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der á la venta de todos los bienes de maestrazgos y encomiendas: de 23 de setiembre, alzando la suspension de la de los bienes de hermandades, santuarios y cofradías; y de 25 del mismo, en que se ordenó la enajenacion de los propios (decretos todos cuyos efectos se suspendieron, ó mas bien se anularon en octubre de aquel año); la reaccion caminó con pasos mas o menos decididos y declarados, pero siempre á su objeto, hasta devolver al clero los bienes no vendidos, y llegarse á publicar, con escándalo en 2 de diciembre de 1852, el proyecto liberticida de la reforma de la Constitucion y juntamente el de restablecer las vinculaciones.

Si, por desdicha, llegaran á realizarse tales proyectos, la obra de medio siglo de revolucion y sacrificios y sangre generosa derramada, desapareciera en un dia. Y España hubiera tornado al sistema de arbitrariedad, ignorancia y monopolios, que la hicieron en tiempos no remotos objeto de lástima para el mundo civilizado.

Pero la humanidad no retrocede: los que osaron, sacrilegos, poner las manos en el Arca santa de nuestras libertades, cayeron heridos de muerte por el rayo de la revolucion que nos ha mandado aquí, como representantes de la soberanía nacional, para consumar la obra en los campos de Vicálbaro y en la siempre heróica Zaragoza comenzada.

Y esa obra, la comision lo repite, no estará cimentada en bases sólidas; no será al pueblo tan provechosa; al afianzamiento de la libertad tan útil; para imposibilitar la reaccion tan eficaz como conviene que sea, hasta que exenta la propiedad del yugo funesto de la amortizacion, pase á ser fecundada por el interés individual la inmensa masa de bienes, cuya venta proponemos.

La comision deja al buen juicio de las Córtes calcular el gran número de propietarios, para siempre unidos por el vínculo de su interés á la causa de la revolucion, que creará esta ley llevada á efecto; y se limitará á llamar de paso su atencion sobre el aumento consiguiente de la materia imponible y del capital circulante.

Pero de lo que no puede prescindir la comision es de indicar, siquiera sea ligeramente, que en virtud de la ley que propone, el crédito público, cuyas tristes actuales condiciones son notorias, ha de vigorizarse forzosamente, dando asi lugar á operaciones hoy imposibles ó ruinosas, y sin embargo indispensables para regularizar la Administracion, atender á las obligaciones corrientes, y remover los obstáculos que paralizan los progresos de la agricultura, de la industria y del comercio.

La declaracion en venta de los bienes hoy amortizados, hace dueño al Estado de una garantía sólida á par que cuantiosa; y no ofrece duda alguna que, dada esa condicion, unida á la de un sistema de gobierno liberal, enérgico y prudente, los capitales, hoy sin empleo en las naciones mas prósperas, han de afluir naturalmente á un pais donde les sobran objetos en que invertirse, y el premio, por lo mismo, ha de ser mayor que en ningun otro.

Ciertamente no han de arrojarse al mercado en un solo y mismo dia todos los bienes vendibles, ni el valor de los vendidos ha de realizarse mas que en el largo plazo de catorce años: pero los bienes no vendidos son garantías, y los valores en cartera dinero seguro, como la esperiencia lo acredita en los pagarés de los compradores de bienes nacionales.

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La desamortizacion, pues, completa, general y absoluta, como la proponen el Gobierno y la comision, es beneficiosa á los particulares y á los pueblos; por cuanto, merced á ella, hallarán aquellos donde emplear su actividad, ingenio y capitales; mientras que los últimos, medios seguros de progreso, ya en mejoras materiales, ya en establecimientos de crédito provinciales ó municipales, como Bancos agricolas ó territoriales, por ejemplo. La desamortizacion hará tambien posible y pronta la realizacion de las infinitas obras públicas que el estado de atraso del pais reclama con urgencia; levantará y consolidará el crédito público; y dando al Gobierno los medios de nivelar, en fin, los presupuestos de gastos y de ingresos, acabará por eximirle de negociaciones siempre onerosas, y á la inmoralidad ocasionadas.

