Tratado de derecho administrativo, Volúmenes1-2

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Libreria Escolari, E. Moreno editor, 1897
 

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Pasajes populares

Página 97 - Dirigir las negociaciones diplomáticas y celebrar tratados, poniendo en ellos la condición expresa de que serán sometidos al Congreso para los efectos de la atribución 16, artículo 59. 12. Recibir á los Ministros extranjeros y admitir á los Cónsules; 13.
Página 37 - Todo el que ejerce cualquier cargo público, es directa é inmediatamente responsable por los actos que practique en el ejercicio de sus funciones.
Página 97 - Conceder ó negar el pase á los decretos conciliares, bulas, breves y rescriptos pontificios, con asentimiento del Congreso; y oyendo previamente á la Corte Suprema de Justicia, si fueren relativos á asuntos contenciosos.
Página 96 - Concurrir á la apertura del Congreso, presentando un mensaje sobre el estado de la República y sobre las mejoras y reformas que juzgue oportunas. 4a. Tomar parte en la formación de las leyes, conforme á esta Constitución.
Página 163 - Cuidar de que los prelados y cabildos eclesiásticos no introduzcan novedades en la disciplina exterior de las iglesias, ni se usurpen el patronato y las prerrogativas nacionales, reconvenirles cuando lo hicieren y no desistiendo, dar cuenta al poder ejecutivo. 6.
Página 168 - Sub-prefetos residirán en la capital de provincia, debiendo visitar los distritos en el primer año de su periodo constitucional, con el objeto de imponerse de sus necesidades, de las mejoras que sean susceptibles, y de cuanto contribuya al desarrollo de la riqueza y adelantamiento de todos los ramos de la administración pública; examinando al mismo tiempo, si las leyes, decretos y disposiciones superiores, han tenido...
Página 213 - Art. 91. Los inspectores de puentes y caminos y los de cualesquiera otras obras públicas, tendrán á su cargo la construcción, conservación y mejora de dichas obras, en la sección que corresponde á la Provincia; requerirán directamente á los Concejos de Distrito, para la ejecución de la parte de trabajo que á cada uno de estos incumbiere, y vigilarán la fiel inversión de tos fondos provinciales destinados á este objeto.
Página 96 - Dar las órdenes necesarias para la recaudación é inversión de las rentas públicas con arreglo á la ley. 7.

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