El poder legislativo, Volumen2Tipografía Escuela nacional de artes y oficios, 1906 |
Términos y frases comunes
abusos ambas Cámaras amnistías aprobar Asam Asamblea Asambleas Legislativas asuntos atribuciones bas Cámaras bierno blea blica Cámara de Diputados Cámara de Representantes Cámaras Legislativas ción ciudadanos cometan Comisión Permanente confiarse cons consideración Constitución Constitución de Chile constitucional conveniente cuestión debate debe declarar decretar la guerra deliberación delitos Derecho Constitucional derecho de iniciativa Derecho Parlamentario desempeño destitución Diputados discusión disposiciones efecto ejercer ejercicio establecido examinar exclusivamente facul facultad facultades funcionarios públicos garantías gislativo inasistencia indispensable indultos Inglaterra intereses interpelaciones juicio político justicia legítima magistrados judiciales manera mente miem ministros minoría mociones necesario opinión orden ordinarias país parlamen Parlamento peligro penal Poder Ejecutivo Poder Judicial Poder Legislativo Poderes Públicos práctica prescripciones Presidente procedimiento proposición proyecto pueblos de instituciones ramas del Poder receso regla reglamentos repre representativo República respecto responsabilidad política Senado Senadores sesiones sición sión sistema sociedad sometidos tado tículo titución tivo tribunal político votación votos Würtemberg
Pasajes populares
Página 119 - ... pero bastará la mayoría de uno sobre la mitad de los presentes para admitir las renuncias voluntarias. Art. 53. Cada una de las Cámaras tiene facultad de hacer venir á su sala los Ministros del Poder ejecutivo, para pedirles y recibir los informes que estime convenientes.
Página 251 - Justificar el peso, ley y valor de las monedas; fijar el tipo y denominación de las mismas, y arreglar el sistema de pesas y medidas. 11.
Página 360 - Art. 105. De los delitos oficiales conocerán: el Congreso como jurado de acusación, y la Suprema Corte de Justicia como jurado de sentencia. El jurado de acusación tendrá por objeto declarar á mayoría absoluta de votos, si el acusado es ó no culpable.
Página 346 - Al Senado corresponde abrir juicio público a los acusados por la Cámara de Representantes, y pronunciar sentencia con la concurrencia, a lo menos, de las dos terceras partes de votos, al solo efecto de separarlos de sus destinos.
Página 95 - Ninguna de las Cámaras podrá abrir sus sesiones mientras no esté reunida más de la mitad de sus miembros...
Página 346 - El derecho exclusivo de acusar ante el Senado al Jefe Superior del Estado y sus Ministros, a los miembros de ambas Cámaras, y de la Alta Corte de Justicia, por delitos de traición, concusión, malversación de fondos públicos, violación de la Constitución, u otros que merezcan pena infamante, o de muerte...
Página 251 - Expedir leyes relativas a la independencia, seguridad, tranquilidad y decoro- de la República; protección de todos los derechos individuales, y fomento de la ilustración, agricultura, industria, comercio exterior e interior. 4.°...
Página 360 - Art. 104. Si el delito fuere común, el Congreso, erigido en Gran Jurado, declarará, á mayoría absoluta de votos, si ha ó no lugar á proceder contra el acusado. En caso negativo, no habrá lugar á ningún procedimiento ulterior. En el afirmativo, el acusado queda por el mismo hecho separado de su encargo y sujeto á la acción de los tribunales comunes.
Página 239 - Cada Cámara tiene la facultad privativa de crear los empleados y darse los reglamentos que juzgue necesarios para la dirección y el desempeño de sus trabajos y para la policía interior del edificio de sus sesiones. En estos reglamentos...
Página 251 - Contraer la deuda nacional, consolidarla, designar sus garantías, y reglamentar el Crédito público.