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cia de la real audiencia, porque los oidores protestaron razones para no admitirlo a este honor» (1).

El gobierno de don Diego González Montero no alcanzó en esta ocasion a durar tres meses.

La precedente relacion documentada hace ver que, hasta el 9 de abril de 1662, el límite oriental i el meridional de Chile permanecieron tales como habian sido trazados primitivamente.

(1) Carvallo i Goyeneche, Descripcion Histórico-jeográfica del Reino de Chile, parte 1., tomo 2, capítulo 41, pájina 132.

CAPÍTULO II.

Nombramiento de don Anjel de Peredo para presidente-gobernador interino de Chile, espedido por el virrei del Perú en 2 de diciembre de 1661.-Real cédula de 4 de febrero de 1663, por la cual el rei nombró presidente-gobernador de Chile al jeneral don Francisco de Menéses.-Provision de 7 de enero de 1668, por la cual el virrei del Perú nombró presidente-gobernador interino de Chile a don Diego Dávila Coello i Pacheco, marques de Navamorquende.-Provisiones de 20 de diciembre de 1668, por las cuales el presidente-gobernador de Chile nombró a don Pedro de Morales Negrete correjidor, justicia mayor i lugarteniente de capitan jeneral de la provincia de Cuyo.

I.

En 2 de diciembre de 1661, el virrei del Perú nombró presidente-gobernador interino de Chile a don Anjel de Peredo.

Léase lo que Carvallo i Goyeneche refiere acerca de este nombramiento.

«El virrei del Perú don Diego de Benavides i la Cueva, conde de Santistévan, cuidadoso por los malos sucesos de Chile, en que fué impresionado desde la corte, i eran resultas del informe de la audiencia contra el almirante don Pedro Porter, i viendo que, en la guerra de los indios, se habiɛn consumido treinta i cuatro millones de pesos estraídos de las arcas reales del Perú, i que en ella eran ya muertos cuarenta mil españoles, deseaba estinguir aquellos males con la pacificacion del país que tantos años habia sido teatro de la mas cruel i sangrienta guerra. I como el rei estaba persuadido contra la conducta del almirante, determinó separarle del gobierno, i encargarlo a una persona en quien, ademas de los talentos militares indispensables para hacer la guerra con buen efecto, concurriese tambien aquel golpe de prudencia que constituye i eleva a los hombres al carácter de buenos gobernadores. Era adornado de esas apreciables circunstancias don Anjel de Peredo, natural de Quevedo en Astúrias, caballero de la órden de Santiago; i le libró despacho de gobernador de Chile (2 de diciembre do 1661), con espresion de que gobernase, mientras llegaba don Jerónimo de Benavente i Quiñónes.

«Le dió el virrei sus instrucciones con amplísimas facultades para la pretendida pacificacion; i le prometió no escasearle los socorros que necesitase. Recibidos los despachos, i hechas las prevenciones

necesarias para el trasporte de trescientos cincuenta soldados que condujo, se embarcó en el puerto del Callao, i arribó con felicidad al de la Concepcion (mayo 22 de 1662), donde se recibió del gobierno con las ceremonias acostumbradas en semejantes actos (1). Segun se ve, don Anjel de Peredo debia gobernar en Chile solo interinamente, mientras llegaba el propietario don Jerónimo de Benavente i Quiñones.

Lo espuesto manifiesta demasiado que la provision espedida por el virrei del Perú, con fecha 2 de diciembre de 1661, no hacía, ni podia hacer ninguna variacion en los límites anteriormente señalados a la gobernacion de Chile.

Don Anjel de Peredo, a los pocos meses de estar gobernando, estendió el siguiente auto, en el cual se consignan ciertos datos concernientes a la materia en debate.

