BOLETIN DE LA REVISTA GENERAL DE LEGISLACION Y JURISPRUDENCIA, periódico oficial DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID. AÑO DÉCIMOSESTO. TOMO XXXI. Segundo semestre de 1869. MADRID.-1869. IMPRENTA DE LA Revista de Legislacion, á cargo de Julian Morales, legio Notarial de Cáceres, elevada al Mia que se reforme el proyecto de aranceles ndica. el arancel de los Registradores en la parte Real decreto de 22 de mayo de 1863 en el de la ley Hipotecaria, porque los honorarios gran trabajo que tiene que prestar el Registradocumento. del decreto sobre refundicion de fueros, resolvienpueden surgir acerca de la inteligencia del art. 391 miento como queda reformado. la entrega de los protocolos pertenecientes á notae se hallan indebidamente en poder de algunos Node los distritos notariales, para que de este modo decreto de 8 de enero último. de ley presentada por los Sres. Llorens, García vilegio de que los párrocos autoricen testamentos por causa de muerte, defendiendo que despues si bien han podido recibir testamentos, no han cuya facultad reserva aquella únicamente al No (Julio-1869). |