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do de varios hacendados de los valles de esta capital, pidiendo se les autorizase para la introducción y tráfico de negros de las costas de Africa. Esta pretensión, tan contraria á las luces del siglo, encontró una justa y unánime oposición en todas las personas y clases notables de la República, por cuyo motivo se vió precisado á abandonarla su autor. A la verdad, que habiendo condenado todas las secciones americanas ese detestable comercio de extraer de sus hogares á hombres libres para reducirlos á esclavitud por el derecho del más fuerte, el Perú aparecería degradado, conviniendo en un principio contra el cual todas las naciones han promulgado leyes justas y filantrópicas; y aparecería no solo como falto de ilustración, sino tambien retrógado en los principios que tiene proclamados desde que comenzó á saborear su independencia. De consiguiente se desviaría del dogma político establecido ya sobre el escandaloso y repugnante tráfico de negros de Africa, y tendría que chocar con las potencias que se han ligado para desterrar ese abominable abuso.

El segundo punto tiene por objeto saber si será lícito introducir en las costas del Perú los esclavos que existen en las repúblicas vecinas, y que de ellas quieran ser trasladados á nuestro territorio, suponiendo que mejoraran su condición variando de dominio.

El fin de esta pretensión, es el adelantamiento de la agricultura en las haciendas de la costa; las que casi desde el principio han sido cultivadas por negros, á quienes exclusivamente se les supone llamados á estas labores en clase de esclavos é irreemplazables con jornaleros. No hay duda que una parte considerable de la riqueza del Perú, consiste en los productos de la agricultura, y que esta ha sufrido muchos atrasos, efecto de los trastornos políticos, y si se quiere de la falta de esclavos; pero el remedio que se propone es peor que el mal que se trata de remediar.

Por decreto de 24 de Noviembre de 1821, fueron declarados libres todos los esclavos que pisen el territorio peruano: ninguna diferencia establece acerca de la manera como se ha de verificar este ingreso, y como nadie tiene el derecho de interpretar las leyes sino el mismo legislador, este asunto, que versa sobre la libertad, no debe restringirse en manera alguna, según el axioma generalmente recibido. Que el decreto citado está vigente, no hay la menor duda, porque aunque en la Constitución que nos rige no se habla expresamente, como en las anteriores, sobre la libertad de los esclavos introducidos de afuera, no por eso debe suponerse derogado aquel, puesto que no existe ley ó decreto que expresamente releve á los peruanos de su observancia. En suma,

lo que hay de cierto es, que una materia que antes fué objeto de un artículo constitucional, lo es ahora de una ley secundaria, obligatoria por todos respetos. Así es que está uniforme la práctica de los tribunales en declarar indistintamente por libres á los esclavos que ingresan al Perú, y, con mucha especialidad, de la Excma. Suprema Corte de Justicia, de cuyas resoluciones expedidas en esta conformidad hay documentos en el expediente. Sin embargo, como se suscitan pleitos sobre si los esclavos que vienen prófugos de sus amos, ó que los acompañen en su servicio, bien sea en clase de transeuntes, ó bien con el fin de domiciliarse en el país, adquieren su libertad por solo el hecho de ingresar al Perú, será muy conveniente aprovechar de la coyuntura de estar reunido el Congreso, para que, en uso de la atribución que le prescribe el inciso 1o del artículo 55 de la Carta, expida la resolución que estime justa.

A él corresponde tambien remediar los males que sufre la agrigultura por falta de brazos y de leyes protectoras; y de consiguiente puede tambien tomarlos en consideración para las leyes que demandan el fomento de aquella industria y sus productos en las costas de la República. Por todas estas razones, el Consejo reduce á tres puntos su dictámen: 19-Que debiendo considerarse criminal el tráfico de hombres nacidos libres, por estar prohibido por nuestras leyes, por la razón y por la humanidad, es inadmisible la pretensión de los que solicitan introducir negros de Africa en clase de esclavos. 2-Que se consulte al Congreso si los esclavos que ingresan al Perú prófugos de sus amos, y los que puedan venir en servicio de ellos adquieren su libertad conforme al decreto de 24 de Noviembre de 1821, por solo el hecho de pisar el territorio. 3-Que en consideración al estado de decadencia en que se halla la agricultura en las costas de la República, por la disminución de la esclavatura, pueda solicitarse del mismo Congreso el remedio oportuno para proveerla de brazos útiles por medio de la inmigración y de leyes protectoras para su fomento.>>

En consecuencia, tengo el honor de trascribir á US. el voto del Consejo, devolviéndole los expedientes que con notas de 28 de Agosto y 10 de Setiembre de 1841, 11 de Junio de 1842 y 21 de Octubre del año próximo pasado de 844, se remitieron á esta Secretaría por el Ministerio de Gobierno y Relaciones Exterio

res.

Dios guarde á US.

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Pedro J. Florez.

Lima, Junio 23 de 1845.

De conformidad con el anterior dictámen, elévese al Congreso en consulta.

Rúbrica de S. E.

Paz Soldán.

VIAJE CIENTIFICO DEL BERGANTIN «BEAGLE»

Legación de Su Majestad Británica.

Lima, á 4 de Febrero de 1840.

