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rastrado por el espíritu reinante de odio contra el anterior Gobierno, y cometiendo un acto de escandaloso ejemplo, quebrantando todos los principios de justicia natural, sin oír al acusado, sin pruebas, resolvió en sesion secreta á propuesta del Diputado Sanchez Carrion (6 de Diciembre) que el ex-Ministro Monteagudo era "perpetuamente extrañado del territorio de la República; quedaba fuera de la proteccion de la ley en el momento de tocar en cualquier punto del territorio, y cualquier autoridad ó persona que lo consintiese ó admitiera bajo cualquier carácter & investidura era responsable." [Cat. MS. núm. 732.] ¿Cuál ley habia quebrantado ese Ministro? ¿Se habia levantado contra el órden legalmente establecido? triste es confesarlo, no podia encontrarse delitos en su conducta pública, mucho mas siendo Ministro de un Dictador. La resolucion del Congreso será una mancha de injusticia que llevarán los que promovieron y ayudaron un acto de ingratitud contra aquel hombre que se sacrificó por consolidar las bases de la verdadera revolucion contra el sistema de esclavitud colonial. "Los señores que hicieron aquella mocion podian haber llenado su objeto sin comprometer la dignidad del Congreso. Todo lo que tiene apariencia de pasion es degradante y el decreto de 6 de Diciembre está concebido en términos que no la disimula." [Cat. núm. 612.] Por mas que se reagraven los cargos que se le hacian, no dejará de ser cierto que "la insurreccion del 25 de Julio fué el proceso, su prision el juicio, y la sentencia su extrañamiento."

Riva Agüero y otros que fueron los principales instigadores del tumulto contra Monteagudo quisieron sincerarse ante San Martin. [Cat. MS. núm. 360.] Cualquiera que haga la reseña de la administracion de San Martin y Torre-Tagle, verá que Monteagudo afianzó la libertad de imprenta, reglamentó la marcha de los tribunales, inició las reformas para la ilustracion y progreso; y fué el gran móvil y el principal resorte de la revolucion.

Monteagudo tan calumniado en su probidad, necesitó para no morir de hambre en el extrangero vivir del favor del amigo, y cobrar como suplicante sus sueldos que dejó de percibir, aunque habia tenido á su disposicion el Tesoro público. Dos años despues para enterrarlo su apoderado D. Juan José Sarratea, se vió en la necesidad de vender la medalla de la órden del Sol, que conservaba como reliquia sagrada. [*] Ya la historia principia á darle el puesto elevado que se adquirió por sus servicios, lealtad y valor. [Cat. MS. núm. 665.]

[*] Referido por el Dr. D. Miguel de los Rios amigo íntimo de Sarratea á quien oyó esta relacion.

CAPITULO XXII.

Revista del primer ano del Peru independiente hasta el mes de Septiembre→
Hacienda publica-Sus entradas y gastos en el primer periodo-Primer contrato para pro-
veerse de fondos-Se saca la plata labrada de las iglesias-Se establece un Banco de papel
moneda Operaciones del Banco-Causas que precipitan su descredito-Se recoje el papel
y se le sostituye con cobre-Estado del ejército, guerrilla, milicias y marina-Relaciones
Exteriores-Revista administrativa en los ramos de Gobierno, Policia, Culto, Instruc-
cion y Justicia.

LA HACIENDA pública necesitaba sistemarse conforme á las exigencias del nuevo órden de cosas. En la anterior administracion, en que el Perú era una especie de Receptoria, bastaban pocas reglas; desde que el comercio estaba restringido y los gastos normalizados. Se ordenó que todas las cuentas de las tesorerias se cerraran el 31 de Julio de 1821, á fin de principiar las nuevas. [Cat. núm. 542.]

Las arcas nacionales estaban exhaustas, y con la guerra y el sostenimiento del ejército, los gastos aumentaban considerablemente. No habia crédito público ni podia adquirirlo un gobierno naciente en actual lucha contra un enemigo poderoso que tenia todas las probabilidades del triunfo. Los bienes que se confiscaban no podian venderse por la misma desconfianza. San Martin, viendo aumentar la miseria pública, suprimió todos los impuestos extraordinarios creados desde el año de 1812 para sostener la guerra en España, y ocurrió al arbitrio de solicitar donativos patrióticos, que bajo la apariencia de ofrendas voluntarias del patriotismo eran en realidad contribuciones forzadas: el número de personas que se suscribian era grande, y no siendo justo recordar á unos y olvidar á otros, esos nombres se consignaban en la Gaceta oficial, en la razon de entradas y gastos de la tesoreria. Los verdaderos patriotas tenian escasa fortuna y lo que daban, por mucho que fuera, llegaba á poco: otros entregaban mesadas de ciento ó doscientos pesos. Muchos habian anticipado fuertes sumas para subvenir á los gastos de espionaje, propios y otros que demandaban con urjencia

