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solver en juicio de las diferencias en la materia. El segundo ha sustituido á las antiguas jurisdicciones eclesiásticas. Solo el Parlamento tenia derecho de disolver los matrimonios y era preciso en cada caso recurrir á un bill especial que producia grandes gastos. El Tribunal del almirantazgo conoce de los contratos hechos y de los perjuicios causados en el mar. En los tiempos de guerra desempeña una comision especial como Tribunal de presas. Los crímenes y delitos cometidos en el mar, no son de su competencia, sino de la competència de los tribunales ordinarios y de ley comuna 3610316028 90 15000 10,287919

Los Tribunales eclesiásticos están agregados a los Arzobispados anglicanos. Su jurisprudencia está basada en el antiguo derecho civil y canónico. Su competencia solo se estiende en la actualidad á las cuestiones del La justicia en Inglaterra nada puede hacers Así como no existe Ministerio público en los Tribunales para la investigasido á instancia de parte. Reberry cion y represión de los crímenes y delitos, no hay en los Tribunales de. justicia oficiales públicos encargados de denunciarlos.

Los ingleses gozan de todos los derechos que garantizan la libertad política y civil, tales como el juicio por Jurados, la independencia de los Jueces reconocida de hecho desde la revolucion de 1688 y de derecho des de 1760, la responsabilidad de los funcionarios ante la autoridad judicial, el derecho de peticion, el de asociacion y reunion, el de libertad de prens sa y enseñanza, la libertad industrial, etc., etc.

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Cuando un acusado comparece ante el juez encargado de proceder contra él, está protegido por la máxima de que nadie puede ser obligado á delatarse á sí mismo; de modo que nadie tiene que sufrir interrogatorio alguno, ateniéndose el juez solo á las declaraciones de los testigos hechas verbalmente en presencia del acusado; éste, sin embargo, queda en libertad de esplicar los hechos 6 hacer observaciones, pero en

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tal caso se priva de la proteccion constitucional, y sus palabras pueden aducirse como pruebas de cargo. Cuando las declaraciones de los testigos disipan en el pensamiento del juez la presuncion de culpabilidad, suel ta al acusado; mas si al contrario la confirman, el juez le encarcela por ór den motivada, hasta que recaiga fallo de uno de los tribunales criminales. Pero aun en este caso, a menos que la acusacion no implique un crimen capital, el acta del habeas corpus dá á los Jueces de paz ó si ellos lo rehur san á los de los tribunales superiores, el poder de escarcelar al preso, bajo fianza de que se presentará a

En este estado del procedimiento qual para ser juzgado. 20 encuentra el acusado una nue va garantía en la institucion del jurado. Los tribunales criminales y cor reccionales en Inglaterra se componen de uno ó muchos jueces y de dos jurados, uno grande y pequeño. El gran jurado es de doce personas por lo menos, y de veintitres & lo mas, elegidas entre los ciudadanos que la ley autoriza para estas funciones. Al gran jurado incumbe decidir si las pruebas aducidas contra el acusado son suficientes para sujetarle ar juicio. Segun el acta de acusacion (bill of iddictement) formada por el juez instructor, y en ausencia del acusado el gran jurado interroga bajo juramento á los testigos oidos en la instruccion, y envia en seguida elat acta de acusacion al juez que preside el tribunal, inscribiendo en ella la declaracion de true bill 8 no true bill (acta veridica 6 acta no veridica). En el primer caso cesa toda persecucion, y el acusado es inmediatamente puesto en libertad; en el segundo se le sujeta á juicio en tribunal público por or un juez y un jurado menor de doce personas, el cual resuelve en der finitiva si el acusado es 6 no culpable (guit ty 6 no guit ty) de los hechos revelados en el acta de acusacion; los veredictos del jurado tienen que ser por unanimidad. Si el acusado es declarado culpable, el juez le aplica la pena impuesta por la ley (statute law); en caso contrario decreta la absolucion. Nadie puede ser sometido segunda vez à juicio por los mismos hechos; pero si el jurado declara á uno culpable, y surge alguna die ficultad para la aplicacion de la pena, queda á voluntad del juez remitirlat á los tribunales superiores y aplazar la publicacion de la sentencia; entre tanto vuelve á encarcelar al acusado, o le pone en libertad provisional bajo fianza.

