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con el Perú participaba necesariamente de la naturaleza irregular de su gobierno.

Los españoles que no lo permitían abiertamente en la costa que ocupaban, convenían, sin embargo, tácitamente, en que se efectuasen negocios mercantiles por los comerciantes del país, yendo éstos á bordo de los buques, haciendo compras de mercancías y desembarcándolas de día claro. Por otra parte, el comercio con los puertos ocupados por el gobierno indeperdiente se hacía abiertamente, con ciertas restricciones, y pagando los derechos respectivos; y aún fué invitado por un decreto expedido por el General San Martin, Jefe del Supremo Poder Ejecutivo.

Con el objeto, pues, de traficar tanto con el uno como con el otro parti-lo, se aprestaron frecuentes expediciones mercantiles en Valparaiso. Yo mismo, en los años de 1820 y 1821 fuí empeñado en tres diferentes viajes en la fragata británica «Thais y balandra «Lady Frances», á los puertos intermedios, que, á la sazón, estaban en poder de los españoles, y sin disputa.

Con motivo especialmente del buen éxito que tuvieron estas expediciones, fuí escogido por varios comerciantes británicos, residentes en Chile, para emprender, como sobrecargo, la dirección de un viaje semejante á la costa del Perú en el bergantín británico «Ana».

En esa época, sabiamos que el gobierno de la patria, establecido en Lima, trataba de mandar una expedición por mar á los puertos intermedios, esto es, á Iquique y Arica, y cuya expedición creíamos haber hallado en el último de estos puertos á nuestra llegada á él.

Por esta razón, zarpamos de Valparaíso para los puertos indicados, sin embargo de haberse publicado en Chile la declaración del bloqueo de esa costa hecha por el gobierno independiente de Lima.

Con este motivo también, en el registro ó licencia para salir, que se solicitó y obtuvo en Valparaíso para el «Ana", se especificó el Callao como puerto de su destino.

Todos los documentos estaban extendidos en la forma debida, y la irregularidad alegada de una de las pólizas, era originada exclusivamente por un yerro de los jefes de la aduana del CaIlao al apuntar las marcas y números de algunos bultos.

El 22 de Febrero de 1832 el «Ana» zarpó de Valparaíso con un cargamento de géneros de manufactura británica, cuyo valor ascendía á más de 178,000 pesos, que hacen 35,600 libras esterlinas, y procedió á Iquique, que es el puerto más al Sur del Perú con la confiada esperanza de encontrarlo, lo mismo que al adya

cente de Arica, en posesión de la expedición patriota, como queda mencionado.

Aquí encontré al ancla el buque patriota de guerra «Belgrano», cuyo comandante me informó de la no llegada de la expedición, y que los puertos intermedios aún estaban bloqueados; más, al mismo tiempo permitió que el «Ana» fondease en Iquique y que permaneciese allí hasta que él mismo pudiese acompañarlo á Arica para comunicar con el almirante Blanco que mandaba la fragata «Protector» al ancla en ese puerto, y que además era mandante en jefe de las fuerzas bloqueadoras peruanas.

Mientras estuvimos en Iquique, el maestre de una pequeña lancha costeadora, es decir, un huanero, ocurrió al capitán del «Ana» por algun cordaje y un poco de lona, pues por falta de este primer artículo estaba su lancha en riesgo inminente de vararse.

El capitán Esmond del «Belgrano», atendiendo al frívolo negocio, pero interesante servicio á la humanidad que se hacía en la venta de estos ridículos abastos del buque, concedió prontamente su permiso, como aparece y se corrobora plenamente por su propia declaración á f. 36 de los autos.

Empeño, solemnemente, mi palabra que esta es la verdadera y sencilla relación de lo ocurrido, que el Fiscal Tudela se ha esforzado, tan sin rubor, en convertir en un grave cargo contra el buque para justificar su condena.