Y sin embargo, la amortizacion tiene defensores, interesados los mas, si bien algunos de buena fé, sin duda.

No hay absurdo, no hay teoría descabellada que haya carecido de parciales; tuviéronlos y los tienen todavía el absolutismo y la inquisicion misma; porque los mas de los hombres desisten "dificilmente de lo que cuadra á su interés ó está conforme con sus preocupaciones; y en materia de reformas, son muchos los que, temerosos de los azares de las revoluciones, rechazan şin exámen cuanto tiende á trastornar el régimen establecido.

Seremos acusados, mejor dicho, lo somos ya, de despojo, como si hollando los sagrados fueros de la propiedad, nos apoderásemos de lo ageno a mano armada, y, en provecho propio, arrebatásemos á otros lo suyo.

Seremos y somos ya acusados de precipitada imprevision, como si desatendiésemos á obligaciones sagradas.

Y por último, se nos dirá y se nos dice que somos visionarios, en cuanto esperamos de la desamortizacion, considerándola como la panacea universal, efectos poco menos que quiméricos y milagrosos.

La comision, reservándose responder en concreto à tales objeciones, si en el curso de la discusion se le hiciesen, dirá aquí sin embargo, algunas frases en sumaria respuesta á todas ellas.

Conviene, en primer lugar, tener presente que el Estado, segun la ley, solo vende en provecho propio aquellos bienes de que es hoy dueño en virtud de disposiciones anteriormente sancionadas y universalmente consentidas.

En cuanto a los demas bienes que se declaran en estado de venta, el principio de la ley es tan claro y equitativo, como sencillo y de fácil aplicacion.

Si la desamortizacion de la propiedad es de utilidad pública indisputablemente reconocida, nada mas justo que variar la forma de la propiedad de las manos muertas, en beneficio comun, mientras se conserven á los actuales poseedores el capital y la renta, para invertir esta como á la índole de cada instituto mejor cuadre.

El Clero, los Propios, la Beneficencia y la Instruccion pública, no pierden, pues, su propiedad; lo que se cambia la forma de esta convirtiéndola en inscripciones intrasferibles, cuya renta, indudablemente superior con mucho en breve tiempo a las que hoy gozan, y cobrada por su propia mano, puesto que los cupones son admisibles á su vencimiento y como metálico, en pago de contribuciones, será un re

curso mas pingüe, de mas fácil, clara y moral administracion, que la de las fincas y censos que hoy poseen.

De ese modo, no solo sin perjuicio, pero con positiva ventaja de todos, se estrecha el vinculo que enlaza al Estado con sus diferentes miembros; y el crédito público hoy en España, objeto de solicitud solo para el Gobierno, y de especulacion para un reducido número de individuos, llegará á ser considerado, cual conviene que lo sea, como el bien comun, como el barómetro de la prosperidad del pais.

No ya solo los compradores de los bienes declarados en venta, sino ademas las corporaciones populares, se adhieren por tanto á la revolucion, se identifican con ella, y se convierten en otros tantos baluartes de la libertad y del órden.

No hay, pues, despojo; la Nacion usa de su derecho, de un derecho que todo el orbe civilizado reconoce y practica, haciendo que por causa de utilidad pública, evidente, varie de forma la propiedad de manos muertas.

Ni hay tampoco en nosotros la imprevision de que se nos acusa, porque en vez de quedar desatendidas, como se pretende, las cargas que hoy cubren mas o menos por completo las rentas de las fincas que han de venderse, se les asegura á pueblos y establecimientos esa renta misma desde luego, y se les ofrece sin riesgo alguno, la probabilidad casi cierta de duplicarlas ó triplicarlas, y eso afianzando el pago de tal modo, que la desconfianza parece imposible.