Una ley de 1825 (6, Jorge IV, cap. 50) determina la formacion de los jarados los inspectores de pobres en las parroquias hacen todos los años las listas de las personas que tienen aptitud para serlo. Estas listas se remiten al juez de paz, que establece para todo el condado un registro por medio del cual se forma el jurado. El acusado tiene el derecho de recusacion y puede ejercerlo contra el jurado si su formacion es ilegal. El mismo derecho tienen los oficiales de la corona. assign dove si st Ya hemos dicho que no hay en Inglaterra ministerio público, sino en casos escepcionales, que interesan á la corona directamente; en tanto que los acusados pueden ser asistidos de un defensor en todas circunstancias. Por estracto) H.-(De El Imparcial.) of epp casi sivo no rea

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Presidencia del Consejo de Ministros. Orden de 30 de junio, determinando la forma en que han de concederse los ascensos del personal de Ayudantes de Topografia catastral (Gaceta de 14 de julio.).

Excmo. Sr.: He dado cuenta á S. A. el Regente del Reino de lo es

puesto por V. E. sobre los inconvenientes que en la práctica ofrece el cumplimiento de los artículos 7.° y 8.° de la real órden de 23 de diciembre de 1863, que establecieron para los ascensos del personal de Ayudantes de Topografía catastral la antigüedad rigurosa, combinada con eleccion limitada en concurso de méritos y servicios; y teniendo presente que este sistema, encaminado á despertar la emulacion y amor al trabajo en los referidos empleados, y á premiar, como es justo, a los que verdaderamente se distinguiesen, ha producido, segun la esperiencia ha demostrado, contrarios efectos de los que el Gobierno supremo se propuso al dictarlo, pues que siendo distintas la índole y marcha de las operaciones encomendadas á dichos funcionarios no puede existir perfecta unidad al apreciarse y calificarse su comportamiento por los Jefes respectivos: que por esta razon acontece que un individuo de escelentes circunstancias obtiene peor calificacion que otro que no las reune tan buenas: que algunos por causas ajenas á su voluntad no encuentran ocasion de distinguirse, y se ven privados por ello de figurar en la lista de elegibles; á lo que se agrega, por último, que probándose en los cuerpos de escala la aptitud necesaria al ingreso, debe considerarse siempre a todos los que á los mismos pertenecen igualmente capaces, motivo por sí solo bastante para que los ascensos á los Ayudantes del Catastro se concedan única y esclusivamente por antigüedad, á imitacion de lo que sucede en los cuerpos facultativos sostenidos por el Estado, desapareciendo por consiguiente el turno de eleccion, pero manteniéndose la postergacion y aun la separacion, que podrán aplicarse en su caso á dichos funcionarios cuando por flojedad ú otros motivos se aparten de sus deberes; S. A. el Regente del Reino, de conformidad con lo informado por la Junta general de Estadistica, ha tenido á bien resolver lo siguiente:

1. Los ascensos á los Ayudantes de Topografía catastral se darán en lo sucesivo única y esclusivamente á la antigüedad rigurosa, quedando abolido el turno de eleccion que se estableció por la citada real orden de 23 de diciembre de 1863.

2. Si no fueren suficientes la reprension verbal y por escrito y la suspension temporal de sueldo para corregir las faltas leves que en el servicio cometan dichos empleados, podrá imponérseles la postergacion y aun la separacion del empleo.

