Imágenes de páginas
PDF
EPUB

dad de 200 millones, porque no será prudente ni posible gravar con ella á los pueblos. Además es de esperar que reformas administrativas, basadas sobre los principios de templanza en la imposicioń, para no tocar lá dos capitales productivos, justicia o en la reparticion y distribucion de las cargas y fondos públicos, Deconomia en los gastos, fidelidad y sencillez en la recaudacion órden severo en la contabilidad, vý rapidez, en todos los actos administrativos, facilitén desde luego la rebaja de los 200 millones en el presupuesto de gastos, sin notable alteración de los servicios públicos, y preparen el pais para suministrar sin esfuerzoldenMadelante mayores sumas, que la administracion le devuelva con réditos crecidos.

[ocr errors]

Consentida esta rebaja por el Consejo, el cual debe tambien señalar la que doba, hacerse en particular á cada servicio resta proceder al completo y no parcial arreglo de la Hacienda pública. El estado en que se encuentra su organizacion, debido en parte á falta de sistema fundado en verdaderos principios, en parte à no haberse conformado á las nuevas instituciones políticas, hace imposible toda reforma parcial, que sobre poco eficaz, solo serviria acaso para aumentar los entorpecimientos.

1.

2

[ocr errors]

A tres pueden reducirse las bases de esta reforma ot Centralizacion bien entendida de los fondos del Estado. Reforma de la contabilidad, conciliando en ella la precision con la rapidez, y llegan lo al punto de que la cuenta de adminis tracion presentada por el gobierno á las Cortes, sea anualmente comprobante de las de recaudacion y distribucion sometidas al fallo del tribunal mayor.

1

3. Simplificacion y mayor unidad en la administracion de la Hacienda pública en las provincias, introduciendo como elemento de la recaudacion general al Banco de San Fernando bajo pactos ventajosos a los intereses del Estado, y á los de aquel establecimiento, que el gobierno se halla en el caso de protejer y fomentar.

Trascendentales son sin duda estas bases, pues que encierran el gérmen de una reorganizacion completa, pero son precisas si ha de cesar de una vez la incertidumbre que agovia á nuestro crédito, la justa alarma de los acreedores del Estado, y la imposibilidad de atender à las mejoras materiales y morales del pais en la extensa escala que debiera hacerse. El gobierno puede afortunada

á

ལ་༤མ

[ocr errors]

mente adoptar, dentro del círculo de sus atribuciones, casi todas las medidas que han de ser consecuencia de las expresadas bases; y si el Consejo de Ministros cree dignas estas de ser sometidas á la aprobacion de S. M., habrá que principiar á trabajar sobre ellas sin dilacion ni descanso, à fin de que en 1.° de Enero de 1850 quede, planteado todo el sistema. 1 sol ob 9.gsin Reformada, la Hacienda, será cuando habrá crédito y podrán hacerse sin dificultad empréstitos, si convinieren, para obras reproductivas; entonces, y solo entonces, es cuando podrá pensarse en el arreglo de la deuda, cuyos trabajos deben irse preparando desde ahora; entonces será cuando podrá acaso destinarse alguna Auma en los presupuestos para ir pagando los atrasos, y entonces tendrá recursos el pais para atender, sin apuros y sin tocar al presupuesto ordinario, à una ocurrencia imprevista y extraordinaria, como guerra ú otra, semejante. E num sta * ended: 20

Si el Consejo adopta estas ideas, urgentísimo es ocuparse desde luego; bagus 9ley #3 Lotom tengo la

1. De la reforma de los presupuestos de ultramar, á fin de que den el sobrante calculado en 100 millones para este año, pero que no ha podido realizarse por falta de la expresada reforma,

2.° De hacer en los presupuestos de la península la rebaja necesaria para que aparezcan nivelados los gastos con los ingresos, cuya rebaja se calcula por ahora en 200 millones, }.

3. De preparar inmediata é incesantemente los arreglos relativos a la organizacion de la, administracion de las rentas píblicas, á la centralizacion de los fondos del Estado, a la contabilidad y despues, y sobre estas bases, al de la deuda pública, nombrando para ello las comisiónes que fueren necesarias.

[merged small][ocr errors][merged small]

De estas disposiciones hay unas que tienen por objeto disminuir el presupuesto de gastos, y entre ellas deben contarse como principales el arreglo de las clases pasivas; la revision de las clasificaciones, con la prudente y justa reduccion de las pensiones de los cesantes, jubilados y retirados; la colocacion de los cesantes

que lo merezcan, y la agregación al culto y ciero, "prévia Pa átí torización competente, de un gran numero de memorias, aniversarios, obras pías, etc., que en su estado actual & redundan en provecho de pocos, haciendo así muy desigual la condicion de los individuos del clero, o 'ho están aplicados sus fondos segun la mente de los fundadores. El producto de estas fundaciones y otros medios que podrán adoptarse al mismo fin, disminuyendo la cuota 67152 asignada al clero en la contribucion de inmuebles, cultivo y ganaderia, dejará libre una parte de esta contribucion para ser aplicada a las demás atenciones del Estado.

