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misto quebrantó tambien la unidad; porque si en la época posterior hasta nuestros dias apareció el derecho novísimo, vivo en vuestra memoria, á ella corresponde el concilio de Trento, los concordatos del 737 y 53 y el último del año 51, que son asimismo leyes del reino. Familiarizados vosotros con ambas ciencias, no menos que con todas las demás que auxilian al magistrado en el ejercicio de su grave mision, seria oficioso bosquejar el boceto histórico de la iglesia y de su derecho en general, la influencia que ejercieron en la disciplina las colecciones publicadas para el régimen de la misma, los libros de las constituciones, las obras de Dionisio Exiguo, Juan Escolástico, Focio, Ferrando y otros hombres de nota imperecedera; sobre todo, porque ese estudio nos llevaria como de la mano, y esto fuera en gran manera pesado y ocioso, al de las capitulares de los reyes francos, at decreto del laborioso benedictino que le imprimió su nombre de Graciano, al de los Diálogos escritos por el sábio D. Antonio Agustin, arzobispo de Tarragona, al de las obras, por último, en que tan alta prez alcanzaron los Píos y los Gregorios, Papas, Reyes y legisladores.

De ese exámen crítico y analítico, y de esa concienzuda comparacion, sacaréis, señores, puntos de contacto que asimilan las prescripciones de ambos derechos, y á veces las hacen armónicas, idénticas y unas; de ese exámen comparativo y de ese análisis detenido sacaréis el convencimiento de que siendo una la verdad, una la fuente de donde surge, aunque nacidos en diversas épocas, ambos derechos, y con miras mas duraderas el uno que el otro, los dos pueden vivir en perfecto acuerdo y deben ser igualmente estudiados; de ese exámen comparativo, en fin, deduciréis que á la manera que la justicia intrínseca es inmutable, no obstante la volubilidad inherente á los preceptos humanos, la base en que descansa el derecho canónico es igualmente inmutable, por mas que reyes desatentados ó cismas impios hayan asestado sus tiros contra la moral y la fé que constituyen el dogma, cuyo espíritu, mas suave que el perfume del jazmin, que escede en claridad á la luz del sol, que le esparce radiante sobre los tronos de los Césares, para que sean compasivos; sobre los palacios de los grandes para que ejerzan la caridad; sobre las cabañas de los menesterosos para que sean humildes, nació con Jesus, floreció con su predicacion, alzóse lozano entre sus discípulos, infiltróse rápidamente en las entrañas de la humanidad, se levantó magnífico sobre los príncipes y los pueblos, y dió ser y vida á la Iglesia cristiana, que, como Dios, nació humilde en Belen, y dominó poderosa la Judea, y cubrió con su manto la tierra, y subió tranquila al Calvario, no para morir con el hombre en el Gólgota, sino para penetrar triunfante como Dios en el cielo. No temais, señores, por la Iglesia, que es imperecedera; estudiad los cánones de su derecho, que son justos; conjurad los cismas, que son fatales; pero, como vuestros dignos predecesores, defended tambien el patronato Real de perturbadoras invasiones.

Trazado está ya el sendero por donde hemos de enderezar nuestros pasos firmes y seguros, sin inclinarlos á ninguna de las márgenes que le ciñen, y en cuyas vertientes se descubren solo escollos y precipicios: tendida nuestra vista á lo largo de ese camino y fija siempre en su término, encontrarémos respeto y alabanzas, si llegamos á él sin caida ni tropiezo.

La carrera, señores, es larga y difícil. Las hay en los pueblos encargados de velar por la integridad de su territorio y la defensa de sus mas caros intereses; y á ellas afluyen los briosos elementos de la fuerza disciplinada y del agresivo entusiasmo que se organizan en los campos de batalla, que se desarrollan al sonido del clarin, que enferman y se postran al es◄

