Coleccion de circulares expedidas por la Real audiencia pretorial de la Habana y demas disposiciones relativas a los funcionarios del orden judicial de la isla de Cuba, Volumen3

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Imprenta del gobierno, Capitania general y Real audiencia por S.M., 1871

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Página 103 - En atención a lo expuesto, el ministro que suscribe, de acuerdo con el Consejo de Ministros, tiene el honor de someter a la aprobación de VM el adjunto proyecto de Decreto: Real Decreto. En atención a las razones expuestas por el ministro de Instrucción Pública y Bellas Artes, y de acuerdo con mi Consejo de Ministros, vengo en decretar lo siguiente: Artículo primero.
Página 106 - Del tanto del daño á un tercio más si fuere lanar ó de otra especie no comprendida en los números anteriores. Esto mismo se observará si el ganado fuere cabrío y la heredad no tuviere arbolado.
Página 58 - Islas adyacentes, en uso del legítimo derecho de propiedad, podrán arrendarlos libremente desde la publicacion de esta ley, arreglando y estableciendo con los arrendatarios los pactos y condiciones que les parecieren convenientes, los cuales serán cumplidos y observados á la letra. 'Art.
Página 69 - Real orden lo digo á VI para su inteligencia y efectos consiguientes. Dios guarde á VI muchos años. Madrid 30 de Noviembre de 1870.
Página 59 - Los arrendamientos ya hechos y pendientes á la publicacion de esta ley se cumplirán en los términos en que se hayan celebrado, y por todo el tiempo y en la forma que debian durar con arreglo á la ley que ha regido en Madrid hasta ahora, reales resoluciones, práctica y costumbres vigentes al tiempo de celebrarse dichos contratos.
Página 59 - Si en estos contratos se hubiere estipulado tiempo fijo para su duracion, fenecerá el arrendamiento cumplido el plazo, sin necesidad de desahucio por una ni otra parte. Mas si no se...
Página 8 - Habana otro juzgado general, todos con sujecion á lo que previenen las leyes de Indias, las instrucciones de la audiencia de Méjico, mandadas observar por real cédula de 8 de abril de 1812, y las siguientes disposiciones...
Página 47 - Real orden lo digo á V para los efectos consiguientes. Dios guarde á V muchos años. Madrid 31 de Agosto de 1876.=Martin de Herrera.
Página 59 - ... otra parte. Mas si no se hubiese fijado tiempo ni pactado desahucio, ó cumplido el tiempo fijado continuase de hecho el arrendamiento por consentimiento tácito de las partes , el dueño no podrá desalojar al arrendatario , ni...
Página 105 - Son reos del delito de robo los que, con ánimo de lucrarse, se apoderan de las cosas muebles ajenas, con violencia ó intimidación en las personas ó empleando fuerza en las cosas.

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