Imperio del Brasil y en los Estados Unidos.

Sin embargo, si este documento pudiera considerarse como oficial del Gobierno Peruano, sería del deber del infrascrito dilucidar algunos de sus asertos ó cuestiones diplomáticas, y manifestar su contrario parecer á algunas de sus conclusiones.

El infrascrito, tendrá la mayor satisfacción en someter la enunciada Memoria al conocimiento del Gobierno de su Magestad, y tan solo con referencia á los últimos párrafos de la nota de S. E. se eree en el caso de reproducir los argumentos contenidos en sus notas de 12 de Junio y del 15 de Julio, cuyas notas han recibido la entera aprobación de su Gobierno.

El infrascrito, aprovecha de esta ocasión, para reiterar á S. E. el Señor Paz Soldán la seguridad de su más alta y distinguida consideración.

Guillermo Pitt Adams.

A S. E. el Señor D. José Gregorio Paz Soldán, etc., etc., etc.

Secretaría del Consejo de Estado.

Lima, á 16 de Diciembre de 1845.

Señor Ministro de Estado en el Despacho de Justicia y Relaciones Exteriores.

S. M.

En el expediente remitido por el Gobierno al Consejo para que preste su dictamen, hay un extenso memorial, que presenta don Manuel Suarez Fernández, á nombre y con el correspondiente poder de cincuenta y tres hacendados, manifestando el estado de lamentable decadencia en que se halla la agricultura de la costa, y solicitando permiso para trasladar al territorio del Perú, escla vos residentes en otros puntos del continente americano.

Este escrito, y el voto del Consejo, fecha 19 de Junio último, que se acompaña impreso en «El Peruano» N° 54, ministra abundantes datos y convincentes argumentos sobre la necesidad de proteger de una manera pronta, diligente y eficaz la industria agrícola, amenazada de proxima muerte por graves causas muy conocidas, y particularmente por falta de brazos útiles para su fomento y desarrollo.

La carta original del señor don Benigno Malo, Ministro que fué de Relaciones Exteriores del Ecuador, igualmente agregada, revela importantes hechos que esparcen sobrada luz sobre una parte esencial de la cuestión, que otra vez se ha ventilado, á saber: si será asequible la traslación de esclavos de un punto á otro de nuestro continente, y si este intento encontrará una porfiada é invencible oposición en las potencias mas interesadas en la abolición del tráfico de negros de Africa.

El señor Malo testifica, que habiéndose celebrado tratado entre los Gobiernos del Ecuador y de la Gran Bretaña, aboliendo dicho tráfico, las Cámaras ecuatorianas lo aprobaron con la modificación de que en un artículo ó tratado adicional se estipulará «que la prohibición del tráfico solo se entendía, respecto de los negros de la Costa de Africa, y no de aquellos que se importasen de las otras repúblicas americanas.»

Habiendo dudado por entonces el Gobierno Inglés convenir en el artículo adicional, permaneció así la cuestión hasta que á principios del corriente año, el señor Cope anunció al Gobierno Ecuatoriano haber recibido del suyo instrucciones y plenos poderes para ajustar el artículo, en términos que pudieran conci

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liarlo todo. Y en efecto, se estipuló y firmó-«Que quedaba abolido para siempre el tráfico de esclavos; pero que esto no impedía que el Ecuador pudiera traer por mar ó por tierra los que existían en la condición de tales en Nueva Granada al tiempo de celebrarse el tratado.»>

El Gobierno del Perú al remitir el expediente y hacer mención del proyecto de ley, iniciado y aprobado en la Cámara de Senadores, sobre traslación de esclavos, recuerda al Consejo el estado decadente de la agricultura, y, dudando si podrá diferir á las preces de los hacendados, le pide su dictamen.

El Consejo, considerando necesaria la presencia de ese proyecto de ley, para mayor ilustración de la materia, procuró y obtuvo por el órgano debido su agregación en cópia.

En este documento advierte el Consejo, que se abraza una gran parte de los motivos tantas veces alegados en favor de la traslación; se procura demostrar su conveniencia y sus ventajas, y desvanecer diversas objeciones que se han aducido en contrario; y prescribiéndose varias condiciones de precaución y seguridad en pró de los mismos esclavos y su prole, no menos calculadas para impedir la fraudulenta internación de los procedentes de la Costa de Africa, se fija al permiso el término de seis años.

La cuestión de esclavos, ya en general respecto del tráfico propiamente dicho, ya en particular respecto de los que existen en nuestros Estados americanos, ha sido vista, por diversos lados, en las Cámaras, en el Gobierno, en el Consejo; y aún la prensa periódica se ha ocupado de ella á veces en sentido favorable ó adverso: bien que nadie se ha desviado del honorable y santo principio que condena y proscribe para siempre aquel bárbaro é impío comercio de carne humana, que tantas y tan variadas escenas de escándalo y horror ha ofrecido al mundo.

Nosotros, gracias á la divina providencia, no somos ni seremos nunca autores ni cómplices de tan repugnantes y odiosos atentados contra la naturaleza, el cristianismo y la filosofía; y aún podemos gloriarnos de que no solamente hemos reconocido los sanos y filantrópicos preceptos que el uno y las otras imponen á los hombres, sino que los hemos practicado sin vacilar desde que pudimos hacerlo.

Al instante en que juramos nuestra independencia de la dominación peninsular, fué unísono el grito contra el tráfico de esclavos en todos los ángulos de la República: lo prohibimos con sanción expresa y solemne; y desde entonces, nadie ha osado insultarnos trayendo á nuestros puertos esos hórridos montones de desgraciadas criaturas humanas, que nacidas tan libres como el

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