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las intrigas y ejecucion de vários proyectos. Consideramos muy curiosa la cuenta del patriota Boqui; por ella se verá el patriotismo de algunos, la codicia de otros y la infamia de algunos: los españoles partidarios del sistema y liberales, tambien ofrecian y daban quizá mas que los mismos patriotas, porque si sus dádivas eran pequeñas se les privaba de sus destinos, suponiendo que la pequeñez del donativo probaba su falta de patriotismo. [*]

CUANDO el ejército de la patria entró en la capital no existia en la tesoreria ni un centavo, el comercio, la mineria y agricultura, estaban aniquilados; el pueblo que acababa de sufrir un sitio riguroso, carecia de toda industria y recursos, y por todas partes se presentaba la imágen de la desolacion y miseria. [Cat. núm. 585.]

Para la construccion del Navio San Martin se pudo colectar de los vecinos de Lima la suma de 25,056 pesos. [Cat. núm. 642.] En el último año, es decir, desde el 1. de Agosto de 1821 hasta el 31 de Julio de 1822 entraron en las arcas nacionales 2. 813,633 pesos, incluyéndose los empréstitos forzosos y voluntarios. En el estancado ramo de tabaco, labrado en rama, y en polvo, breas, papel sellado y pólvora habia un capital de 1.073,240 pesos y se habia vendido en todo el año 244,527 pesos; de esta cantidad se remitieron á la Tesoreria general 100,561 pesos que se han comprendido en las entradas generales de la nacion. (Cat. MS. núms. 438. y 439.) Los gastos ascendieron á 2.747,070 pesos y aunque en la apariencia habia una existencia de 66,487 pesos: esta provenia del papel moneda y moneda menuda. Entre las entradas figuran 559,166 pesos de la Adua

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Cantidades entregadas por Boqui..

Entre las personas que recibieron estas sumas aparecen como de mas

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consideracion D. Juan de la Cruz Portocarrero..

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58 100

340

240

2000

100

D. Fernando Urquiaga..

Véase el pormenor, con sus notas, en el apéndice de Documentos Manuscritos núm. 8.

na del Callao; y 418,103 de empréstitos forzosos y depósitos, recursos. extraordinarios y que no podian contarse para subvenir á los gastos del Estado; de suerte que resultaba un déficit de 1.444,606 pesos para cubrir las exigencias del servicio.

La Aduana no podia producir mas, porque segun hemos dicho, Pezuela y La Serna habian hecho negociaciones dando permiso para desembarcar efectos con gran rebaja en los derechos, ejemplo que se siguió en los primeros meses de la patria. Muy graves males habia ocasionado á la hacienda pública estos permisos que empeñaban la mas saneada de las entradas nacionales; y por esto el Ministro Unánue aconsejó al Congreso que "Debia observar invariablemente en la economia rentística no mandar nunca hacer abonos, ni condonaciones sobre los derechos de aduana. Todo acreedor al Estado debia ser pagado en la Tesoreria general, donde se lleva la cuenta de las entradas y salidas de caudales, para que se presente al público mensualmente. Práctica que acredita el honor y pureza de su manejo, y pone al claro los recursos y gravámenes del Estado." Las entradas naturales se aumentaban con vários empréstitos que ayudaban en algo las mas apremiantes necesidades del ejército y marina, pero que estaban muy léjos de satisfacerlas.

