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"A esto hay que añadir las reclamaciones eventuales de nuestros nacionales que podrían llegar á cuatro millones; exagerad la cifra, poco importa.

"Tal era el estado aparente. Ahora bien, cuando Francia en la conferencia de los comisarios, quiso dar á conocer la cifra de esas indemnizaciones, habló primero de una suma de 12 millones, cuyo pago pedía sin ninguna especie de examen ; y después de una cantidad de 75 millones de francos aplicada á un empréstito Jecker que quería hacer reconocer por el gobierno que instalaría.

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"Ahora bien, este empréstito Jecker no es mas que una abominable exacción, y estoy convencido de que Francia este punto como en otros, se hallaba en un error inconcebible, muy sensible, que á toda costa importaba disipar.

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¿Sabéis lo que eran esos bonos Jecker? Dejo hablar á los documentos oficiales, á una carta dirijida á lord Russell por el enviado de Inglaterra, que dice lo siguiente sobre este asunto:

"Cuando el gobierno de Miramón se hallaba en los últimos apuros, sin un cuarto, la casa Jecker le prestó 750.000 dollars (3.750.000 francos) por los cuales recibió bonos pagaderos en alguna época futura y que ascendían á 15 millones de dollars (75 millones de francos).

"Poco después de esta afrentosa transacción, Miramón fue derrocado y reemplazado por su rival Juárez. M. Jecker, que estaba bajo la protección francesa, notificó á aquel que le pagara aquella enorme suma, fundándose en que un gobierno es responsable de los actos y obligaciones del gobierno que le ha precedido. Juárez se negó á ello, y fué apoyado en esta resolución por la opinión de todos los hombres imparciales de Méjico.

"Siempre he comprendido yo que su gobierno consentía gustoso en reembolsar la suma prestada, 750.000 dollars con intereses á 5 p8; pero rechazaba toda idea de satisfacer 15 millones de dollars.

"No necesito añadir que términos de esa naturaleza no podrían nunca aceptarse, y que toda tentativa para apoyar

semejante demanda, conduciría á hostilidades inmediatas entre el gobierno mejicano y los aliados.

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Para completar estas noticias, añado que la casa Jecker era una casa suiza arruinada por la caída de Miramón, Jecker fué declarado en quiebra, los bonos del tesoro que se hallaban en sus manos que, como comprendéis, eran títulos sin valor, fueron vendidos á vil precio. Una sociedad de honrados especuladores los ha comprado (ruido), y ahora quiere hacerlos valer, quiere cobrar los 75 millones. He ahí, señores, los créditos que Francia toma bajo su amparo.

"Y sabéis, lo que pasa fuéra? Muchos de vosotros no lo ignoráis sin duda, y si lo digo es para protestar con la autoridad que me da la alta situación del primer cuerpo de Francia, contra una abominable calumnia que ha corrido por toda Europa. Habéis podido recibir como yo un extracto del diario el Times, que desgraciadamente no entra en Francia (y valdría más que entrara y fuese publicado), que dice que esos 75 millones de bonos han sido comprados por una sociedad á cuya cabeza se hallaban personajes perfectamente conocidos en el Estado.

"Se desdeñan tales ataques y se hace mal. Se cree suficiente protección ese sistema de vigilancia exagerada que es la esencia misma de nuestro gobierno, y porque detienen la calumnia en la frontera, la creen enteramente sofocada. Parece á la verdad, que Francia se asemeja á ese pájaro que con la cabeza debajo del ala piensa que no le ve nadie (rumores), y que por que hace noche en él, no hay luz en ninguna parte. Por desgracia no es así, esas calumnias han corrido por Europa, é importa que pueda refutarlas la elocuencia del señor ministro.

"Sea lo que fuere, he aquí lo sucedido. Este negocio Jecker, que no es sino una especulación escandalosa, ha sido presentado al gobierno francés apreciado sin duda como un crédito legítimo, y va á ser caso de paz ó de guerra, por que, como lo véis en la respuesta del enviado de la Gran Bretaña, evidente que los aliados no quieren aceptar semejante reclamación, y que si Francia se obstina en presentarla, llegará á ser entonces caso de hostilidad contra el gobierno de Méjico."

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Opinión de

M. Layard, en la Cámara de los Comunes.

:

M. Layard, sub-secretario de Relaciones Exteriores, en la sesión de la Cámara de los Comunes de 15 de julio de 1862, dijo que el gobierno británico no había pensado ni pensaba en ir á sostener todas las reclamaciones de todos los súbditos ingleses que hubiesen, sufrido en sus intereses allá en Méjico. El gobierno sólo apoya aquellas reclamaciones ratificadas por una convención nacional. El gobierno inglés no podrá hacer la guerra por acreedores cuyos derechos no han sido reconocidos por el gobierno mejicano, ni por acreencias cuyo pago no haya sido prometido por la convención Dunlop. Cuando los particulares prestan dinero á gobiernos extranjeros, lo hacen por su cuenta y riesgo, pues sería monstruoso que el gobierno interviniera en tales negocios y que los acreedores tuvieran todas las ventajas de la utilidad sin exponerse á ningún riesgo. (*)

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En la sesión del Cuerpo Legislativo francés, del 12 de marzo de 1862, M. Favre se ex

"Hacer la guerra á una nación pague, sería una doctrina bárbara.

para obligarla á que nos ¿Tiene el acreedor derecho

para matar á su deudor, á fin de hacerlo solvente y llamarlo á la buena fé ?"