3. Para aplicar á un Ayudante la postergacion 6 la separacion de su empleo deberá instruirse el oportuno espediente, haciendo constar los motivos que á ello den lugar; y oido el interesado y el parecer de la Jun-" ta general de Estadística, se someterá por la Vicepresidencia el asunto á la resolucion superior.

Y 4. Continuarán en su fuerza y vigor todas las demás disposiciones de la citada real órden de 23 de diciembre de 1863 no derogadas por otras posteriores en cuanto no se hallen en oposicion con lo que la presente previene.

De órden de S. A. el Regente del Reino lo participo á V. E. para su Conocimiento y demás efectos. Dios guarde á V. E. muchos años. Madrid 30 de junio de 1869.-Prim.-Sr. Vicepresidente de la Junta general de Estadística.

Gracia y Justicia.-Orden de 22 de julio, suspendiendo el dar curso á solicitudes de licencia, y declarando caducadas las concedidas por este Ministerio (Gaceta de 23.).

Los últimos atentados cometidos contra las propiedades y las personas,

que pueden no ser ajenos á los esfuerzos de los partidos hostiles al actual orden político, exigen que el Gobierno adopte todas las medidas que se hallan dentro de sus atribuciones para evitar la repeticion de los actos vandálicos perpetrados en varios puntos de la Península. Uno de los medios que mas poderosamente contribuirán á prevenir los crímenes será la seguridad de que prontamente recibirán el condigno castigo; pero esto no puede absolutamente conseguirse sin que todos los funcionarios del órden judicial y Ministerio fiscal se hallen en sus respectivos puestos. Como consecuencia necesaria de este deseo del Gobierno, suspenderá V..... dar curso á las solicitudes de licencia que se le dirijan por los funcionarios del distrito de esa Audiencia. Se declaran igualmente caducadas todas las licencias concedidas por este Ministerio; debiendo presentarse en sus destinos en el término de 15 dias desde la publicacion de esta órden todos los que se hallen haciendo uso de ellas, entendiéndose que renuncia el que esto no cumpla; dando V..... parte, bajo su responsabilidad, de cualquiera omision que observe.

Dios guarde á V..... muchos años. Madrid 22 de julio de 1869.-Ruiz Zorrilla. Sres. Regente y Fiscal de la Audiencia de.....

Hacienda.-Ley de 19 de julio, reduciendo el capital de la Sociedad Catalana general de Crédito (Gaceta de 21.).

D. Francisco Serrano y Dominguez, Regente del Reino por la voluntad de las Cortes Soberanas; á todos los que las presentes vieren y entendieren, salud; Las Cortes Constituyentes de la Nacion española, en uso de su soberanía, decretan y sancionan lo siguiente:

Artículo 1. El capital de la Sociedad Catalana general de Crédito queda reducido á 3 millones de escudos nominales, representados por 30,000 acciones de á 100 escudos cada una.

Art. 2. El capital efectivo en que la Sociedad se reorganiza se fija en 2.100,000 escudos, ó sea 70 por 100, con arreglo al acuerdo de la junta general de accionistas de 18 de febrero de 1868, y con la reserva del 40 por 100 que prefija la ley de 28 de enero de 1856.

De acuerdo de las Cortes Constituyentes se comunica al Regente del Reino para su promulgación como ley.

Palacio de las Córtes diez de julio de mil ochocientos sesenta y nueve. -Nicolás María Rivero, Presidente.-Manuel de Llano y Pérsi, Diputado Secretario.-El Marqués de Sardoal. Diputado Secretario.-Julian Sanchez Ruano, Diputado Secretario.-Francisco Javier Carratalá, Diputado Secretario.

Por tanto:

Mando á todos los Tribunales, Justicias, Jefes, Gobernadores y demás autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas de cualquiera clase y dignidad, que lo guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar en todas sus partes.

Madrid diez y nueve de julio de mil ochocientos sesenta y nueve.Francisco Serrano.-El Ministro de Hacienda, Constantino de Ardanáz.