'

Otras disposiciones tendrán por objeto el aumento de los îngresos: tal será, por ejemplo, la represion del contrabando, sobre enyo punto habrán de reformarse las disposiciónes vigentes cuando se publique la nueva ley de a aranceles.

Otras habrá finalmente que, al mismo tiempo que contribuirán al aumento de la riqueza imponible, podrán acaso acrecentar directamente los ingresos del presupuesto. En este caso podrán hallarse las que se mediten y adopten, dirigidas á utilizar y sacar mas provéého que hasta aquí de los bienes baldios y de propios en beneficio del Estado y de los pueblos."wali ba odikoj nd on sup or

[ocr errors][ocr errors]

Acaso los medios propuestos para sacar á la Hacienda pública del abatido estado en que se encuentra parecerán sencillos y aun triviales, pero si no hay otros que adoptary su sencillez los realza! Madrid 29 de Agosto de 1849-JUAN BRAVO MURILLO, HAMİİ

[ocr errors][merged small]

La precedente exposicion, en cuanto á los datos, era el resultado de estados oficiales y muy detallados, de los cuales se dió igualmente conocimiento al Consejo de Ministros.

[ocr errors][ocr errors][ocr errors][ocr errors][merged small]
[ocr errors]
[ocr errors][ocr errors][ocr errors]
[ocr errors]
[ocr errors][ocr errors][subsumed][subsumed][ocr errors][ocr errors][subsumed]
[ocr errors]
[ocr errors]

Cosimo Smilliot of minel rided buis e h Po hd sl chiesa ad fed on a boots b DISPOSICIONES ADOPTADAS POR EL GOBIERNO, PREPARATO~[ ORIAS DEL ARREGLO DE LA DEUDANON

[merged small][ocr errors][ocr errors][merged small]

chaled

Ocupase el Minis

terio en el proyecto

Deuda.

3

[ocr errors]

Poy El ofrecimiento hecho por el Presi

dente del Consejo de Ministros, Duque dél arregloj dela de Valencia, a los representantes de los 7tenedores extrangerds de deuda Española, y lo manifestado por el Gobierno en el Congreso con motivo de la proposicion del Sr. Sanchez Silva, fueron las causas que me obligaron á ocuparme, cosa que no habia podido hacer antes, en el proyecto del arreglo de la deuda. Me dediqué à ello desde luego con toda preferencia, y se hubiera sometido en aquella misma. legislatura el proyecto á las Cortes, á no haberse cerrado estas en 18 de Febrero de 1850. No pudiendo, de consiguiente, hacerlo el Gobierno por entonces, dieto las disposiciones convenientes para que esto tu viesé efecto en la legislatura próxima. Por el Minişterio de Hacienda, de acuerdo con el Consejo de Minis

«

[ocr errors]

tros, se expidió el Real Decreto de 30 de Marzo de 1850, en cuya exposicion se dijo: «Arreglado el » plan de contribuciones y rentas públicas, regulariza»do el sistema de presupuestos y organizada la conta>>bilidad general del Estado, resta, para coronar la » obra del edificio de nuestra Hacienda, llevar á »>cabo...... el arreglo general de la deuda; sobre el cual, se añadia, habia formado la última Comision dos proyectos, que habian servido de base al Gobierno para redactar el que ya tenia preparado para su presentacion á las Córtes; trabajos que convenia utilizar para la formacion de uno nuevo, mas perfecto y aca»bado, por la Junta Directiva de la Deuda, asociada » de otras personas competentes, y oyendo préviamen»te las reclamaciones de los acreedores del Estado. Formado que sea el nuevo proyecto, el Gobierno dictará cuantas disposiciones quepan dentro del círculo de sus atribuciones para preparar y facilitar »el arreglo, sometiendo á las Córtes, en los primeros »dias de la legislatura próxima, las que deban ser ob»jeto de su aprobacion « No entra ciertamente, se » continuaba, ni puede entrar en las miras del Gobier» no acoger proyecto alguno de arreglo de la deuda que »traspase los límites impuestos necesariamente por la. situacion del Tesoro Las deudas de un pais, por respetables y sagradas que sean, tienen que ajustar»-se para su pago á los recursos disponibles de las im»posiciones con que puede ser razonablemente grava»do, una vez satisfechas aquellas de sus obligaciones » que constituyen las condiciones naturales de su exis

C

« AnteriorContinuar »