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EL GOBIERNO DE BOLIVIA CONCEDE UNA MEDALLA DE HONOR AL REPRESENTANTE DEL PERÚ EN AQUELLA REPÚBLICA

Lima, 16 de julio de 1867.

Señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores.

S. M.

He tenido el honor de recibir, por el penúltimo vapor del sur, la medalla de honor que el Excmo. Gobierno de Bolivia se dignó concederme por supremo decreto de 28 de julio de 1866, como á representante del Perú en aquella República, en la inolvidable época de la alianza americana.

Como en la comunicación oficial y el diploma que han ve. nido adjuntos, se consignan, una vez más, los elevados sentimientos de americanismo del Gobierno Boliviano y su espíritu de verdadera fraternidad hacia el Perú; y como, de otro lado, S. E. el Presidente Provisorio y US. deben tener conocimiento de la realización de esa ofrenda de unión y amistad que Bolivia hace al Perú, representado en uno de sus últimos hijos; me honro de trasmitir á US. los referidos documentos, de los cuales puede quedar copia en el archivo.

Soy de US. respetuoso y atento servidor.

Mariano Lino Cornejo.

MARIANO MELGAREJO

PRESIDENTE provisorio DE LA REPÚBLICA DE BOLIVIA, CAPITÁN GENERAL DE SUS EJÉRCITOS Y GENERAL DE división de CHILE, ETC.

Por cuanto el supremo decreto de 23 de julio de 1866, declara Gran Ciudadano de Bolivia y Benemérito á la Causa Americana, al señor Coronel don Mariano Lino Cornejo, Encargado de Negocios del Perú en esta República en aquella épo ca, y le acuerda, en memoria de sus distinguidos servicios y como tributo de la gratitud nacional, una medalla de honor guarnecida de brillantes, la misma que se halla ya terminada.

Por tanto: He venido en mandar expedirle el presente diploma, para que pueda usar dicha medalla, como un recuerdo de la nación boliviana.

Dado en la muy ilustre y denodada ciudad de La Paz de Ayacucho, firmado de mi mano, sellado con el gran escudo de armas de la República y refrendado por el Ministro de Gobierno, Justicia y Relaciones Exteriores, á los veintidos días del mes de junio del año de nuestro Señor mil ochocientos sesenta y siete.

MARIANO MELGAREJO.

Mariano Donato Muñoz.

La Paz, 22 de julio de 1867.

Señor:

Tengo el honor de incluir en este despacho el diploma correspondiente al uso de la medalla de honor, guarnecida de brillantes, que le fué justamente acordada por el gobierno provisorio de esta República, á mérito de los distinguidos servicios que US. H. tiene prestados á la causa a mericana.

La expresada medalla le será enviada á US. H. por nuestro cónsul general en Tacna, á quien se remite con esta fecha.

Antes de términar este despacho, debo llenar un encargɔ especial de S E. el Presidente Melgarejo: es el de hacer presente á US. H. que tiene el sentimiento de no poder aún remitir al mismo tiempo que la expresada medalla, la que igualmente, guarnecida de brillantes tiene destinada para el Excmo señor coronel Prado, presidente provisorio de esa República y las que están acordadas por decreto del año próximo pasado á los ilustres vencedores de la flota española en el glorioso combate del 2 de mayo de 1866; la primera se halla en actual construcción y las segundas van trabajándose de nuevo para reponer las que fueron sustraídas de la casa nacional de moneda de Potosí á mediados de enero último, en que debieron ser remi tidas á este Ministerio; circunstancia que deplora el Gobierno de Bolivia, por haberle privado de su oportuna remisión, como lo hará tan pronto como se encuentren concluídas.

Estimaré á US. H. se sirva trasmitir lo que le dejo expues to al alto conocimiento de S. E. el presidente Prado, para su satisfacción.

Llenado el encargo del Jefe Supremo de esta República, me es grato reiterar á US. H. los sentimientos de distinguida con

sideración y particular oprecio con que me suscribo su atento servidor.

Mariano Donato Muñoz.

Al H. señor coronel Mariano Lino Cornejo, Gran Ciudadano de Bolivia y ex-Encargado de Negocios del Perú en ésta.

Ministerio de Relaciones Exteriores

Lima, 20 de julio de 1867.

