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Nüm. 75.-GOBERNACION.-4 de Noviembre, pub. el 6.

Real orden declarando Corporación oficial al Colegio
de Médicos de Lugo.

Vista la instancia elevada á este Ministerio por el Presidente del Colegio de Médicos de la provincia de Lugo, en solicitud de que se otorgue al mismo la declaración de Corporación oficial que preceptúe el art. 85 de la Instrucción general de Sanidad, aprobada por Real decreto de 12 de Enero último:

Resultando que en la mencionada instancia se alega que están inscritos en dicho Colegio 85 Médicos, lo que se comprueba con la lista que autoriza el Secretario con el V.o B.o del Presidente y el sello de la Corporación:

Resultando de la certificación que también se acompaña expedida por la Administración de Hacienda de la citada provincia, que durante el presente año se han remitido 105 órdenes para la expendición de patentes de Médicos solicitadas en la capital y en su provincia:

Vistos el art. 85 de la Instrucción general de Sanidad y la Real orden de 30 de Noviembre último:

Considerando que con arreglo al artículo precitado tienen derecho á ser considerados como Corporaciones oficiales con todas las facultades y prorrogativas que el mismo y el 88 determinan, los Colegios residentes en las capitales de provincia que cuenten entre sus individuos más de dos terceras partes del número de Médicos ó Farmacéuticos que ejerzan en toda la provincia:

Considerando que el Colegio de Médicos de Lugo se encuentra en esta circunstancia por haber acreditado en la forma que deter mina la Real orden de 30 de Noviembre último, que están inscritos la totalidad de los que ejercen en toda la provincia;

S. M. el Rey (Q. D. G) ha tenido por conveniente disponer se otorgue al Presidente del Colegio de Médicos de Lugo la declaración que solicita de Corporación oficial para todos los efectos que determina la Instrucción general de Sanidad.

De Real orden lo digo á V. S. para su conocimiento y demás efectos. Dios guarde á V. S. muchos años. Madrid 4 de Noviembre de 1904.-Sánchez Guerra.-Sr. Presidente del Colegio de Médicos de Lugo.

Num. 76.-GOBERNACIÓN.-4 de Noviembre, pub. el 6.

Real orden declarando Corporación oficial al Colegio de Médicos de Murcia.

Vista la instancia elevada á este Ministerio por el Presidente del Colegio de Médicos de la provincia de Murcia, en solicitud de que se otorgue al mismo la declaración de Corporación oficial que determina el art. 85 de la Instrucción general de Sanidad, aprobada por Real decreto de 12 de Enero último:

Resultando que en la mencionada instancia se alega que están inscritos en dicho Colegio 155 Médicos, lo que se comprueba con la lista que autoriza el Secretario, con el V.o B.o del Presidente y el sello de la Corporación:

Resultando de la certificación que también se acompaña, expedida por la Administración de Hacienda de la citada provincia, que durante el año próximo pasado se remitieron 146 órdenes para la expendición de patentes de Médicos solicitadas en la capital y en su provincia.

Vistos el art. 85 de la Instrucción general de Sanidad y la Real orden de 30 de Noviembre último:

Considerando que con arreglo al artículo precitado, tienen derecho á ser consideradas como Corporaciones oficiales con todas las facultades y prerrogativas que el mismo y el 88 determinan, los Colegios residentes en las capitales de provincia que cuenten entre sus individuos más de dos terceras partes del número de Médicos ó Farmacéuticos que ejerzan en toda la provincia:

Considerando que el Colegio de Médicos de Murcia se encuentra en esta circunstancia, por haber acreditado en la forma que determina la Real orden de 30 de Noviembre último, que están inscritos la totalidad de los que ejercen en toda la provincia;

S. M. el Rey (Q. D. G.) se ha servido disponer se otorgue al Presidente del Colegio de Médicos de Murcia la declaración que solicita de Corporación oficial para todos los efectos que determina la Instrucción general de Sanidad.

De Real orden lo digo á V. S. para su conocimiento y fines consiguientes. Dios guarde á V. S. muchos años. Madrid 4 de Noviembre de 1904.-Sánchez Guerra.-Sr. Presidente del Colegio de Médicos de Murcia.

Núm. 77.-GOBERNACIÓN.-4 de Noviembre, pub. el 6.

Real orden declarando Corporación oficial al Colegio
de Médicos de Soria.

Vista la instancia elevada á este Ministerio por el Presidente del Colegio de Médicos de Soria, en solicitud de que se otorgue al mismo la declaración de Corporación oficial que preceptúa el artículo 85 de la Instrucción general de Sanidad, aprobada por Real decreto de 12 de Enero último:

Resultando que en la mencionada instancia se alega que están inscritos en dicho Colegio 73 Médicos, lo que se comprueba con la lista que autoriza el Secretario con el V.o B.o del Presidente y el sello de la Corporación:

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Resultando de la certificación que también se acompaña, expedida por la Administración de Hacienda de la citada provincia que durante el año actual se han remitido 104 órdenes para la ex pendición de patentes de Médicos, solicitadas en la capital y en su provincia:

Vistos el art. 85 de la Instrucción general de Sanidad y la Real orden de 30 de Noviembre último:

Considerando que con arreglo al artículo precitado tienen derecho á ser considerados como Corporaciones oficiales, con todas las facultades y prerrogativas que el mismo y el 88 determinan, los Colegios residentes en las capitales de provincia que cuenten entre sus individuos más de dos terceras partes del número de Médicos ó Farmacéuticos que ejerzan en toda la provincia:

Considerando que el Colegio de Médicos de Soria se encuentra en esta circunstancia por haber acreditado en la forma que determina la Real orden de 30 de Noviembre último que estén inscritos la totalidad de los que ejercen en toda la provincia;

S. M. el Rey (Q. D. G.) se ha servido disponer se otorgue al Presidente del Colegio de Médicos de Soria la declaración que solicita de Corporación oficial para todos los efectos que determina la Instrucción general de Sanidad.