En otro discurso del mismo orador, se lee:

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El honorable miembro ha visto en los despachos que 23 actos de violencia, entre los cuales seis asesinatos perpetrados en franceses, habían ocurrido en Méjico. Estos hechos, dice él, són á la verdad lamentables. Pero la configuración de Méjico es tal, que favorece muchos actos de esta naturaleza, y la policía no se hace tan bien en ese país como en París. Además recordaré á la Cámara un hecho trágico ocarrido en el litoral del Mar Rojo, en una ciudad dependiente del gobierno Otomano. La familia del cónsul francés fue asesinada. Hemos hecho por esto la guerra á La Puerta? Ha querido la Francia convertir á La Puerta al sufragio universal? (Risas.); Hemos querido establecer en Turquía un go

(*) Torres Caicedo." Mis ideas y mis principios," tomo II.

bierno que se asemeje al nuestro? No: Francia pidió reparación y la obtuvo."

Acerca de esos veintitres actos de violencia, habla el señor Torres Caicedo, observemos, 1 que no se debe olvidar que en América no pocas veces los extranjeros toman parte en las contiendas civiles, exponiéndose así al odio del partido que combaten y sometiéndose voluntariamente á las consecuencias de sus actos: 2o que esos veintitres actos de violencia darían margen á la acción judicial de parte del Gobierno mejicano, y nó á la acción diplomática por parte de Francia, á menos que hubiese denegación de justicia, cosa que no ha sucedido.

Y en Francia, donde tan bien establecida se halla la policía, no se cometen crímenes atroces todos los días? Aun en los vagones de los ferrocarriles no se ejecutan esos crímenes atroces? Y adviértase que Jud no ha caido aún en manos de la justicia.

Preliminares de la intervención de las potencias europeas en Méjico.

El 14 de octubre de 1861 escribía M. de Thouvenel, ministro de Relaciones Exteriores de Francia al embajador del imperio en Londres, que el embajador de Inglaterra en París había ido á conferenciar con él sobre los asuntos de Méjico, y á combinar los medios de acción de los gobiernos francés é inglés para llegar al común objeto de ambos. El gobierno de la reina, decía lord Cowley, está dispuesto á firmar con Francia y España una convención que tenga por objeto obtener reparación de los agravios cometidos contra los súbditos de los tres países, y asegurar el cumplimiento de los compromisos contraídos por Méjico con ellos, siempre que se declarase en la convención que las fuerzas de las tres potencias. no serían empleadas para ningún otro fin ulterior, cualquiera que fuese, y sobre todo que no intervendrían en el gobierno interior de Méjico. El Gabinete de Londres se proponía invitar á los Estados Unidos á adherir á dicha convención, sin aguardar no obstante su respuesta para comenzar operaciones activas.

M. Thouvenel contestaba que estaba completamente de acuerdo con el gobierno inglés en un punto : en que reco

nocía, como lord Russell, que la legitimidad de su acción coercitiva respecto á Méjico, no resultaba de manera evidente sino de quejas contra el gobierno de ese país; y que tales quejas, así como los medios de repararlas é impedir su repetición, era lo único que podía en efecto ser objeto de una convención ostensible. Admitía también que las partes contratantes pudiesen comprometerse sin inconveniente, á no sacar de su demostración ninguna ventaja política ó comercial con exclusión recíproca entre sí y aun de cualquiera otra potencia; pero que le parecía inútil extenderse más, absteniéndose de antemano de participar legítimamente del fruto eventual de los acontecimientos que podrían originar las operaciones militares. Ni el gobierno de la reina ni el del emperador querían asumir la responsabilidad de intervenir directamente en los negocios interiores de Méjico; pero pensaba que era prudente para ambos Gabinetes no desalentar los esfuerzos que pudiesen intentarse por el país mismo para desembarazarse de la anarquía en que estaba sumido, haciéndole saber que no debía esperar en ninguna circunstancia ningún apoyo ni concurso. Que el interés común de Francia é Inglaterra era con toda evidencia ver establecerse en Méjico un estado de cosas que asegurase los intereses ya existentes y favoreciese el desenvolvimiento de sus cambios con un país del mundo tan ricamente privilegiado. Los acontecimientos de que en aquella época eran teatro los Estados Unidos, daban á esas consideraciones nueva y urgente importancia; y era permitido suponer, en efecto, que si el término final de la crísis americana, consagraba la separación definitiva del Norte y del Sur, las dos nuevas confederaciones buscarían compensaciones que el territorio de Méjico, entregado á disolución social, ofrecerían á su competencia. Suceso semejante no sería indiferente á Inglaterra; y el principal obstáculo que podría, según Francia, impedir su cumplimiento, sería la constitución en Méjico de un gobierno reparador, bastante fuerte para contener su disolución interior. Que el interés que tenían en la regeneración de ese país, no les permitía descuidar ningún sistema que augurase el buen éxito de semejante tentativa; y que, relativamente á la forma de gobierno, siempre que diese á ellas y al país suficientes garantías, no tenían ni suponían en Inglaterra, ninguna preferencia, ni aunque hubiese ya tomado un partido.

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