Lecciones teórico-prácticas de los procedimientos judiciales en los fueros comun y de guerra: ó Códigos de procedimientos penales y de justicia militar explicados, suplidos y con observaciones y los formularios respectivos por el general, abogado, Volumen1 |
Comentarios de la gente - Escribir un comentario
No encontramos ningún comentario en los lugares habituales.
Términos y frases comunes
Abogados acusado Agentes algun arts auto autoridad cárcel castigo causa cion circunstancias citado civil Código cometido competencia comun conforme conocimiento constar creo criminal dado debe declara declaracion declaraciones Decreto Defensor delito derecho despacho despues determinado dias dice diligencias Disposiciones Distrito doctrinas efecto Empleados Enero escrito exhorto expresa falta fecha Federal firma fuere funcionarios haga hará hora hubiere indicado inserto instruccion interesados judicial Jueces Juez juicio Jurado jurisdiccion Justicia Juzgado legal libertad libro llama lugar Magistrados manda medio menor México Ministerio público motivo multa necesario negocio nombre núm número objeto obligaciones Observ oficial oficio orden ordinario pág págs pena penal Peritos poder podrá práctica presente Presidente presos prevenciones primera prision proc procedimientos propio prueba punto queda razon recibido Reglamento reglas relativas reos repetido respecto responsabilidad Sala sean Secretario sentencia señala serán siguientes tambien tenga tenido términos testigo tomo trata Tribunal Tribunal Superior
Pasajes populares
Página 458 - Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles y posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
Página 16 - ... que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los Estados.
Página 312 - Art. 104. Si el delito fuere común, el Congreso erigido en gran jurado declarará, á mayoría absoluta de votos, si ha ó no lugar á proceder contra el acusado. En caso negativo no habrá lugar á ningún procedimiento ulterior. En el afirmativo, el acusado queda por el mismo hecho, separado de su encargo y sujeto á la acción de los tribunales comunes.
Página 507 - Las visitas domiciliarias solamente podrán practicarse durante el día, desde las seis de la mañana hasta las seis de la tarde...
Página 419 - La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público.
Página 17 - Que se le haga saber el motivo del procedimiento y el nombre del acusador, si lo hubiere. II. Que se le tome su declaración preparatoria dentro de cuarenta y ocho horas, contadas desde que esté á disposición de su juez. III. Que se le caree con los testigos que depongan en su contra.
Página 15 - Nadie puede ser juzgado ni sentenciado, sino por leyes dadas con anterioridad al hecho y exactamente aplicadas á él, por el tribunal que previamente haya establecido la ley.
Página 463 - Todo maltratamiento en la aprehensión o en las prisiones; toda molestia que se infiera sin motivo legal; toda gabela o contribución en las cárceles, son abusos que serán corregidos por las leyes y reprimidos por las autoridades.
Página 40 - ... se requiere ser ciudadano mexicano en ejercicio de sus derechos, mayor de veinticinco años...
Página 17 - Se le oirá en defensa por sí o por persona de su confianza, o por ambos, según su voluntad. En caso de no tener quien lo defienda, se le presentará lista de los defensores de oficio para que elija el que o los que le convengan.