Señor Don Manuel Ferreyros, Ministro de Relaciones Exteriores del Perú &, &a, &a

Señor:

En 4 de Setiembre del año de 1835, el señor Ferreyros tuvo la bondad de dirigir, por orden de su Gobierno, al que suscribe, una nota acompañando los documentos necesarios para que la Goleta «Constitución," patache del Bergantín de S. M. B. «Beagle», practicase sin inconveniente en la costa del Perú el viaje y exploración científica á que fué destinado; y en 18 de Enero del año siguiente de 1836, iguales ordenes fueron, por mandato de su Gobierno, comunicadas á las autoridades civiles y militares de las costas del Perú por el señor Secretario General don Mariano Sierra.

En virtud de este permiso, la «Constitución» recorrió todas las costas del Perú; y el señor don Alejandro Veborne que la mandó, desempeñó á la entera satisfacción de sus jefes inmediatos, la importante comisión que le fué conferida, de levantar una carta hidrográfica de ellas.

Esta carta se halla ya grabada, y el infrascrito espera, dentro de muy poco, poder presentar al Gobierno del Perú ejemplares de ella como una muestra de agradecimiento por las facilidades que le mereció el referido viaje y exploración científica.

Mas, entre tanto, es muy grato al infrascrito presentar al señor Ferreyros para que se digne procurar su depósito en la Bibliote

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ca Nacional, cópia de una obra recientemente publicada por el distinguido Comandante del «Beagle», el Capitán de Navío don Roberto Fitz Roy, quien, por casi ocho años, dedicó sus eminentes y útiles talentos á dilatar los límites de la ciencia, y asegurar el

éxito del comercio universal.

Esta obra, escrita en tres tomos con un apéndice, y más sus respectivas cartas, se intitula «Narración de los viajes de exploración de los Buques de S. M. B. «Adventure» y «Beagle», desde el año de 1826 hasta el de 1836, detallando su reconocimiento «de las costas del Sur de la América Meridional y la circunnavegación del goblo por el «Beagle».

En el segundo tomo, ó página 638, el Señor Capitan Fitz Roy conmemora la honrosa circunstancia de que los dos partidos beligerantes suspendieron en Arica sus hostilidades por el período de un día, al fin de permitir al Señor Usborne ejecutar sus operaciones científicas sin peligro ni molestias,» y á la página 484 del mismo tomo, hay una mención justa y honrosa de los servicios que el muy hábil Director de la Escuela Náutica del Perú, el capitán de Navío D. Eduardo Carrasco, prestó los señores Fitz Roy y Usborne: y á la página 188 á 192 del tomo del apéndice, están registradas las notas que dirigió el Señor Ferreyros al infrascrito, y mas las órdenes que el Señor D. Mariano de Sierra se sirvieron expedir en obsequio al referido viaje y exploración científica.

Finalmente, á las páginas 231 á 272 están impresas las observaciones del Señor Usborne sobre las costas del Perú, cuya lectura puede quizás servir para su mas fácil y segura navegación.

Es muy grato al que suscribe aprovechar de esta ocasión para manifestar su sincero reconocimiento por las benévolas atenciones y facilidades que franquearon las autoridades peruanas, y muy especialmente el Señor Ferreyros, á los oficiales de la marina de S. M. B. comisionados, por usar de las expresiones mismas del Señor Ferreyros-«Para absolver la importante comision de rectificar el Mapa, y á contribuir, del modo que le era dado, á « dilatar los límites de la ciencia y asegurar el éxito del Co« mercio Universal.»

El infrascrito, aprovecha de esta ocasión para reiterar al señor
Ferreyros las seguridades de su alto respeto y distinguida con-
sideración.
Belford Hinton Wilson.

Casa del Supremo Gobierno, en Lima, á 13 de Febrero de 1840. Al Señor Encargado de Negocios y Cónsul General de S. M. B.

Señor:

El Gobierno del infrascrito, Ministro de Relaciones Exteriores, ha recibido, con mucha satisfacción, el oficio que el señor Encargado de Negocios y Cónsul General de S. M. B. le dirigió, con fecha 4 del presente, poniendo en su noticia el buen éxito del via. je científico del Bergantin de la Marina Real Británica «Beagle>> que por el año de $35 tocó en el puerto del Callao para continuar sus investigaciones encomendadas al distinguido oficial don Roberto Fitz Roy.

Los motivos de esta satisfacción nacen de un vivo interés en favor de la civilizacion universal, y de los progresos del comercio á que fueron consagrados esos útiles y esclarecidos trabajos, ideados y fomentados por el respetable Gobierno Inglés.

Es muy grata para el del infrascrito, la expresiva y honrosa mencion, que hace el Señor Encargado de Negocios, de las ordenes que se expidieron bajo la administracion del General Sala-· verry, autorizadas por el que suscribe, como Ministro que era entonces, para facilitar los trabajos del oficial comisionado para recorrer la costa del Perú y rectificar su plano. El Señor Encargado de Negocios mirará, sin duda, en aquella oficiosidad el procedimiento propio de un Gobierno ilustrado que se apresura á contribuir, del modo que lo permiten sus medios, al ensanche y progreso de los conocimientos útiles y al desarrollo de las ciencias y las artes.

Complacido tambien el Gobierno con el ejemplar de la obra publicada por el señor Fitz Roy, que contiene sus trabajos científicos, ha ordenado se deposite en la Biblioteca Nacional, como lo desea el Señor Encorgado de Negocios que ha servido presentarlo.

El infrascrito, reitera al Señor Encargado de Negocios y Consul General de S. M. B. las distinguidas consideraciones con que es su atento servidor.

Manuel Ferreyros.

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