Una desatención tal á la humanidad, á la equidad y principio moral, como lo es este cargo, bajo las circunstancias puntualizadas y según se ha probado plenamente en el juicio, manifiesta, bastantemente, que la jactada blandura, equidad y condescendencia que se alega haberse desplegado por las autoridades peruanas en el juzgamiento del «Ana«, no es más que una hinchada declamación que no encuentra apoyo absolutamente en los hechos, ni en el mérito del caso.

Después de permanecer dos días en Iquique, el «Ana» dió á la vela en compañía del bergantin de guerra peruano «Belgrano». para Arica, donde encontramos la fragata «Protector» y goleta de guerra «Cruz».

Al manifestar al almirante Blanco las circunstancias y objeto de mi viaje, y la esperanza que había conservado de encontrar la expedición patriota en los puertos intermedios, dió permiso para que el «Ana» fondease en Arica y aguardase la llegada de aquella; concediendo igualmente permiso para que una balandra británica, la «Lady Frances» (que aún no había llegado, pero que se esperaba por días á mi consignación) entrase y permaneciese en este puerto, y, efectivamente, llegó poco después.

El permiso así concedido al «Ana» para entrar en Arica y al

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capitán y á mí para desembarcar en ese pueblo, se halla plenamente comprobado por el informe del almirante Blanco á f. de los autos.

La sentencia original de condena del «Ana» sobre el fundament de una alegada infracción del bloqueo, habiendo sido revocada en apelacion, quedó desvanecido finalmente ese cargo, y puede, por tanto, ponerse enteramente fuera de consideración.

Me limitaré, por tanto, en esta exposición á manifestar los hechos referentes al subsiguiente cargo de contrabando, y al punto inmediata é íntimamente conexo con la legalidad de la captura, juicio y condena final del «Ana», que es: el derecho del gobierno patriota establecido en Lima para tomar conocimiento de esta alegada infracción de sus leyes en el puerto de Arica. Paso ahora, pues, á explicar con más individualidad las posiciones relativas que ocupaban las fuerzas españolas y las patriotas en las inmediaciones á ese puerto, pues sobre este punto creo que pende en lo esencial el derecho que reclama el gobierno independiente de Lima.

Las posiciones generales y relativas del territorio ocupado por las autoridades españolas y por las patriotas, se han explicado ya al principio de esta manifestación.

Sin embargo, diré que, á consecuencia de hallarse en ese tiempo algunos buques de guerra patriotas en los puertos de Iquique y Arica, las autoridades españolas de dichos puertos se retiraba n de ellos, ó permanecían en inactitud en sus oficinas, desempeñando únicamente los deberes municipales de primera necesidad.

No se nombró ninguna autoridad por los oficiales navales patriotas, quienes, según el informe mismo del almirante Blanco á f. 49, «desembarcaban solo de día con el objeto de hacer aguada, « y aún entonces sufrian ataques de los enemigos (los españoles) a que estaban casi siempre á la vista».

Desembarques tan momentáneos, parciales y casuales con objeto determinado, no podían considerarse como ocupación formal, ni aún militar del pueblo de Arica; mucho menos, pues, podían servir para establecer el derecho necesario de dominio para fundar el de juzgar delitos de contrabando.

No habían ni funcionarios patriotas, ni siquiera empleados de aduana que residiesen en tierra. Los pocos oficiales que ocasionalmente desembarcaban, volvían á bordo ántes de anochecer, como consta del mismo informe del almirante Blanco á f. 49.

No había aduana en Arica, ni tampoco estaban en vigor las leyes patriotas, ni reglamento de comercio.

¡No es fácil comprender, cómo es que pudo el gobierno independiente de Limatratar de confiscar el «Ana» y su cargamento,

por infracción del reglamento de aduana, en un puerto que se hallaba en las circunstancias dichas!

Las fuerzas y autoridades españolas dominaban durante esc período todo el interior del país y costa adyacente; y es verdad que Tacna, cuyo puerto es Arica, se hallaba á la sazon ocupada por tropas españolas, cuyas avanzadas llegaban al mismo Arica, y contínuamente molestaban el desembarque de las partidas del almirante Blanco que hacían la aguada.-Véase á f. 49.

