Establecimiento de la Compañía de Jesús en la República del Ecuador en el año de 1851

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I. Miranda, 1851 - 86 páginas
 

Términos y frases comunes

Pasajes populares

Página 75 - Que, a consecuencia de reiteradas solicitudes de la antigua Presidencia de Quito, el Gobierno español concedió el restablecimiento de la Compañía de Jesús, Instituto que se mandó en efecto restablecer en toda la Monarquía con aprobación de la Silla Apostólica, en cuya conformidad se remitieron fondos suficientes para el transporte de los PP.
Página 76 - Comuniquese al Poder Ejecutivo para su publicacion y cumplimiento. Dado en la sala de las sesiones en Quito, capital de...
Página 76 - Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su publicación y Cumplimiento. Dado en la Sala de Sesiones, en Quito, capital de la República...
Página 76 - ART. 1 .- SE ADMITE EN LA REPÚBLICA EL INSTITUTO REGULAR DE LA COMPAÑÍA DE JESÚS; Y EN su CONSECUENCIA LOS SUPERIORES Y MIEMBROS DE ESTA CORPORACIÓN RELIGIOSA PODRÁN ESTABLECER SUS CASAS, COLEGIOS, NOVICIADOS; Y EJERCER LIBRE Y EXPEDITAMENTE LOS MINISTERIOS PROPIOS DE su INSTITUTO EN LA CAPITAL DE LA REPÚBLICA Y EN CUALESQUIERA DE SUS POBLACIONES.
Página 76 - ... las leyes. Art. 6.° El Poder Ejecutivo, de acuerdo con la Autoridad Eclesiástica, fijará el tiempo y los lugares en que los religiosos de la Compañía deban establecer sus misiones, cuidando de su exacto cumplimiento. Art. 7.° Se deroga la Pragmática de Carlos III de 2 de Abril de 1767, sobre extrañamiento de Jesuítas.
Página 75 - Que son indudables las ventajas que ofrece a la República y al bien de la Iglesia el Instituto de la Compañía en orden a la mejora de costumbres, a la propagación del Evangelio y progreso de la enseñanza, objetos de la mayor necesidad e importancia; y, 49 Que son notorias la capacidad y aptitudes de los RR. PP. de la Compañía para llenar debidamente tan laudables fines; i Decreta: Art.
Página 50 - La verdadera cuestion consistiaTen que ninguna de ellas satisfacía, ni aun remotamente la necesidad de la reforma, ni consignaba siquiera un derecho público de los habitantes de la nacion. El art. 5.° de la Constitucion declara que la relijion de la República es la católica, apostólica, romana, con esclusion del ejercicio público de cualquiera otra. Esta disposicion no niega el ejercicio privado, ni podia prohibirlo, sin atentar contra un derecho personal, contra la libertad del pensamiento...
Página 75 - La comision eclesiástica, finalmente, en vista de cuanto lleva espuesto y del universal entusiasmo que se ha despertado en toda la República con la presencia de los recomendables hijos de la Compañía que han pisado nuestro suelo; á vista del incansable celo con que estos católicos é ilustrados ministros del Santuario trabajan por la felicidad de los...
Página 75 - ... no han sido expresamente derogadas, y además se ha manifestado el deseo de su cumplimiento por las reclamaciones de las provincias, informes de los Prelados diocesanos, del clero secular y regular de ambos sexos y peticiones casi unánimes de los ecuatorianos: 3? Que son indudables las ventajas que ofrece á la República y al bien de la iglesia el instituto de la Compañía, en orden á la mejora de costumbres, á la propagación del evangelio y progreso de la enseñanza, objetos de la mayor...
Página 82 - Divina por medio de la santificacion y perfeccion de nuestras almas y de ías vuestras, para que logremos la dicha de poder cantar en el Cielo gloria al Padre, gloria al Hijo, gloria al Espíritu Santo por los siglos de los siglos.

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