Estudios constitucionales sobre los gobiernos de la América latina, Volumen2Libreria Española i Américana de E. Denne, 1878 |
Contenido
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Términos y frases comunes
1.º de marzo actos administracion ajentes asamblea atribucion atribuciones ausilio autoridad blica cámara cámara de diputados cámara de representantes causa cion ciudadanos civil congreso constitucion corte suprema cuerpo lejislativo Cundinamarca cuyo debe declarar decreto delitos derecho designado despues determine diputados distrito ejercer ejercicio eleccion electo electoral electores elejidos empleados esclusiva espedir espresa establecer estranjeros estraordinarias exija facultades federacion federal fuerza funcionarios funciones garantías gobernador gobiernos Guatemala guerra habia habria Haití halla inciso independencia individuos jefe jeneral judicial justicia juzgados lejislacion lejislatura libertad majistrados mejicanos Méjico miembros ministros nacion nacional nombramiento nombre nuevo objeto órden organizacion orijen país poder ejecutivo poder lejislativo poderes política presidente de Haiti principio provincias proyecto pública pueblo reforma réjimen relijion relijiosa representantes repú república respecto responsabilidad reunirse revolucion Rionegro sancion SECCION secretarios senado senadores sesiones sistema soberanía sufrajio suplentes tambien territorio tículo tribunales Unidos de Colombia Union venezolana Venezuela votos
Pasajes populares
Página 200 - Cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas, observándose el Reglamento de Debates sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones.
Página 201 - ... reformas, el proyecto, en lo que haya sido aprobado por ambas Cámaras, se pasará al Ejecutivo para los efectos de la fracción a).
Página 197 - El Estado no puede permitir que se lleve a efecto ningún contrato, pacto o convenio que tenga por objeto el menoscabo, la pérdida o el irrevocable sacrificio de la libertad del hombre, ya sea por causa de trabajo, de educación o de voto religioso.
Página 189 - Se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Union en un solo individuo, que se denominará « Presidente de los Estados -Unidos Mexicanos.
Página 196 - Esta Constitución no perderá su fuerza y vigor aun cuando por alguna rebelión se interrumpa su observancia. En caso de que por cualquier trastorno público se establezca un Gobierno contrario a los principios que ella sanciona, tan luego como el pueblo recobre su libertad se restablecerá su observancia, y con arreglo a ella ya las leyes que en su virtud se hubieren!
Página 195 - En tiempo de paz ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones, que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar. Solamente habrá comandancias militares fijas y permanentes en los castillos, fortalezas y almacenes que dependan inmediatamente del gobierno de la Unión...
Página 17 - Que la reforma sea ratificada por el voto unánime del Senado de plenipotenciarios, teniendo un voto cada Estado. También puede ser reformada por una Convención convocada al efecto por el Congreso, a solicitud de la totalidad de las Legislaturas de los Estados, y compuesta de igual número de diputados por cada Estado.
Página 186 - Las Cámaras no pueden abrir sus sesiones ni ejercer su cargo sin la concurrencia, en la de Senadores, de las dos terceras partes, y en la de Diputados, de más de la mitad del número total de sus miembros...
Página 180 - Ningún juicio criminal deberá tener más de tres instancias. Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, ya sea que en el juicio se le absuelva o se le condene. Queda prohibida la práctica de absolver de la instancia.
Página 193 - ... durante el tiempo de su encargo, y por los delitos, faltas ú omisiones en que incurran en el ejercicio de ese mismo encargo. Los Gobernadores de los Estados lo son igualmente por infracción de la Constitución y leyes federales.