Como no llegaba la expedición patriota que se esperaba, el almirante Blanco dió á la vela para el Callao, permitiendo á los buques británicos «Ana» y «Lady Frances» continuar todavía en el puerto de Arica, y aguardar allí su ocupación por la expedición que se esperaba de Lima.

La goleta de guerra patriota «Cruz» también permaneció allí; y fué durante la morada del «Ana» en este puerto que tuvo lugar la ocurrencia que dió orígen á la detención de éste, condena final y reclamo actual por el desagravio.

En los puertos ocupados por los españoles se observaba las costumbres, como se ha dicho ántes, que los naturales del país fue. sen á bordo de los buques á hacer allí sus compras.

En esa ocasión, y sabedor de dicha costumbre, el piloto vendió unos pocos efectos; y en la tentativa de desembarcarlos, el bote del «Ana» fué tomado con los artículos á su bordo por otro bote de la goleta de guerra peruana «Cruz».

En su consecuencia, é inmediatamente, fué tomado el mismo «Ana»; se puso á su bordo una tripulación para que se encargarse de él como presa, y fué remitido al Callao para adjudicación. Al llegar á este puerto, se dió principio á los procedimientos que constan de los documentos adjuntos, y el resultado fué la condena final del buque y su cargamento.

En efecto, ninguna otra cosa podía esperarse de los tribunales, dependientes, como estaban los peruanos en esa época, del poder ilimitado del déspota militar San Martin.

Empero, como los procedimientos del juicio constan de autos, no haré más alusión respecto á ellos.

No he podido cumplir con la prevención que U. S. me ha hecho de enviarle una traducción completa de todo lo actuado en este juicio, por razón de lo muy costoso que esto me sería.

Sin embargo, me permito llamar la atención de U. S. muy particularmente sobre una circunstancia que comprueba, tanto el carácter del Gobierno, como el de todos los que tuvieron interés en la captura del «Ana», á saber: que hallándose aún pendiente el juicio, y el «Ana» en poder de las autoridades peruanas, fué saqueada una parte considerable de su carga, cuyo hecho no

puede tratarse de negar, pues los procedimientos contra los que tuvieron parte en el robo, constan en los autos.

Considerando, pues, todas las circunstancias del estado políti co del Perú en la época que tuvieron lugar estos acontecimientos; el derecho dudoso del Perú al dominio de Arica y aun si pueda admitirse de manera alguna ese derecho, y la naturaleza irregular que todo el comercio con la costa del Perú participaba necesariamente entónces, no puedo sino esperar, confiadamente, que el Gobierno de S. M. continúe conceptuando este reclamo como merecedor de su más plena protección; y que, visto el mal éxito que han tenido las negociaciones amistosas para inducir á este Gobierno á reconocer la justicia del reclama, adoptará otras medidas que juzgue mas adecuadas para conseguir el desagravio; y U. S., señor, debe saber, demasiado bien, que solo con la fuerza se puede conseguir ese objeto.

Soy de US. Señor, respetuosamente, su muy obediente servidor.

Consulado General Británico.

Guillermo Hodgson.

Lima, Setiembrs 9 de 1883.

Señor:

Habiendo el Gobierno de S. M. B. revisado cuidadosamente todos los documentos referentes al apresamiento y condena del bergantín británico «Ana» y su cargamento por las autoridades del Perú, ha juzgado que las partes interesadas en este asunto merecen plenamente su más eficaz protección, y, en su concecuencia, he recibido instrucciones especiales del Secretario principal de Estado de S. M. en el Departamento de Relaciones Exteriores para manifestar al Gobierno peruano el concepto que el de S. M. ha tomado de la injusticia de los procedimientos conexos con el «Ana», á fin de obtener compensación por las pérdidas que los dueños de dicho buque y su cargamento han sufrido por el apresamiento y condena de sus propiedades.

Los autos seguidos contra este buque y su carga, hasta su con

TOMO VIII.

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