De Real orden lo digo á V. S. para su conocimiento y fines oportunos. Dios guarde á V. S. muchos años. Madrid 4 de Noviembre de 1904.-Sánchez Guerra.—Sr. Gobernador civil de la provincia de Soria.

Núm. 78.—GOBERNACION.—4 de Noviembre, pub. el 6.

Real orden declarando Corporación oficial al Colegio de Médicos de Toledo.

Vista la instancia elevada á este Ministerio por el Presidente y Secretario del Colegio de Médicos de la provincia de Toledo, en solicitud de que se otorgue al mismo la declaración de Corporación oficial que preceptúa el art. 85 de la Instrucción general de Sanidad, aprobada por Real decreto de 12 de Enero último:

Resultando que en la mencionada instancia se alega que están inscritos en dicho Colegio 204 Médicos, lo que se comprueba con la lista que autoriza el Secretario con el V.o B.o del Presidente y sello de la Corporación:

Resultando de la certificación que también se acompaña, expedida por la Administración de Hacienda de la citada provincia, que durante el año próximo pasado se remitieron 258 órdenes para la expendición de patentes de Médicos, solicitadas en la capital y en su provincia:

Vistos el art. 85 de la Instrucción general de Sanidad y la Real orden de 30 de Noviembre último:

Considerando que, con arreglo al artículo precitado, tienen derecho á ser considerados como Corporaciones oficiales, con todas las facultades y prerrogativas que el mismo y el 88 determinan, los Colegios residentes en las capitales de provincia que cuenten entre sus individuos más de dos terceras partes del número de Médicos ó Farmacéuticos que ejerzan en toda la provincia:

Considerando que el Colegio de Médicos de Toledo se encuentra en esta circunstancia por haber acreditado en la forma que determina la Real orden de 30 de Noviembre último que están inscritos la totalidad de los que ejercen en toda la provincia;

S. M. el Rey (Q. D. G.) se ha servido disponer se otorgue al Presidente y Secretario del Colegio de Médicos de Toledo la declaración que solicita de Corporación oficial para todos los efectos que determina la Instrucción general de Sanidad.

De Real orden lo digo á V. S. para su conocimiento y fines oportunos. Dios guarde á V. S. muchos años. Madrid 4 de Noviembre de 1904.-Sánchez Guerra.-Sr. Presidente del Colegio de Médicos de Toledo.

Núm. 79.-GOBERNACIÓN.—4 de Noviembre, pub. el 6.

Real orden declarando Corporación oficial al Colegio
de Farmacéuticos de la Coruña.

Vista la instancia elevada á este Ministerio por el Presidente del Colegio de Farmacéuticos de la provincia de la Coruña, en solicitud de que se otorgue al mismo la declaración de Corporación oficial que preceptúa el art. 85 de la Instrucción general de Sanidad:

Resultando que á la mencionada instancia se acompaña una lista que autoriza el Secretario con el V.o B.° del Presidente Ꭹ el sello de la Corporación, en la cual constan inscritos 83 Farmacéuticos:

Resultando de la certificación, que también se acompañía, expedida por la Administración de Hacienda de la citada provincia, que durante el año actual figuran comprendidos para el pago de la matrícula industrial 94 Farmacéuticos en la capital y en su provincia:

Vistos el art. 85 de la Instrucción general de Sanidad y la Real orden de 30 de Noviembre último:

Considerando que con arreglo al artículo precitado tienen derecho á ser considerados como Corporaciones oficiales, con todas las facultades y prerrogativas que el mismo y el 88 determinan, los Colegios residentes en las capitales de provincia que cuenten entre sus individuos más de dos terceras partes del número de Médicos ó Farmacéuticos que ejerzan en toda la provincia:

Considerando que el Colegio de Farmacéuticos de la Coruña se encuentra en esta circunstancia por haber acreditado en la forma que determina la Real orden de 30 de Noviembre de último que estén inscritos la totalidad de los que ejercen en toda la provincia;

S. M. el Rey (Q. D. G.) se ha servido disponer se otorgue al Presidente del Colegio de Farmacéuticos de la Coruña la declaración que solicita de Corporación oficial para todos los efectos que determina la Instrucción general de Sanidad.

De Real orden lo digo á V. S. para su conocimiento y fines oportunos. Dios guarde á V. S. muchos años. Madrid 4 de Noviembre de 1904.-Sánchez Guerra.-Sr. Gobernador civil de la provincia de la Coruña.

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