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y la de herramientas para los trabajos propios, puesto que cuando el presidario se emplea en otras cosas, tocará el suministro de los útiles necesarios a quien los utilice; el valor de las tres esquifaciones que anualmente deben darse á los presidarios; pero cuando este suministro se baga por subasta, se acompañará copia certificada de la contrala, recibo del contratista y relacion nominal del reparto.

Art. 166 Cada tres meses se cerrará la cuenta en el libro para remitir el sobrante á la caja de la Inspeccion si lo pidiese," acompañando de oficio la cuenta formal del trimestre con copia certificada del acuse del recibo y de la aprobacion del Inspector, sin perjuicio de reservar el original en su respectivo lugar.

Art. 167. Sin embargo de lo que se espresa en el artículo anterior, los Comandantes de los presidios remitirán à la Inspeccion el dia último de cada mes una nómina circunstanciada de las entradas y salidas en todo él por diferentes conceptos, la cual se sacará del libro ó cuaderno manual que habrá de llevarse á mas del libro general de caja.

Madrid 8 de Octubre de 1863. Aprobado por S. M.-Concha.

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Real órden, mandando abonar á los padres de los soldados estraviados en la campaña de Africa la gratificacion, concedida en el art. 4.° de la ley de reemplazos.

Excmo.. Sr.; El Sr. Ministro de la Guerra dice hoy al Director general de Administracion militar, lo que sigue....!

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He dado cuenta á la Reina (Q. D. G.) del escrito de V, E. de 22 de Agosto último, remitiendo el espediente promovido por Secundino Martin Salgado é Isabel Perez de la Puente, consortes y vecinos de la villa de Bustarviejo, en solicitud del abono de los dos mil reales de que tratan los artículos 4y 5. de la ley de reemplazos de 30 de Enero de 1856, por considerarse con este derecho como únicos herederos de su hijo Ildefonso, soldado que fué del Regimiento infanteria de Saboya, el cual procedente del ejército de Africa pasó á España en 25 de Enero de 1860, enfermo del cólera, desde cuya fecha, ignorándose su paradero, hubo de dársele de baja por estraviado, como sucedió con otros mu chos, que por efecto de las circunstancias y por el estado de sus dolencias o de las heridas recibidas, no permitian adquirir datos de identificacion, de sus personas, ó fallecian embargados en los buques que los conducian á la Península. Enterada S. M. y de acuerdo con lo informado acerca del particular en 13 de Octubre último por la Seccion de Guerra y Marina del Consejo de Estado, se ha servido resolver, que debiendo considerarse a los que fallecieron del cólera en la campaña de Africa en iguales, condiciones y circunstancias que los fallecidos en accion de guerra ó de sus re sultas, se abone al padre de Ildefonso Martin Salgado, el todo de la gratificacion, otorgada por el artículo 4. de la referida ley; quedando á salvo el derecho de la Administracion militar para recla mar en todo tiempo, respecto á los estraviados, el reintegro de.. las cantidades que por tal concepto abone, de los perceptores y el causante, si este último llegase á aparecer. even goth

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De Real orden, comunicada por dicho, Sr. Ministro, lo traslado á V. E. para su conocimiento y efectos correspondientes. Dios, guarde á V. E. muchos años. Madrid 1. de Diciembre de 1863.= El Subsecretario, Gabriel Saenz de Buruaga. Señor.....

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652.

DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD.

(2 Diciembre: publicada en 8 del mismo.)

Circular, disponiendo que las relaciones de bienes que se presenten paPa la inscripción de los testamentos anteriores à la ley hipotecaria se estiendan en papel del sello de 2 reales.

El llimo. Sr. Director general de Rentas Estancadas, con fecha 26 de Noviembre, último me dice lo que sigue:

«Ilmo. Sr. El Excmo.' St. Ministro de Hacienda se ha servido comunicar á esta Direccion general, con fecha 26 de Octubre último, la Real órden siguiente:

Ilmo. Sr. He dado cuenta a la Reina (Q. D. G.) del espediente instruido en esa Direccion general á consecuencia de la reclamacion de la del Registro de la Propiedad solicitando que las relaciones de bienes que se presenten para la inscripcion de los testamentos anteriores à la ley hipotecaria se estiendan en papel del sello de 2 reales.

"En su virtud y considerando que dichas relaciones no tienen otro objeto que el de archivarse, comprendiendo bienes ya poseidos y que por lo tanto no afectan á los rendimientos de la renta del papel sellado :0

"Considerando que si se obligara á los interesados á usar de papel de mas précio que el indicado para las relaciones de que se trala, preferirian los espedientes posesorios sin beneficio alguno de la Hacienda;

S. M., conformándose con lo propuesto por V. I. y lo informado por la Asesoría general de este Ministerio, se ha dignado resolver que los documentos en cuestion procede estenderlos en el referido papel sellado de 2 rs.

Y la Direccion lo traslada á V. 1. para su conocimiento y demás efectos que procedan, y como resolucion á su alenta comunicacion de 22 de Julio último.»

Lo que traslado á V. S. para su conocimiento y efectos oportunos. Dios guarde á V. S. muchos años. Madrid 2 de Diciembre de 1863.-El Director general, Laureano de Arrieta. Sr. Regente de la Audiencia de..

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