Señor Coronel don Mariano Lino Cornejo.

He recibido la nota de US., fecha 16 del actual, por la que se sirve avisarme que ha recibido la medalla de honor que el Excmo. Gobierno de Bolivia se dignó concederle como á repre. sentante del Perú en la época en que se formó la alianza ame ricana. Junto con la expresada comunicación he recibido igualmente la nota del señor Muñoz remitiendo á US. tan honroso distintivo y el diploma del Excmo. señor General Melgarejo.

En contestación, me es grato trascribir á US. el decreto supremo expedido por S. E. el presidente provisorio en la épo ca en que estuvo encargado de la plenitud de los poderes, y que á la letra es como sigue:

Lima, 14 de agosto de 1866.

"Autorízase al Encargado de Negocios en la República de Boliva, Dr. D Mariano Lino Cornejo para que acepte el título de gran ciudadano, y para que use la medalla de honor que así mismo le ha acordado en conmemoración de la alianza Sud Americana".

Felicitando á US. por tan honorífico distintivo, me es grato devolverle los importantas documentos de su referencia, que he puesto en conocimiento de S. E. el Presidente de la RePública y de los cuales se ha dejado copia en el archivo de este Ministerio.

Dios guarde á US.

Felipe Osorio.

ARANCEL DE AFOROS PUESTO EN VIGENCIA EN LA ADUANA DE CORRESPONDENCIA DIPLOMÁTICA.

ARICA.

Legación de Bolivia

Lima, enero 19 de 1866.

Estoy informado por "El Peruano", número 8, del decreto supremo de 15 de los corrientes, relativo á la formación anual de la "Tarifa de aforos" para la imposición de derechos á las mercaderías extranjeras que se importen al Perú.

Como en el supremo decreto que menciono, no se hace ninguna excepción respecto á las mercaderías que se importan al norte de Bolivia por los puertos del sud del Perú, mi deber me manda l'amar la atención de V. E. á ese respecto, á fin de evitar reclamaciones posteriores.

Es terminante la disposición que contiene el artículo séptimo del Tratado de Comercio y aduanas, vigente entre ambas Repúblicas, en el que se declara inalterable el "Arancel Peruano", mientras su duración, salvo que ambos Gobiernos, de común y perfecto acuerdo, estimen oportuno hacer las modifi caciones que el trascurso del tiempo hiciere necesarias. (1)

La estipulación indicada hace inoportunas más observaciones ante la ilustración de V. E., y por ello concluyo rogan. do á V. E. se sirva acordar con el Excmo. Jefe Supremo de la República, las medidas necesarias para dejar sin quebranto las disposiciones de un pacto internacional.

Tengo el honor de ofrecer á V. E., con este motivo, nuevas seguridades de mi alto aprecio y estimación.

J. de la Cruz Benavente.

A S. E. el Sr. Secretario de Relaciones Exteriores del Perú.

(1) Véase ese Tratado en el tomo II, página 317.

Secretaría de Relaciónes Exteriores

del Perú

Lima, 23 de enero de 1866.

Señor Secretario de Estado en el Despacho de Hacienda.

Remito á US. copia autorizada del oficio que, con fecha 19 del presente, me ha dirigido el señor Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de Bolivia, sobre la invariabilidad que, conforme al Tratado de Comercio y aduanas vigente con esa República, debe conservar el arancel de aforos del Perú. US. en vista de la mencionada copia, se servirá acordar con S. E. el Jefe Supremo la resolución conveniente.

Dios guarde á US.

T. Pacheco,

Secretaría de Relaciones Exteriores.

del Perú

Lima, 24 de enero de 1866.

He recibido la nota de V. E,. fechada el 19 del presente, que se contrae á manifestar la invariabilidad que, según el tratado de comercio y aduanas, vigente entre el Perú y Bolivia, debe conservar el ararcel de aforos de la República.

En contestación, me es grato participar á V. E. que he pasado en copia auténtica mercio nado oficio á la Secretaría de Hacienda y Comercio, y que trasmitiré oportunamente á V. E. la declaratoria que en este asunto recaiga.

Con tal motivo, tengo el honor de reiterar á V. E. las segu. ridades de mi alto aprecio y estimación.

T. Pacheco.

Excmo. Sr, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotencia. rio de la República de Bolivia.

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