Colección legislativa de España: (Continuación de la Colección de decretos.), Volumen93Imprenta del Ministerio de gracia y justicia, 1865 |
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... época que a los documentos espresados se hubiera , designado ó designe para su pago , y siempre que las operaciones por las que hayan de recibirse no bajen del plazo de tres meses fecha . De Real órden lo comunico á V. I. para su 91 ...
... época que a los documentos espresados se hubiera , designado ó designe para su pago , y siempre que las operaciones por las que hayan de recibirse no bajen del plazo de tres meses fecha . De Real órden lo comunico á V. I. para su 91 ...
Página 9
... plazos de instruccion , pero será efectivo en caso de absolucion , siempre que resulten responsables al pago de las cuotas . CAPITULO II . De la investigacion . Art . 4. La investigacion se dirigirá á averiguar las industrias , artes ú ...
... plazos de instruccion , pero será efectivo en caso de absolucion , siempre que resulten responsables al pago de las cuotas . CAPITULO II . De la investigacion . Art . 4. La investigacion se dirigirá á averiguar las industrias , artes ú ...
Página 10
... plazo sin haberlo ve- rificado , se le considerará como defraudador sujeto a las penas que señala el art . 2. ° Para hacer constar el requerimiento estenderá el Investigador una diligencia formal en que se hagan constar los hechos , que ...
... plazo sin haberlo ve- rificado , se le considerará como defraudador sujeto a las penas que señala el art . 2. ° Para hacer constar el requerimiento estenderá el Investigador una diligencia formal en que se hagan constar los hechos , que ...
Página 16
... plazo de los tres dias de que habla el art . 8. , y el espediente se encabezará con certifica- cion , en que conste no hallarse inscrito en las matrículas y adicio- nes del año respectivo . Art . 54. Los contribuyentes que se encuentren ...
... plazo de los tres dias de que habla el art . 8. , y el espediente se encabezará con certifica- cion , en que conste no hallarse inscrito en las matrículas y adicio- nes del año respectivo . Art . 54. Los contribuyentes que se encuentren ...
Página 55
... plazos en que han de verificarse los pagos al rematante , y las demás cir- cunstancias que los Gobernadores consideren convenientes en cada caso segun las localidades . 1 5. Los anuncios de la subasta y pliego de condiciones se pu ...
... plazos en que han de verificarse los pagos al rematante , y las demás cir- cunstancias que los Gobernadores consideren convenientes en cada caso segun las localidades . 1 5. Los anuncios de la subasta y pliego de condiciones se pu ...
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Términos y frases comunes
18 de Abril 21 de Junio 25 de Febrero abono Abril Administracion Administrador Aduanas Alloc aprobacion aprobado Aranceles arreglo Autorizando Caja CAPITULO cargo cion Comercio Comision Compañía concede conformidad conocimiento y efectos Consejo de Ministros Considerando CRÉDITOS PRESUPUESTOS cuenta Cuerpo Dado en Palacio deben declarar derecho DESIGNACION despues digo á V. E. Direccion Director disponer disposiciones efectos correspondientes Enero Epist esceda Escudos espediente espresado espuesto establecimiento estranjero estraordinarios Excmo facultativa ferro-carril Fomento gastos Gobernacion Gracia y Justicia guarde á V. E. Guerra Hacienda pública Idem Ingenieros Jefes ingresos Inspectores instruccion Intendente islas Junio Junta Leopoldo O'Donnell Madrid Marzo Material Mayo Minas Ministerio de Ultramar montes obligaciones Oficiales órden lo digo pago Personal plazo presente PRESIDENCIA DEL CONSEJO provincia provinciales Ramon María Narvaez Real decreto Real mano Real órden reglamento reglas Reina Q. D. G. remitirán Rentas respecto rubricado Seccion servicio subasta tambien Tesoro tículo Tribunal vigente Vocales
Pasajes populares
Página 716 - Por tanto mandamos á todos los tribunales, justicias, jefes, gobernadores y demás autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Tendréislo entendido para su cumplimiento, y dispondréis se imprima, publique y circule.
Página 293 - ... de Mayo de 1855. ART. 4.° Los peritos desempeñarán su comisión con arreglo á lo dispuesto en las leyes de 1.
Página 278 - Fundado en las consideracio'hes expuestas, el Ministro que suscribe tiene la honra de someter á la aprobación de VM el adjunto proyecto de decreto. Madrid 28 de Septiembre de 1889.— Señora: A LRP de VM, Manuel Becerra.
Página 129 - Fundado en las anteriores consideraciones, y de acuerdo con el Consejo de Ministros, el que suscribe tiene el honor de someter á la aprobación de V. M. el siguiente proyecto de decreto. Madrid, 18 de Julio de 1893.
Página 197 - Crear empresas de caminos de hierro, canales, fábricas, minas, dársenas, almacenes generales de depósito, alumbrado, desmontes y roturaciones, riegos, desagües y cualesquiera otras industriales ó de utilidad pública.
Página 182 - Real orden lo digo á VE para su conocimiento y demás efectos. Dios guarde á VE muchos años.
Página 194 - Conformándome con lo propuesto por el Ministro de Hacienda, de acuerdo con el Consejo de Ministros, Vengo en decretar lo siguiente: Artículo único. Se próroga por seis meses el término señalado en el art. 1.
Página 86 - Comandancia del presidio en que aquéllos se encuentren un expediente informativo de los hechos y motivos que hayan dado lugar á la sospecha de la demencia, en el que se consigne el primer juicio, ó por lo menos la certificación de los Facultativos que los hayan examinado y observado.
Página 335 - En vista de las razones que me ha espuesto el Ministro de Hacienda, de acuerdo con el parecer del Consejo de Ministros, vengo en decretar lo siguiente : Artículo 1.
Página 114 - Prestar sobre efectos públicos, acciones ú obligaciones, géneros, frutos, cosechas, fincas, fábricas, buques y sus cargamentos, y otros valores, y abrir créditos en cuenta corriente, recibiendo en garantía efectos de igual clase. 8.* Efectuar por cuenta de otras Sociedades ó personas toda clase de cobros ó de pagos, y ejecutar cualquiera otra operación por cuenta ajena. 9.