Delitos y faltas, ó sea Estudio sistemático del libro tercero del Código penal vigente: con la jurisprudencia del Tribunal supremo en materia de faltas y deslinde de la jurisdicción ordinario, precedido de una introducción y seguido de las disposiciones que deben tener presentes los fiscales municipales, con un apéndice de formularios |
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Términos y frases comunes
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Pasajes populares
Página 120 - El que para evitar un mal ejecuta un hecho que produzca daño en la propiedad ajena, siempre que concurran las circunstancias siguientes: Primera. Realidad del mal que se trata de evitar. Segunda. Que sea mayor que el causado para evitarlo. Tercera. Que no haya otro medio practicable y menos perjudicial para impedirlo. 8.°...
Página 120 - ... civil; siempre que concurran la primera y segunda circunstancias prescritas en el número anterior, y la de que en caso de haber precedido provocación de parte del acometido, no hubiere tenido participación en ella el defensor. 6...
Página 159 - Art. 333. El que en causa criminal diere falso testimonio en favor del reo, será castigado con las penas de arresto mayor en su grado máximo á prisión correccional en su grado medio y multa de 150 á 1.500 pesetas, si la causa fuere por delito, y con la de arresto mayor si fuere, por falta.
Página 144 - Segunda. -K¡i el caso del núm. 7." son responsables civilmente las personas en cuyo favor se haya precavido el mal, á proporción del beneficio que hubieren reportado. Los Tribunales señalarán, según su prudente arbitrio, la cuota proporcional de que cada interesado deba responder. Cuando no sean equitativamente asignables, ni aun por aproximación, las...
Página 218 - En los juicios en que se ejerciten acciones personales-, será Juez competente el del lugar en que deba cumplirse la obligación, y á falta de éste, á elección del demandante, el del domicilio del demandado ó el del lugar del contrato, si hallándose en él, aunque accidentalmente, pudiera hacerse el emplazamiento.
Página 122 - Esta circunstancia la tomarán en consideración los Tribunales, según la naturaleza y accidentes del delito. 16. Ejecutarlo en desprecio ó con ofensa de la autoridad pública. 17. Haber sido castigado el culpable anteriormente por delito á que la Ley señale igual ó mayor pena, ó por dos ó más delitos á que aquélla señale pena menor.
Página 78 - Los que, hallándose un Ministro de la Corona ó una autoridad en el ejercicio de sus funciones, ó con ocasión de éstas, los calumniaren, injuriaren...
Página 120 - Las expresadas en el capítulo anterior cuando no concurrieren todos los requisitos necesarios para eximir de responsabilidad en sus respectivos casos.
Página 124 - Se consideran autores: 1.° Los que toman parte directa en la ejecución del hecho. 2.° Los que fuerzan ó inducen directamente á otros á ejecutarlo. 3.° Los que cooperan á la ejecución del hecho por un acto sin el cual no se hubiera efectuado.
Página 209 - La información se verificará con dos ó más testigos, vecinos propietarios del pueblo ó término municipal en que estuvieren situados los bienes. Tercera. Los testigos justificarán tener las cualidades expresadas en la anterior regla, presentando los documentos que las acrediten. Contraerán sus declaraciones al hecho de poseer los bienes en nombre propio el que promueva el expediente y al tiempo que haya durado la posesión, y serán responsables de los perjuicios que puedan causar con la inexactitud...