Tratados vigentes, 1825-1925, Volumen2

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Litografías e Imprentas Unidas, 1925
 

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Página 295 - La ley del lugar de la situación de los bienes hereditarios, al tiempo de la muerte de la persona de cuya sucesión se trate, rige la forma del testamento. Esto no obstante, el testamento otorgado por acto público en cualquiera de los 'Estados contratantes será admitido en todos los demás.
Página 307 - Los jueces del país en que la sociedad tiene su domicilio legal son competentes para conocer de los litigios que surjan entre los socios o que inicien los terceros contra la sociedad. Sin embargo, si una sociedad domiciliada en un Estado, realiza operaciones en otro, que dén mérito a controversias judiciales, podrá ser demandada ante los tribunales del último.
Página 320 - No es indispensable para la vigencia de este Tratado su ratificación simultánea por todas las Naciones signatarias. La que lo apruebe lo comunicará á los Gobiernos de las Repúblicas Argentina y Oriental del Uruguay, para que lo hagan saber á las demás Naciones contratantes. Este procedimiento hará las veces de canje. Art. 14.
Página 238 - Las sentencias y fallos arbitrales dictados en asuntos civiles y comerciales en uno de los Estados signatarios, tendrán en los territorios de los demás la misma fuerza que en el país en que se han pronunciado, si reúnen los requisitos siguientes: (a) Que la sentencia ó fallo haya sido expedido por tribunal competente en la esfera internacional.
Página 231 - Los derechos de autor se reconocerán, salvo prueba en contrario, a favor de las personas cu_vos nombres o seudónimos estén indicados en la obra literaria o artística. Si los autores quisieren reservar sus nombres, deberán expresar los editores que a ellos corresponden los derechos de autor. ARTÍCULO 11. Las responsabilidades en que incurran los...
Página 312 - Las cuestiones que se susciten entre el dador y el tomador serán sometidas a la jurisdicción de los tribunales donde se encuentren los bienes sobre los cuales se ha realizado el préstamo. En el caso en que el prestamista no pudiese hacer efectivo el cobro de las cantidades prestadas en los bienes afectos al pago, podrá ejercitar su acción ante los tribunales del lugar del contrato o del domicilio del demandado.
Página 355 - Sus Excelencias el Presidente de la República Argentina, el de Solivia, el de Colombia, el de Costa Rica, el de Chile, el de la República Dominicana, el del Ecuador, el de El Salvador, el de los Estados Unidos de América, el de Guatemala, el de Haití, el de Honduras, el de los Estados Unidos Mexicanos, el de Nicaragua, el del Paraguay, el del Perú y el del Uruguay; Deseando que sus países respectivos fueran representados en la Segunda Conferencia Internacional Americana, enviaron...
Página 278 - Si alguna de -las Naciones signatarias creyese conveniente desligarse de la Convención o introducir modificaciones en ella, lo avisará a las demás; pero no quedará desligada sino dos años después de la denuncia, término en que se procurará llegar a un nuevo acuerdo.
Página 262 - El asilo es inviolable para los perseguidos por delitos políticos, pero la nación de refugio tiene el deber de impedir que los asilados realicen en su territorio, actos que pongan en peligro la paz pública de la Nación contra la cual han delinquido.
Página 299 - ... se ventilarán en todo lo que les afecte personalmente ante los tribunales del país en que estén domiciliados los padres...

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