"Los primeros caudales que comenzaron á reunirse en Agosto del año anterior, se perdieron en Septiembre, con la invasion inesperada que hizo el enemigo. Parecia imposible sostener en tales circunstancias un ejército y marina numerosos que carecian de todo. Presentáronse algunos recursos extraordinarios, y se adoptó una economia rígida en las oficinas de hacienda. Por estos medios, los gastos fueron cubiertos hasta Enero de 1821. En este mes, ya hubo un déficit que era preciso reponer, la capital no podia sufrir contribuciones, y se adoptó, siguiendo el ejemplo de las naciones civilizadas, el papel moneda. Establecióse sobre excelentes principios: giróse con grande economia y fidelidad. Con su auxilio, el ejército y la marina fueron puestos en un pié ventajoso. El vecindario se libró de impuestos, y la cantidad circulante no pasaba de trescientos mil pesos, cuando en Agosto del presente año [1822] el Gobierno suspendió su curso por las reclamaciones sobre su entorpecimiento, á causa de la resistencia en varios comerciantes á recibirle." El comercio estaba sin dinero, porque el Gobierno español agotó sus recursos con la guerra que sostenia desde el año de 1819 contra las secciones americanas: en ese corto período habia entregado 689,248 pesos, y el Consulado 986,173 aniquilando asi los recursos de los particulares. La deuda del Consulado subia entónces (Noviembre de 1820,) á siete millones setecientos sesenta y siete mil, ochocientos tres pesos, no incluyendo ciento cincuenta mil pesos, del último impuesto que ganaba un interes anual de tres al seis por ciento. (Cat. MS. núm. 54.) Ademas reconocia el Erario del Perú la enorme suma de 18. 161,636 pesos, cuyos intereses casi llegaban á media millon al año. [Cat. núm. 542. número 42.]

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SE SACA LA PLATA LABRAI A DE LAS IGLESIAS.

del

PARA dar idea del verdadero crédito del Perú en el interior, basta leer el contrato que el Ministro Monteagudo celebró el 21 de Junio de 1822 con los comerciantes D. Juan Begg, D. Guillermo Nodgson, D. Guillermo Cochran, D. Juan Parish Robertson, D. José Riglos, D. Manuel Castillo y D. Estanislao Lynch. Estos comerciantes entregaron ciento veinte mil pesos, la mitad al contado, veinte mil un mes despues, y los cuarenta mil restantes con dos meses de plazo. El gobierno les concedió permiso para desembarcar en los puertos del Sur de Lima, libres de todo derecho, ochocientos mil pesos en efectos de Ultramar, y tres mil quintales de cacao: se les concedió la libertad de derechos en los retornos de esos valores; lo cual equivalia á mas de trescientos mil pesos. El valor de los efectos que importaban se calculaba á precios de facturas en Europa, con un aumento diez por ciento: los prestamistas eran los únicos que podian introducir efectos el esos puertos, por el término de cuatro meses, pero si en este plazo la cantidad de mercaderías no podia consumirse en los puertos intermedios, los prestamistas se reservaban el derecho de importar en todo tiempo, el déficit hasta completar los ochocientos mil pesos en etectos. Ningun buque mercante podia salir á los puertos del Sur, sin permiso de los prestamistas, pero estos lo concedian á los comerciantes introductores, pagando á los prestamistas la mitad de los derechos en Lima, calculando el 20 por ciento sobre precios de la plaza en que se consumieran los efectos. Para la ejecucion del contrato se dictaron instrucciones que ampliaban las ganancias, restringuiendo la libertad del comercio. [*] [Cat. MS. núm. 426.]

LO APREMIANTE de las necesidades obligó á recurrir al peligroso y delicado arbitrio de sacar la plata labrada de las iglesias: todo adorno de oro ó plata se mandó recojcr para sellarlo en la moneda, exceptuando únicamente aquellas especies absolutamente necesarias para el servicio del altar, y de precisa decencia, y aquellos altares en que el pueblo tuviere mas devocion (26 de Junio y 2 Julio de 1822, [Cat. MS. núm. 372.] En esta operacion debian intervenir personas que representaran al gobierno y á cada iglesia, obligándose aquel á pagar. todo, cuando mejorara la situacion de Erario. Esta medida causó gran

[*] Para dar idea de ese escandaloso contrato, copiamos las instrucciones dadas para su cumplimiento.

1. Todo buque que salga de este Puerto ó cualesquiera otro del Perú para intermedios deberá dar á los contratantes una fianza de pagar aquí la mitad del derecho que ie corresponda al plazo de sesenta y ocho dias, y el resto en aquella costa.

2. Los derechos que se exijirán serán veinte por ciento sobre el valor de plaza en aquella costa, y cinco por ciento sobre exportacion líquida, sea en frutos, ya en dinero. 3. Como no puede calcularse aquí el valor de los efectos en aquellas plazas, la mitad de derechos de que arriba se habla, será pagadera sobre el principal de factura, y á buena cuenta del derecho total que adeudare el interesado en los puntos de internacion.

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