'tampido del cañon: por eso registran sus anales nombres de capitanes esclarecidos y de sangrientas escenas: su mision es eminentemente guerrera y transitoria. Las hay que, siguiendo el movimiento vivificador, aunque lento, de los siglos, consagran sus vigilias á las ciencias exactas, á la economía y al comercio, al estudio de las situaciones anómalas y de los períodos tranquilos, á la apreciacion de los elementos constitutivos del bien y del mal, y en ellas concurren génios y talentos que embellecieron el campo del saber humano, disiparon la nubes del error, y pusieron en contacto polos opuestos y en diaria correspondencia mundos diferentes: por eso registran sus anales nombres de estadistas, filósofos, oradores, políticos y literatos. Su mision es eminentemente regeneradora y progresiva. Las hay un, tanto abstraidas del mundo, y mas cuidadosas de las acciones morales que de todo lo á él apegado y con él perecedero, que cuentan en sus filas á Tomás, Santiago y Raimundo, Pablo, Agustin y Lorenzo: por eso registran sus anales nombres de apóstoles, soldados y mártires. Su mision es eminentemente espiritualista y pacífica. Hay otra, señores, y es la nuestra, reflexiva en sus estudios, detenida en sus tareas, grave, mesurada é inquebrantable en su rectitud: por eso registran sus anales á Diaz Montalvo, Gregorio Lopez, Bentham, D'Aguesau, Mayans y Campomanes. Su mision es eminentemente social, y augusto su sacerdocio. Dejémos, señores, á los teólogos y para actos de otra índole, examinarlo bajo su aspecto moral, suave y encantador, porque la justicia, modesta y sigilosa como la caridad, tranquila y serena como la templanza, que huye del irascible y se oculta al imperito, que se aleja de las pasiones aviesas y vela su rostro al juez 6 letrado que le niega culto y adoracion, resume, señores, en su purísima escelsitud la apacible luz de las estrellas, el rayo refulgente del sol y los atributos magestuosos de las mas sublimes virtudes; pero habréis de permitirme, no obstante, si mis palabras no os fuesen molestas, que enuncie algo de lo mucho que vale la justicia como elemento social. Buscadla en la familia, y la veréis armonizando con su aliento las funciones directivas del amo con las materiales del sirviente: buscadla en las aldeas y lugares, y la veréis inspirando confianza al inerme pastor, tranquilidad y sueño al desarmado labriego: buscadla en las villas y ciudades, y la veréis autorizando con su escudo y á su sombra obligaciones perdurables y las mas importantes transacciones: buscadla en las capitales mas crecidas, allí donde el bullicio y el tropel se amalgaman en permanente confusion, y la veréis ordenar el movimiento de las muchedumbres y presidirlas con su espíritu regulador: buscadla tambien en medio de las hazañas é invasiones de los tiempos heróicos, y la historia antigua os fia de que permaneció impasible y desapasionada: buscadla en las revueltas y desbordamiento general de la edad media, mas acriminada de lo que por sus defectos merecia, menos disculpada de lo que sus circunstancias exigieran, á la cual, si no correspondieron los Augustos, Titos y nuestros compatricios Trajano y Adriano, tampoco fueron hijos suyos los Decios, Caligulas y Nerones; y la veréis hermanar sus obras con el desarrollo que de nuevo recibieron las ciencias en el siglo XIII, punto de partida á períodos de esplendor y engrandecimiento: buscadla alrededor del feudalismo, cerca de las cruzadas, en las espediciones que el mundo de Occidente hizo al de Oriente; y la veréis condenar las demasías de los señores sultánicos, y fortificar al Hermitaño Pedro, al docto Bernardo y á Luis el Santo, de quienes recibieron no escasos beneficios la civilizacion y las letras, á pesar de los desastres que en pos de sí arrastran las guerras: buscadla en los siglos posteriores, en medio de la reforma, entre el cisma de Lutero y la predicacion de Leon el X

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y la veréis anatematizar las tempestades de la arrogancia despechada y el calenturiento fanatismo del fraile obstinado: buscadla, por último, en nuestros dias, ora cuando la paz convida con sus encantos, ora cuando de ella se ha visto privada la tierra, y la veréis rodeada de su cohorte y de sus ministros, infundiendo respeto y consideracion á todos. Suspended, señores, si os pareciera exajerada la pintura, el curso de la justicia, y al momento tendréis el incendio en los campos, teñidas en sangre las calles, abandona-` das las poblaciones, cubiertos de cadáveres los desiertos, asustadas las aguas y la tierra con el bramido del satánico combate, y sustituido á la mas prečiosa conquista de la civilizacion el conflicto mayor del mas horroroso

caos.

