Boletin, Volúmenes4-7 |
Otras ediciones - Ver todas
Boletin, Volúmenes1-3 Pan American Railway Congress Association. Permanent Commission Vista completa - 1916 |
Boletin, Volumen26 Pan American Railway Congress Association. Permanent Commission Vista de fragmentos - 1942 |
Términos y frases comunes
Antofagasta aparato aprobación Artículo Asociación autorización Bahía Blanca bogie boleto Bolivia Brasil Buenos Aires bultos cabezal capital carga carta de porte Central Argentino Chile ciclo ción clase coches de pasajeros Comisión Compañía Congreso consideración construcción construído construir contrato conveniente Córdoba correspondiente costo curva deberá decreto Dirección disposiciones distancia efecto empalme empleados empresas empresas de ferrocarriles equipaje especial establecer estación explotación ferro Ferrocarril Central Ferrocarril Central Argentino Ferrocarril Oeste ferrocarriles argentinos ferroviaria ferry-boat flete gastos horas Huancayo ingeniero interés internacional jefe kilómetros kilómetros por hora línea líneas locomotora longitud luz libre maniobras maquinista material máximo mecanismo mercaderías metros mínimo nacional necesario Norte número obligadas obras públicas Oeste Oroya paragolpes Perú podrá podrán Provincia proyecto punto Quiaca ramal reglamentos respecto rodante Santa Fe sección señales serán servicio SUDAMERICANO tarifas telegrafista toneladas total trabajo tráfico transporte tren trocha Tucumán túnel vagones vehículos velocidad vía vías
Pasajes populares
Página 59 - POR CUANTO : El Senado y Cámara de Diputados de la nación Argentina, reunidos en congreso, etc. Sancionan con fuerza de LEY: Artículo 1°...
Página 17 - Las dudas y controversias de cualquier naturaleza que puedan suscitarse sobre este contrato y que no puedan ser resueltas amigablemente por las partes contratantes, serán decididas por los tribunales competentes de Venezuela, de conformidad con sus leyes, sin que por ningún motivo ni causa puedan ser origen de reclamaciones extranjeras.
Página 288 - ... por peritos nombrados por las partes , y un tercero en caso de discordia, designado por la Autoridad judicial, haciéndose constar por escrito las resultas...
Página 8 - ... en dinero efectivo en el Banco de la Nación Argentina a la orden de la Caja, dentro de los diez primeros días siguientes a cada mes vencido, sin deducir cantidad alguna por ningún concepto.
Página 62 - Las distancias marcadas en el párrafo tercero del art. 1." y en los artículos 3." y 5.° de esta ley, se contarán desde la línea inferior de los taludes del terraplén de los ferrocarriles, desde la superior de los desmontes y desde el borde exterior de las cunetas. A falta de ésta se contarán desde una línea trazada á metro y medio del carril exterior de la via.
Página 59 - Toda empresa deberá tener en las estaciones, en los trenes y en todo el trayecto del camino, de día y de noche, desde que empiece hasta que termine el movimiento diario, el número de empleados que fuese necesario para que el servicio se haga con regularidad, y sin tropiezo ni peligro de accidentes.
Página 90 - Si, por efecto de las averías, quedasen inútiles los géneros para su venta y consumo en los objetos propios de su uso, no estará obligado el consignatario á recibirlos, y podrá dejarlos por cuenta del porteador, exigiéndole su valor al precio corriente en aquel día.
Página 112 - Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario a su cumplimiento. Dada en la Sala de sesiones del Congreso, en Lima, a los treinta días del mes de noviembre de 1918.
Página 10 - ... período ordinario de la nueva Legislatura. Los actuales miembros podrán ser nuevamente designados o reelectos. I) Dentro del término de tres años, a contar de la fecha de promulgación de esta Constitución, los ciudadanos legales que hubiesen obtenido su carta de ciudadanía antes de la referida fecha, deberán justificar su identidad ante las autoridades correspondientes según el artículo 9.°...
Página 60 - Las empresas comunicarán á la Dirección de ferrocarriles y publicarán las tarifas y reglamentos que establecieren para el transporte de mercaderías, en la forma indicada por la tarifa y reglamentos de pasajeros. Los cambios que se introdujeren se pondrán en conocimiento del público un mes antes de su vigencia. Las tarifas relativas al transporte de pasajeros y mercaderías serán razonables y justas.