Testimonios para la historia: colleccion diplomática, formada con transcripciones de documentos originales, existentes en el Archivo municipal de la M.N.Y.M.L. Ciudad de Xerez de la Frontera, Volumen2

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Página 191 - Nos últimamente fecha sobre la impresión de los libros dispone, fue acordado que debíamos mandar dar esta nuestra carta para vos en la dicha razón, y Nos tuvímoslo por bien.
Página 171 - Nos en la nuestra corte do quier que seamos, del día que los emplazare hasta quince dias primeros siguientes so la dicha pena, so la cual mandamos á cualquier escribano público que para esto fuere llamado, que dé ende al que se la mostrare, testimonio signado con su signo porque Nos sepamos en como se cumple nuestro mandado.
Página 16 - E los unos nin los otros non fagades ende al por alguna manera so pena de la mi merced...
Página 108 - Y lo traslado á VS para su inteligencia y cumplimiento en la parte que le toca.
Página 26 - Córdoua, de Córcega, de Murcia, de Jaén, de los Algarves, de Algezira, de Gibraltar, de las yslas de Canaria; de las Yndias, yslas e tierra firme del mar océano...
Página 171 - Cámara á cada uno que lo contrario hiciere; et demás mandamos al home que vos esta nuestra Carta mostrare, que vos emplace que parezcades ante Nos en la nuestra Corte do quier que Nos seamos, del día que vos emplazare fasta quince días primeros siguientes...
Página 48 - ... a qualquier escriuano público que para esto fuere llamado que dé ende al que vos la mostrare testimonio signado con su signo, por que Nos sepamos en cómo se cumple nuestro mandado.
Página 189 - ... o como la nuestra merced fuese; lo cual visto por los del nuestro Consejo, por cuanto en el dicho libro se hicieron las diligencias que la premática últimamente por nos fecha sobre la impresión de los libros dispone, fue acordado que debíamos mandar dar esta nuestra cédula para vos, en la dicha razón, y nos tuvímoslo por bien.
Página 14 - Jaén, de los Algarbes, de Algeciras, de Gibraltar y de las islas de Canaria, conde y condesa de Barcelona, señores de Vizcaya y de Molina, duques de Atenas y de Neopatria, condes de Rosellón y de Cerdania, marqueses de Oristán y de Gociano, etcétera.
Página 65 - E los unos nin los otros non fagades nin fagan ende al por alguna manera, so pena de...

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