Hacienda.-Ley de 19 de julio, declarando que continuan siendo administrativos los procedimientos contra los primeros y segundos contribuyentes para la cobranza de sus respectivos descubiertos, liquidados á favor de la Hacienda pública, y determinando la competencia de los Jueces de paz en estos asuntos (Gaceta de 21.).

D. Francisco Serrano y Dominguez, Regente del Reino por la voluntad

de las Cortes Soberanas a todos los que las presentes vieren y entendieren, salud: Las Córtes Constituyentes de la Nacion española, en uso de su soberanía, decretan y sancionan lo siguiente: ob vejo {

Articulo Continuarán siendo administrativos-los procedimientos contra primeros y segundos contribuyentes para la cobranza de sus respectivos descubiertos liquidados a favor de la Hacienda upública, y estos asuntos no podrán hacerse contenciosos mientras no se realice el pago ó consignacion de lo liquidado en las Cajas del Tesoro público.eba

Art. 2. La base de estos procedimientos será la relacionsó el certificado espedido por el funcionario directamente vencargado de la cobranza, en el que se acredite el descubierto despues de hacerse constar, haber sido invitado al pago el deudor con la antelacion y en la forma que determiDan las disposiciones administrativas.nomic ask 093

Art. 3.ferLantramitación de estos procedimientos será la que las leyes -y disposiciones administrativas señalan á la vía de apremio.) Fotos

Art. 4. El Juez de paz será competente para decretarola entrada en el domicilio de un español ó estranjero residente sen España, con el objeto de llevar á efectos los embargos de bienes acordados en el procedimiento administrativo obale 19 sup KLITO 679) 69%

La será igualmente para autorizar la venta de bienes muebles ó: inmuebles en el mismo procedimiento, cualquiera que sea el importe del débito. No podrá autorizar dicho embargo y venta de bienes sino cuando de los espedientes resultaré haberse llenado todos los requisitos que para que uno y otro sean procedentes exigen las leyes que rigen el procedimiento administrativos - Llenados estos requisitos, no podrán escusarse en modo alguno de autorizar aquel embargo ó ventatacó potiboja aid, "qutaja

Art. 5.Serán asimismo competentes los Jueces de pazi para decretar el reconocimiento de la morada y la aprehension de los efectos de contrabando que en ella puedan hallarse dentro de la zona fiscal, cuando la persecucion exija aquellos actos en virtud de sospecha fundada que abriguen los funcionarios encargados de dicha persecucion.930656

Esta autorizacion habrá de darse en el acto de ser requerido el Juez por estos funcionarios, levantándose acta en que consten los motivos racionales en que descansa la sospecha. El registro de la morada no podrá hacerse de noche.upt det sa fortages I gups nubers OBY A. o Solo podrá negarseda autorizacion cuando la sospechaosea claramente infundada eb orjest enfi291. 822 0016031391 CUP

Art. 6. En el caso de incompatibilidad, ausencia só enfermedad del Juez de paz, será reemplazado por quien designen ó hayan designado las leyes. 206. 510916962sh (670.det 12 oraïen £d Diy Bi à ZODEGA

Art. 75° El Gobierno dietará las disposiciones necesarias para la ejecucion delay presenterey, armonizando con ella el procedimiento administrativo de apremio1 ) eier 201 at 2017 for?«g« ▹དཀ901L9,3,tIHe

De acuerdo de las Cortes Constituyentes se comunica al Regente del Reino para su promulgacion como leya-1909 cao, akit so

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Palacio de las Cortes trece de julio de mihochocientos sesenta y nueve. Nicolás María Rivero, Presidente. Manuel de Llano y Pérsi, Diputado Secretario. Julian Sanchez Ruano, Diputado Secretario.-El Marqués de Sardoal, Diputado Secretario. Francisco Javier Carratalá, Diputado Secretarionnels y ac96bicpel ge nalia 152 Juan

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