Quizá el apego al ropaje que llevo, ó al propio amor disfrazado, benda mi vista, exajera mis ideas, conduciendo á punto falso las apreciaciones de mi razon respecto á la influencia de la justicia como elemento necesario de la sociedad; pero de seguro convendréis conmigo en que si los reyes, Jos cónsules, tribunos, emperadores, repúblicas, monarquías, estados é instituciones humanas, todas sin escepcion han ido sucediéndose en la série de los tiempos y en la volubilidad del entendimiento humano con sus condiciones é importancia respectivas, la justicia fué, es y será una é inmutable, como inmutable y uno es el origen de donde nace; y habréis asimismo de convenir conmigo en que si el sacerdocio gentífico, el pagano, el de la razon y aun el de la ley antigua, sustituido por el de la nueva ley, cesaron y concluyeron, el de la justicia, que nació en el paraiso, ha de confundirse con la eternidad. ¡Ved, señores, si es grande y duradero, como os dije, nuestro sacerdocio! Y si somos miembros suyos y él abre exámen público 'sobre nuestro comportamiento como padres y esposos; sobre nuestra conducta como ciudadanos y ministros; sobre nuestras acciones en la esfera reducida de nuestra individualidad; en el órden gerárquico de nuestro càrácter, en la region mas elevada de nuestro oficio; comprended, señores, el nimio afan y la acuciosa diligencia que han de emplearse en la investigacion á que estamos sometidos; comprended que si reasumimos el poderío de la jurisdiccion, la inteligencia práctica de la ley y el cumplimiento religioso del precepto, es para que sostengamos los derechos imprescriptibles del honor, los privilegios inconcusos de la propiedad, los altos fueros ocultos de la razon; es para que el recuerdo de las vigilias y afanes pasados, casi siempre y rara vez puestos en balanza de fiel equidad, sirvan de estímulo á nuevos trabajos y mas prolongadas tareas, que sí en pos de sí no dejan emblemas seductores, armas heráldicas, títulos señoriales, ni aun modesta subsistencia á nuestros pobres hijos; ellos, envueltos en la toga de sus padres, Hevarán la fama de su honra mas allá del sepulcro; y es tambien, señores magistrados, funcionarios del ministerio fiscal, jueces' ordinarios y de paz, doctos jurisconsultos, auxiliares todos de la ley en su inteligente aplicación, y de la justicia en su recto ejercicio, para que, al reflèjo de la antorcha inestinguible que ella sostiene, se descubran la rectitud, el celo y la vigilancia de que tantas pruebas teneis dadas en el largo trascurso de vuestra vida oficial. Recibid, en lugar de lisonja que deprime al que la otorga sin enaltecer al que la admite, el parabien sincero del que en cambio os pide indulgencia. He dicho.

DOMINGO MORENO.

SECCION LEGISLATIVA.

Ministerio de la Guerra y de Ultramar.-Real decreto de 5 de febrero, autorizando la constitucion de la sociedad anónima del Crédito moviliario પુ Fomento cubano (Publicado en la Gaceta del 7.).

De acuerdo con lo espuesto por mi Ministro de la Guerra y de Ultramar, oido el Consejo Real, y con la conformidad del de Ministros, Vengo en decretar lo siguiente:

Artículo 1. Se aprueba el acuerdo del Gobernador Capitan general de la Isla de Cuba de 17 de abril de 1857, por el cual autorizó la constitucion de la sociedad anónima del Crédito moviliario y Fomento cubano, con estricta sujeción á los Estatutos y Reglamento que aprobó en igual fecha, introduciendo en ellos las alteraciones convenientes y conformes á lo prescrito en la Real cédula de 19 de octubre de 1853.

Art. 2. Se autoriza á la Compañía para aumentar el capital social hasta la suma de 12 millones de pesos, siempre que acredite estar suscrita la mitad de las acciones que representan esta cantidad, al tenor de lo dispuesto en el art. 18 de la Real cédula antes citada.

Dado en Palacio á cinco de febrero de mil ochocientos cincuenta y nueve. Está rubricado de la Real mano.-El Ministro de la Guerra y de Ultramar, Leopoldo O-Donnell.

Id. de id.-Circular de 25 de enero, organizando el servicio y cuer-, po de Sanidad militar en las Islas Filipinas (Publicada en la Gaceta de 7 de febrero.).

Excmo. Sr.: El Sr. Ministro de la Guerra dice con esta fecha al Capitan general de Filipinas lo que sigue:

«La Reina (Q. D. G.), tomando en consideracion lo propuesto por V. E. en diferentes fechas, lo informado por el Director de Sanidad militar en 12 del corriente mes, y vista la ley de 21 de noviembre de 1855, que prescribe el modo y forma con que puede y debe llevarse á cabo el arreglo definitivo del servicio y cuadro orgánico de Sanidad militar en Ultramar, se ha servido resolver lo siguiente:

Art. 1. El cuadro orgánico del Cuerpo de Sanidad militar en las Islas Filipinas se constituirá con el personal siguiente:

Un Subinspector médico de primera clase, dos médicos mayores, cinco primeros médicos, quince primeros ayudantes, un primer farmacéutico y cuatro primeros ayudantes de farmacia.