Dicese que no se venderán las fincas, ¿por qué, pues, oponerse á que se intente?

Los resultados, se añade, supuesto que los haya, serán sin duda inferiores, con mucho, á los cálculos de nuestra esperanza.

En materia de prevision, no hay mas datos posibles que el exámen de las probabilidades, y el raciocinio por analogía con lo pasado.

La comision cree probable que se venda mas y mejor, ahora que el pretendiente y sus secuaces, fraguan sus descabellados planes en lejanas tierras, que cuando sus huestes armadas y valerosas como españolas, siquier rebeldes, llegaban hasta las puertas de la capital de la Monarquía.

En todo caso, los hechos vendrán pronto a dar razon á quien la tenga.

Mucho, escesivamente acaso, se ha estendido ya la comision en este informe, llevada de su celo tanto como de la gravísima importancia del asunto de que trata; y serále por tanto forzoso, puesto que deja en su entender discutido y justificado el pensamiento fundamental de la ley, ser muy breve en el análisis de sus porme

nores.

La universalidad del principio se consagra en el art. 1.o; mientras que en el 2.o se establecen sóbriamente las indispensables escepciones. Los montes y bosques, por ejemplo, necesarios, no solo para surtir de maderas á nuestros arsenales, y de combustible al consumo y á la industria, sino para dar á la atmósfera las condiciones de vida y salubridad indispensables à la tierra, al reino vejetal, á los animales y al hombre, no es posible confiarlos todos al interés ind vidual que se deja dominar demasiado para las necesidades presentes, para atender como conviene a las de lo futuro. Reservanse

igualmente los terrenos de aprovechamiento comun, porque no es en ǝllos lo importante la renta, sino el uso, que no puede suplirse; y déjase en general cierta latitud al Gobierno, que ha parecido necesaria, en interés del Estado y de los pueblos. Entre otras razones que en el último indicado punto han tenido presentes la comision y el Ministerio, limitaráse aquella á indicar la conveniencia de que haya disponibles los terrenos indispensables para el planteamiento del sistema de colonizacion interior, que tan imperiosamente reclama lo despoblado de nuestro rico suelo.

Con respecto á los trámites de las ventas, la comision se ha propuesto facilitar á las personas de escaso caudal la adquisicion de los bienes desamortizados, y evitar por medio de la licitacion pública, en subastas simultáneas, todo manejo inmoral, ya en perjuicio del Estado, ya en el de los dueños de los bienes, ó de los compradores mismos de buena fé.

Los plazos en que han de realizarse los pagos en metálico y las cuotas de ellos, están basados en el principio arriba sentado, combinándolo con el fin de lograr que el sacrificio hecho por el comprador al contado y en los primeros años, sea bastante á interesarle en realizar puntualmente los restantes plazos.

Entiende la comision que toda heredad gravada con censos, no está completamente desamortizada; por eso en el tít. 2.o de su proyecto, ofrece las ventajas que ha creido justas: primero, á los censatarios como la equidad lo requeria; y luego á los compradores en general.

Ningun sacrificio nos ha parecido escesivo, cuando lo creimos conducente á dejar á la propiedad en libertad completa.

Pero de todos los importantes estremos a que la ley se estiende, ninguno ha parecido á la comision mas grave; ninguno discutió con mayor detenimiento que el que es asunto de los títulos 3.° y 4.o á saber: a inversion de los fondos procedentes de las ventas de los bienes desamortizados.

Desde luego la claridad, la lógica, y la diversidad de orígenes de los fondos, exigian una distincion fundamental que se ha hecho, en efecto, tratando en el tít. 3.o de los procedentes de bienes propios del Estado, y en el 4.o de los restantes.

