Colección legislativa de España: (Continuación de la Colección de decretos.), Volumen96

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Imprenta del Ministerio de gracia y justicia, 1866
 

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Pasajes populares

Página 58 - Por tanto mandamos á todos los tribunales, justicias, jefes, gobernadores y demás autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Tendréislo entendido para su cumplimiento, y dispondréis se imprima, publique y circule.
Página 310 - Tanto en los predios de los particulares como en los de propiedad del Estado, de las provincias ó de los pueblos, las aguas que en ellos nacen continua ó discontinuamente, pertenecen al dueño respectivo para su uso ó aprovechamiento, mientras discurren por los mismos predios.
Página 911 - Fundado en estas consideraciones, el Ministro que suscribe, de acuerdo con el Consejo de Ministros, tiene la honra de someter á la aprobación de VM el adjunto proyecto de decreto.
Página 63 - La facultad de abrir canteras, recoger piedra suelta, construir hornos de cal, yeso y ladrillo, depositar materiales y establecer talleres para elaborarlos en los terrenos contiguos á la línea. Si...
Página 324 - Por no ser el que la solicite dueño ó concesionario del agua ó del terreno en que intente utilizarla para objetos de interés privado. 2.
Página 324 - Por poderse establecer sobre otros predios con iguales ventajas para el que pretenda imponerla y menores inconvenientes para el que haya de sufrirla.
Página 337 - Abastecimiento de poblaciones. 2.° Abastecimiento de ferro-carriles 3." Riegos. 4.° Canales de navegación. 5.° Molinos y otras fábricas, barcas de paso y puentes flotantes. 6.° Estanques para viveros ó criaderos de peces. Dentro de cada clase serán preferidas las empresas de mayor importancia y utilidad, y en igualdad de circunstancias las que antes hubiesen solicitado el aprovechamiento.
Página 328 - Las servidumbres forzosas de saca de agua y de abrevadero solamente podrán imponerse por causa de utilidad pública en favor de alguna población ó caserío, previa la correspondiente indemnización.
Página 317 - ... los de ambas márgenes si la isla se hallase en medio del río. dividiéndose entonces longitudinalmente por mitad. Si una sola isla así formada distase de una margen más que de otra, será por completo dueño de ella el de la margen más cercana.
Página 352 - Cada jurado se compondrá de un Presidente, que será un vocal del sindicato designado por éste y del número de jurados, tanto titulares como suplentes, que fije el reglamento del sindicato, nombrados todos por la comunidad.

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