«En el tercio i cuartel de San Felipe de Austria, en 20 dias del mes de enero de 1663 años, el señor don Anjel de Peredo, del consejo de Su Majestad, su gobernador i capitan jeneral de este reino de Chile, presidente de la real audiencia que en él reside, dijo: que, habiendo llegado a este dicho reino de Chile, i tomado posesion de su gobierno a los 23 de mayo del año pasado de 1662, procuró, con el cuidado i desvelo que era justo, informarse del estado dél; i reconociéndolo por su misma persona, halló el dicho reino en el mas lastimoso i miserable estado que jamas habia tenido: las armas de Su Majestad retiradas de la frente donde solian i debian estar para hacer oposicion al enemigo, i sobre todo inútiles, sin ejercicio, ni disciplina militar; el reino intimidado, i los vecinos de estas fronteras desposeídos de sus haciendas de campo, que las hollaba i poseia el enemigo; todos con sumo desconsuelo i necesidad, como mas largamente consta de una informacion que sobre ello mandó hacer, que la tiene remitida a Su Majestad en su real i supremo consejo de las Indias, i a su virrei de los reinos del Perú, a que se refiere.

«I porque los sucesos que Dios, Nuestro Señor, se ha servido darle en ocho meses que há que gobierna este dicho reino, i sus armas han sido i son tan felices, como el dicho reino lo está esperimentando en su tranquilidad, quietud i aumento, conviene dar cuenta a Su Majestad de ellos para alivio de el cuidado que, con su real piedad, manifiesta en las reales cédulas que se han despachado en el remedio de los infortunios que padecia el dicho reino.

(1) Carvallo i Goyeneche, Descripcion Histórico-jeográfica del Reino de Chile, parte 1., tomo 2, capítulo 42, pájina 133.

«Lo primero, haber puesto en grande reputacion las armas, i restituídolas a sus antiguos tercios: el uno en el estado de Arauco, por la parte de la costa del mar, cerca del cuartel antiguo, i en sitio de mayores conveniencias; el otro, en el antiguo sitio de San Felipe de Austria, por la parte mediterránea, que ambos fueron, i lo son hoi murallas del reino, i en que consiste toda su quietud, i aumento, i seguridad.

«I asimismo ha vuelto a reedificar el fuerte antiguo de Colcura, que le invadió el enemigo en el alzamiento jeneral de los indios, con muerte de toda la jente que tenia de guarnicion, i se hallaba castillo fuerte, i de grandes utilidades al real servicio.

«I por la parte mediterránea del dicho tercio de San Felipe, ha poblado i fabricado otros dos fuertes, en la distancia que hai desde la ciudad de la Concepcion al dicho tercio: uno, en los molinos que llaman del Ciego, que padecieron la injuria del alzamiento en su destrozo, i se han puesto corrientes con torreon, casa fuerte i almacen para el grano que en ellos se ha de moler para el sustento del dicho tercio de San Felipe; i el otro, en el paraje de los Hornillos.

<<I asimismo ha vuelto a reedificar el fuerte antiguo de San Cristóbal en esta misma frontera, con su reduccion de indios amigos, naturales de aquella parte.

«I otro, donde llaman el Salto, para abrigo de las centinelas que ordinariamente andan cortando los pasos, i reconociendo los caminos, mediante las cuales dichas poblaciones, i los medios suaves que desde luego introduce Su Señoría con los indios rebeldes, procurándolos reducir a la obediencia de Su Majestad, sin derramamiento de sangre, ha conseguido que todos los de la provincia de Arauco, i otros confinantes a la misma costa del mar, hayan venido obedientes, reconociendo humildes el vasallaje que deben a Su Majestad, como a su rei i señor natural, hasta número de mil quinientos i diez i seis, con innumerables familias, celebrando con ellos capitulaciones ventajosas, a cuya imitacion, todos los indios que estaban rebeldes desde el rio de Tolten hasta este dicho tercio de San Felipe, han enviado sus caciques mensajeros, ofreciendo la paz i obediencia a Su Majestad con todo rendimiento, las cuales se les han admitido; i Su Señoría despachó a las tierras de los dichos indios, i a su pedimento de ellos, un capitan español mui esperto en su lengua, a tratar i conferir con todos los caciques i parcialidades el congreso de estas paces, i el tiempo i cuándo se podrán juntar para hacer las capitulaciones; i ayer, que se contaron 10 del corriente, volvió el dicho capitan español, acompañado de copioso número de indios, i

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