De hecho y de derecho el Estado que vende lo suyo, puede y debe emplear el producto en beneficio propio, es decir, en objetos de utilidad comun; mientras que lo que se recaude por ventas de propiedades que cambian de forma por causa de utilidad pública, mas no de aplicacion, en justicia toca á los actuales poseedores. Así lo ha entendido la comision, pero creyendo necesario, sin embargo, y eso á instancia, puede decirse, del Ministerio, descender á algunos pormenores para fijar clara y terminantemente el empleo de los fondos.

La regla adoptada de comun acuerdo es que el 50 por 100 de lo que pertenezca al Estado, se consagre á la amortización de la Deu da pública, y la otra mitad á obras tambien públicas de utilidad general.

De ese modo se atiende simultáneamente á consolidar el Crédito y á desembarazar las fuentes de la riqueza pública; pero consideraciones graves y de actualidad, nos han movido à proponer, respecto a lo presente solo, dos escepciones ambas importantes. Una y es la mas grave, destinar los primeros ingresos de lo per

con

teneciente al Estado á cubrir el déficit que indudablemente habrá en el presupuesto del corriente año; y la razon es obvia.

Ese déficit, consecuencia forzosa é inevitable del despilfarro de las administraciones anteriores; y resultado, ademas, en parte de la supresion de la contribucion de Consumos, y en parte de la baja natural de todas las rentas en los primeros tiempos de toda revolucion, por mas que sea tan provocada, justa y benigna como la de Julio; ese déficit hace hoy, y haria en lo sucesivo imposible si no se estinguiese, la nivelacion de los gastos con los ingresos, condicion fundamental y sine qua non del orden severo necesario en la admi. nistracion económica, elemento de fuerza y de independencia para el Ministerio de Hacienda, que en el estado actual de las cosas no puede, con el conveniente desembarazo, dirigir el departamento importantísimo de que es cabeza.

Nuestra revolucion, como todas, padece escaseces á consecuencia de los débitos de sus mismos provocadores: pero mas justa y severamente moral que la mayor parte de las que le precedieron, respeta y está pronta á cumplir todas las obligaciones, no siempre de origen muy puro, que sus propios enemigos le legaron. Justo nos parece que en compensacion, comience por aprovecharse, aunque en pequeña parte, y siempre en utilidad comun, de los beneficios que la desamortizacion general ha de reportar al pais.

Consideraciones análogas, con mas là de las exigencias del Crédito, y sobre todo, el respeto á lo ya acordado por las Córtes, nos han movido, ó mas bien obligado á admitir que scan preferidos en la amortizacion los títulos mandados emitir para atender al pago de la Deuda flotante.

Tómanse precauciones severas en los articulos 11 y 12 para asegurar los fondos destinados a la amortizacion de la Deuda; el Gobierno las ha propuesto espontáneamente, y la comision las admite, haciendo justicia al sentimiento de esquisita delicadeza y política prevision que las ha dictado.

Un mismo principio domina en el título IV, por lo que respecta á los bienes de Propios, de Beneficencia y de Instruccion pública: combinar el fundamental de la desamortizacion, con la seguridad que reclaman las sagradas atenciones á que están destinadas aqueПlas fincas.

El sistema adoptado, es en sentir de la comision, el único aceptable: arriba lo deja esplicado, y en la discusion procurará sostenerlo, limitándose ahora á repetir que en nada se utiliza el Estado antes bien harà durante algun tiempo anticipos, à la verdad no muy considerables, y cuyo reintegro juzgamos pronto y fácil.

Los pueblos, como los establecimientos de Beneficencia y de Instruccion pública, no carecerán un solo dia de sus actuales rentas, las cobrarán por su mano, y las verán ademas considerablemente aumentadas en breve tiempo.

Por lo que respecta á lo procedente de los bienes del clero, bienes que se venden en virtud de lo estipulado con la córte de Roma en el art. 35 del último Concordato, y que en sentir de la comision tendria derecho el Estado á que mudasen de forma por causa de utilidad pública, aun cuando aquel artículo no existiese, se manda convertir como en el Concordato mismo se establece y conviene al bien del Estado.

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