Boletín de la Revista general de legislación y jurisprudencia: periódico oficial del ilustre Colegio de abogados de Madrid, Volumen3

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Revista de legislación, 1855

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Página 233 - Doña Isabel II, por la Gracia de Dios y la Constitución de la Monarquía española, Reina de las Españas, á todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: que las Cortes han decretado, y Nos sancionado lo siguiente: Artículo 19 En todos los dominios españoles habrá un solo sistema de medidas y pesas.
Página 69 - Por tanto mandamos á todos los tribunales, justicias, jefes, gobernadores y demás autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Tendréislo entendido para su cumplimiento, y dispondréis se imprima, publique y circule.
Página 247 - Doña Isabel II, por la gracia de Dios y la Constitución de la Monarquía española. Reina de las Españas, á todos los que las presentes vieren y entendieren , sabed : que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente : ARTÍCULO 1.°...
Página 329 - N. (el nombre del Rey) por la gracia de Dios y por la Constitución de la Monarquía española, Rey de las Españas, á todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: Que las Cortes han decretado y Nos sancionamos lo siguiente...
Página 73 - Emperador de los franceses, se comprometen a adoptar inmediatamente después de que sea firmada la presente convención, las medidas necesarias para enviar a las costas de México fuerzas combinadas de mar y tierra, cuyo efectivo se determinará en las comunicaciones que se cambien en lo sucesivo entre...
Página 518 - Y habiéndose dignado SM la Reina (QDG) resolver de conformidad con lo consultado por las referidas Secciones, de Real orden lo comunico á VE para su inteligencia y efectos correspondientes. , Dios guarde á VE muchos años. Madrid 23 de noviembre de 1857.— Manuel Bennudez de Castro.— Sr.
Página 12 - Fundado en estas consideraciones, el Ministro que suscribe, de acuerdo con el Consejo de Ministros, tiene la honra de someter á la aprobación de VM el adjunto proyecto de Decreto.
Página 18 - Atendiendo á las razones que me ha espuesto el Ministro de Gracia y Justicia, de acuerdo con el Consejo de Ministros, vengo' en resolver lo siguiente: Artículo i.
Página 216 - Se declaran en estado de venta, con arreglo á las prescripciones de la presente ley, y sin perjuicio de las Cargas y servidumbres á que legítimamente estén sujetos, todos los predios rústicos y urbanos , censos y foros pertenecientes: Al Estado. Al clero. A las órdenes militares de Santiago, Alcántara, Calatrava, Montesa y San Juan de Jerusalen.
Página 85 - Cuando se hiciesen los llamamientos en general á los parientes, sin distinguir de lineas ni grados, serán preferidos los mas próximos á los fundadores ó á los que estos señalasen como tronco. Art. 3.°...

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