Art. 2. Los individuos de las clases detalladas en el artículo anterior disfrutarán el sueldo y gratificaciones que por reglamento les correspondan. Art. 3. El Subinspector médico de primera clase será Jefe de Sanidad militar en las Islas, bajo la dependencia del Capitan general residirá á su inmediacion, y desempeñará las funciones que el reglamento impone á los de su clase.

Art. 4. De los médicos mayores, el mas antiguo tendrá á su cargo la oficina del detall del Cuerpo; sustituirá al Subinspector en su ausencia, y enfermedades, y presidirá la junta encargada del laboratorio farmacéutico de Manila. El otro será Jefe facultativo del hospital militar de dicha capi tal. Los demás profesores médicos tendrán respectivamente las funciones y destinos que segun las necesidades del servicio, les señalare el Capitan general de la Isla, á propuesta del Jefe de Sanidad.

Art. 5. Formarán parte del cuadro del personal médico los profesores civiles que por nombramiento de la Hacienda, anterior á la Real orden de 8 de mayo de 1854, fueron destinados á los hospitales y enfermerías de las Islas referidas y no se han separado hasta ahora del servicio. Se les dará ingreso en el Cuerpo de Sanidad militar, clasificándolos en él con los empleos siguientes, siempre que reunan las condiciones de reglamento: Don. Francisco Lasida y Puente, primer ayudante médico, D. José Rodriguez Vela, segundo ayudante idem; D. Cárlos Nalda y Molina, idem idem; Don Francisco Lloret y Gonzalez, idem idem; D. José Piñeiro, idem idem; Don Luis Eizaguirre, idem idem."

Art. 6. Sin embargo de los empleos con que quedan clasificados los médicos-cirujanos espresados en el anterior artículo, serán considerados plazas efectivas de la dotacion de Oficiales de Sanidad militar de los hospitales y enfermerías á que se hallen destinados.

Art. 7. Si los profesores á quienes se refieren los dos artículos anteriores prefieren no ser considerados plazas efectivas de la dotacion de dichos establecimientos, y desearen optar á los ascensos que puedan correspondenles en la escala del Cuerpo, dirigirán sus instancias en el término de dos meses, contados desde el dia en que se les haga saber su clasificacion, al Subinspector de Sanidad de las Islas, renunciando la inamovilidad que les fué concedida por Reales órdenes de 8 de mayo y 27 de junio de 1854, y sometiéndose á todos los deberes y obligaciones que el reglamento impone á los Oficiales del Cuerpo en los diferentes grados de su escala gerárquica; en cuyo caso entrarán á disfrutar el sueldo señalado por el mismo reglamento á los de su clase respectiva.

Art. 8. Los que prefieren la inamovilidad en sus destinos á hospitales y enfermerías, continuarán disfrutando el sueldo que en la actualidad perciben, cualquiera que sea el empleo con que se les haya clasificado.

Art. 9. Las vacantes que estos oficiales de Sanidad dejaren en los hospitales y enfermerías de su destino, se proveerán en individuos del Cuerpo pertenecientes á las clases á que por reglamento estuviese determinado, segun la categoría de los establecimientos.

Art. 10. El Boticario mayor del hospital de Manila, D. Ildefonso Pulido y Espinosa, será clasificado en la seccion farmacéutica del Cuerpo con el empleo efectivo de primer Ayudante, y el supernumerario en Filipinas, de primer Farmacéutico, entrando desde luego en el goce del sueldo señalado al último por reglamento.

Art. 11. Tendrá á su cargo el referido primer farmacéutico militar inspeccionar la botica del hospital de Manila y el de Vocal de la Junta encargada del laboratorio farmacéutico, que deberá establecerse en dicha capital con las obligaciones que se detallarán en un reglamento especial. De los cuatro primeros ayudantes farmaceuticos uno se encargará de la botica del hospital militar de Manila; otro estará agregado al laboratorio, y los dos restantes se destinarán á los hospitales de Cavite y Zamboanga.

Art. 12. Los Oficiales de Sanidad militar, así médicos como farinacéu ticos á quienes se dá ingreso y clasifica en el Cuerpo por los artículos anteriores, figurarán en la escala de sus respectivas clases á continuacion de los individuos que las constituyen en la Península, y se les marcará el lugar que deberán ocupar respecto de los de su misma procedencia civil, é igual empleo que servian en los demás hospitales de Ultramar con arreglo á sus méritos, circunstancias y antigüedad que contaren en el servicio.

Art. 13. Para proveer de artículos y preparados medicinales los hospitales y enfermerías militares de las Islas Filipinas y los botiquines de los

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