El nuevo código de comercio para la península y las antillas: profusamente anotado y concordado con nuestra legislación anterior y con la jurisprudencia nacional y extranjera, y exposición de motivos del proyecto del señor Alonso MartínezCentro editorial de Góngora, 1886 - 936 páginas |
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Página 49
... anotamos corresponde al párrafo primero del art . 1.o del Código anti- guo modificado por la ley de 30 de Julio de 1878 ; y por más que en el presente Art . 2 . Los actos de comercio , sean 1 -- 49 domiciliados pueden ejercer el ...
... anotamos corresponde al párrafo primero del art . 1.o del Código anti- guo modificado por la ley de 30 de Julio de 1878 ; y por más que en el presente Art . 2 . Los actos de comercio , sean 1 -- 49 domiciliados pueden ejercer el ...
Página 120
... anotamos , le hacen aparecer en contradicción con el núm . 1.o del 94 ; pero á poco que se reflexione , se comprenderá que lo que ha querido establecerse en el referido primer número , es que , como agentes no colegiados , podrán ...
... anotamos , le hacen aparecer en contradicción con el núm . 1.o del 94 ; pero á poco que se reflexione , se comprenderá que lo que ha querido establecerse en el referido primer número , es que , como agentes no colegiados , podrán ...
Página 126
... anotamos . ( 2 ) Como concordantes con este artículo , pueden citarse los 16 , 22 , 23 y aun , bajo cierto aspecto , el 66 de la ley de Bolsa de 1854 . • Como compensación al deber que en el mismo se impone al agente , se le confiere ...
... anotamos . ( 2 ) Como concordantes con este artículo , pueden citarse los 16 , 22 , 23 y aun , bajo cierto aspecto , el 66 de la ley de Bolsa de 1854 . • Como compensación al deber que en el mismo se impone al agente , se le confiere ...
Página 131
... anotamos , téngase en cuenta lo prescrito en el art . 100 en relación con el 68 y 113 de este Código , y en los 14 , 15 y 49 del Reglamento de Bolsa vigente . SECCIÓN CUARTA De los corredores colegiados intérpretes de buques . 131.
... anotamos , téngase en cuenta lo prescrito en el art . 100 en relación con el 68 y 113 de este Código , y en los 14 , 15 y 49 del Reglamento de Bolsa vigente . SECCIÓN CUARTA De los corredores colegiados intérpretes de buques . 131.
Página 150
... cuya doctrina guarda relación con el conte- nido del artículo que anotamos , podemos citar : La del Tribunal de Apelación de Catania , de 6 de Julio de 1883 , que esta- Art . 120. Los encargados de la gestión social que 150 -
... cuya doctrina guarda relación con el conte- nido del artículo que anotamos , podemos citar : La del Tribunal de Apelación de Catania , de 6 de Julio de 1883 , que esta- Art . 120. Los encargados de la gestión social que 150 -
Términos y frases comunes
1.º de Enero acciones acreedores administración Agentes de cambio Apéndice aplicación arreglo artículo que anotamos arts asegurado autorización avería Banco Bolsa Bolsa de Madrid buque Capitán carga cargador cargamento ción clase Código antiguo Código de 1829 Código de Comercio Código derogado Código vigente comerciantes comisionista comitente compañías Concuerda consigna consignatario Cónsul contenido contratantes contrato contrato de seguro contratos mercantiles corresponde crédito Cuba y Puerto cuyo debe declaración decreto depósito derecho Derecho mercantil deudor disposiciones doctrina documentos efectos Enjuiciamiento civil entrega establece exigir expresa extranjeros flete hipotecarias hubiere indemnización inscripción intereses Juez Junta sindical lazareto legal legislación letra de cambio librador liquidación mercaderías mercancías navegación naviero núm objeto obligaciones operaciones pago patente perjuicio persona pesetas plazo podrá podrán póliza portador precepto prescripciones prescrito presente procedimiento proyecto pública Puerto Rico quiebra Registro mercantil Reglamento reglas respecto responsabilidad SECCIÓN sentencia serán siguientes sociedad sociedades socios tículo título transporte Tribunal Supremo valor Véase
Pasajes populares
Página 33 - DON ALFONSO XII, por la gracia de Dios REY constitucional de España. A todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: Que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente: ARTÍCULO ÚNICO.
Página 393 - Promovido el incidente, y formada en su caso la pieza separada, se dará traslado á la parte contraria por término de seis días, para que conteste concretamente sobre la cuestión incidental. Si fuesen varias las partes litigantes, se concederá dicho término á cada una de ellas por su orden.
Página 614 - La proposición de convenio se discutirá y pondrá á votación, formando resolución el voto de un número de acreedores que compongan la mitad y uno más de los concurrentes, siempre que su interés en la quiebra...
Página 679 - Fundado en estas consideraciones, el Ministro que suscribe, de acuerdo con el Consejo de Ministros, tiene el honor de someter á la aprobación de VM el siguiente proyecto de decreto.
Página 198 - La rescisión parcial de la compañía producirá la ineficacia del contrato con respecto al socio culpable, que se considerará excluido de ella, exigiéndole la parte de pérdida que pueda corresponderle, si la hubiere, y quedando autorizada la sociedad á retener, sin darle participación...
Página 455 - El hombre de mar contratado para servir en un buque, no podrá rescindir su empeño ni dejar de cumplirlo sino por impedimento legítimo que le hubiere sobrevenido. Tampoco podrá pasar del servicio de un buque al de otro sin obtener permiso escrito del capitán de aquel en que estuviere. Si no habiendo obtenido esta licencia, el hombre de mar contratado en un buque se contratare en otro, será nulo el...
Página 111 - Tener capacidad para comerciar con arreglo á este Código. 3.° No estar sufriendo pena correccional ó aflictiva. 4.° Acreditar buena conducta moral y conocida probidad, por medio de una información judicial de tres comerciantes inscritos. 5.° Constituir en la Caja de Depósitos ó en sus sucursales, ó en el Banco de España, la fianza que determine el Gobierno. 6.° Obtener del Ministerio de Fomento el título correspondiente, oída la Junta sindical del Colegio respectivo.
Página 411 - La parte del precio que no hubiere sido satisfecha al último vendedor, los créditos pendientes de pago por materiales y mano de obra de la construcción del buque, cuando no hubiere navegado, y los provenientes de reparar y equipar el buque y de proveerle de víveres y combustible en el último viaje.
Página 219 - Si ocurriere en los efectos encargados á un comisionista alguna alteración que hiciere urgente su venta para salvar la parte posible de su valor, y fuese tal la premura que no haya tiempo para dar aviso al propietario y aguardar sus órdenes, acudirá el comisionista al tribunal <le comercio de la plaza, el cual autorizará la venta con las solemnidades y precauciones que estime más prudentes en beneficio del propietario.
Página 434 - Acudiendo á los consignatarios de la carga ó á los interesados en ella. 3.° Librando sobre el naviero. 4.° Tomando la cantidad precisa por medio de préstamo á la gruesa. 5.° Vendiendo la cantidad de carga que bastare á cubrir la suma absolutamente indispensable para reparar el buque y habilitarle para seguir su viaje.