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sele, y cuanto importa que no se dilate la cobranza, mandaron que yo el escribano le escriba que dentro de diez días envíe fianzas de el seguro de la cobranza y entero en las reales cajas y á quien este Cabildo ordenare para marzo de este presente año, y que sea en reales, y de no lo hacer, este Cabildo en conformidad de lo acordado y mandado por los señores de la Real Audiencia, ordenará lo que convenga.

SOBRE LA ELECCIÓN DEL PROCURADOR GENERAL.-Este día se trató cuán adelante está el tiempo para la elección de el procurador general y cuanto importa se haga, y que aunque se han señalado tres veces días para ello y avisado, no han venido, que los señores capitulares presentes mañana á las nueve de el día se hallen presentes, y que los ausentes que están una legua de la ciudad se les avise por el portero vengan, y que vengan ó nó, se elija el dicho procurador, por lo que importa, mañana diez y siete de éste en todo el día, digo por la mañana hasta medio día, sin que más se difiera.

CUENTAS DE MAYORDOMOS.-Este día se remitieron las cuentas de mayordomos pasados y las de el capitán Manuel Gómez al señor capitán Pedro Gómez Pardo, regidor de esta ciudad, para que las vea y adicione y de cuenta á este Cabildo lo que en ellas se puede pro

veer.

Ascensio de Zabala.-Don Antonio Chacón y Quiroga.-Don Francisco de Eraso.-Antonio de Barambio.-Pedro Gómez Pardo Parraguez.-Don Juan de Vera.-Diego de Huerta Villagutiérre.-Don Martín de Zabala.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 17 DE ENERO DE 1647.

En la ciudad de Santiago de Chille, en diez y siete de enero de el año de mill y seiscientos y cuarenta y siete, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado, donde en el libro de elecciones se puso las que hicieron de procurador general y los demás oficios que eligieron y lo que acordaron.

COMISIÓN PARA VER UN EDIFICIO.-Este día, por ocupación de el señor general don Valeriano de Ahumada, á quien estaba cometida la vista de el edificio que en la Chimba hace el padre Antonio Jimé nez, se cometió al señor capitán Pedro Gómez Pardo, regidor, para que lo vea, y, siendo en perjuicio de la ciudad, de cuenta de ello.

Ascensio de Zabala.-Don Antonio Chacón y Quiroga.-Don Fran

cisco de Eraso.Antonio de Barambio.-Don Valeriano de Ahumada. -Pedro Gómez Pardo Parraguez.-Don Juan de Vera.-Diego de Huerta Villagutiérre.-Don Martin de Zabala.-Felipe de Axpe.Ante mí.—Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 25 DE ENERO DE 1647.

En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en veinte y cinco días de el mes de enero de el año de mill y seiscientos y cuarenta y siete, la Justicia y Regimiento de esta ciudad, habiéndose juntado á són de campana tañida para tratar lo que conviene al provecho de esta ciudad, acordaron lo que se sigue:

PEDRO DE TORO, TENIENTE DE ACONCAGUA.-En este cabildo por parte de Pedro de Toro se presentó un título de el señor presidente y gobernador de este reino don Martín de Moxica, su fecha en veinte y tres de noviembre de mill y seiscientos y cuarenta y seis, en que le nombra por teniente de la compañía de á caballo de el número de esta ciudad de el partido de Aconcagua, que sirve el capitán Juan Gutiérrez.

Y pidió fuese recibido como Sn Señoría manda.

Y visto por el dicho Cabildo le hubieron por recibido al uso de el dicho oficio.

RECIBIMIENTO DE EL MAYORDOMO.-En este cabildo pareció el capitán Felipe de Aspe, vecino de esta ciudad, y habiendo aceptado el oficio de síndico mayordomo de esta ciudad, juró por Dios y á la cruz de lo usar como debe, y es obligado, guardando justicia á las partes, digo, el secreto de este Cabildo, y procurará el bien y aumento de esta ciudad en todo lo que viere convenir, y seguirá sus pleitos y causas con cuidado y hará todo lo que debe y es obligado y tendrá cuenta con día, mes y año de todos sus bienes, para la dar cada que se le pida, y pagará el alcance que le fuere fecho, para lo cual obligó su persona y bienes, y renunció las leyes de su defensa; y si así lo hiciere, Dios le ayude, y si nó, se lo demande.

Y Su Señoría, le hubieron por recibido, conque dé las fianzas que es obligado, y al fin de este cabildo lo firmaron.

Y el dicho mayordomo presentó testimonio de el contador Antonio de Azócar de haber pagado la medianata y haberla puesto en depósito por no estar acordado lo que deba pagar.

SOBRE EL ADEREZO DE LAS CALLES.-Este día se repartió el ha

cer aderezar las calles de esta ciudad, comenzando desde la Merced, el señor alcalde capitán don Antonio Chacón, y la que se sigue de el general Andrés Illanes al señor capitán don Martín de Zabala, y la de el convento del señor San Agustín al señor capitán don Juan de Vera, y la de Santa Clara al capitán don Diego de Huerta, y la de la Plaza al señor corregidor, y la de las casas de cabildo al señor capitán don Francisco de Eraso, y la del convento de el señor Santo Domingo al señor general don Valeriano de Ahumada, y lo último de la ciudad hacia el río al señor alguacil mayor, y el echar el bando se remite al señor general para cuando le pareciere.

SOBRE LOS PULPEROS Y COSECHEROS.-Este día se dió orden al capitán Diego de Huerta, que hace oficio de procurador general, para que informe á los señores de la Real Audiencia el exceso de los pulperos y cosecheros vendiendo sin postura y á más de la puesta y sin aranceles, y pedirle lo remedien.

Ascensio de Zabala.-Don Antonio Chacón y Quiroga.-Don Valeriano de Ahumada.-Pedro Gómez Pardo Parraguez.-Don Juan Liñán de Vera.-Diego de Huerta Villagutierre.-Don Martin de Zabala. -Felipe de Axpe.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 1.o DE FEBRERO DE 1647.

En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en primero día de el mes de hebrero de el año de mill y seiscientos y cuarenta y siete, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo que se sigue:

QUE SE PREVENGAN LOS SERMONES DE LA CAPILLA. Este día cometieron á los señores alcaldes ordinarios el prevenir los sermones de la capilla y cómo se han de predicar y la música para esta cua

resma.

FIEL EJECUTOR.--Este día, atento á estar ausentes los propietarios y el señor capitán don Francisco de Eraso con la vara de alcalde, [se eligió] al señor capitán Pedro Gómez Pardo por fiel ejecutor para que lo sea por el tiempo ordinario, el cual lo aceptó y juró de lo usar como debe y es obligado, y el señor corregidor le entregó la vara.

QUE SE SUBA EL VINO.-Este dia, de pedimiento de muchos cosecheros de esta ciudad, se dió licencia para que se suba el precio de

el vino bueno, dando cuartillo y medio por un real, y se remite al señor fiel ejecutor el dar las licencias, siendo bueno.

Y lo firmaron.-Ascensio de Zabala.-Don Antonio Chacón y Quiroga.-Don Francisco de Eraso.-Pedro Gómez Pardo Parraguez.Don Juan de Vera.-Diego de Huerta Villagutierre.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 14 DE FEBRERO DE 1647.

NO HUBO ACUERDOS.-En la ciudad de Santiago de Chile, en catorce días del mes de febrero de mil y seiscientos y cuarenta y siete años, la Justicia, Cabildo y Regimiento se juntaron en el lugar acostumbrado y acordaron lo siguiente. (Véase más adelante).

CABILDO DE 8 DE FEBRERO DE 1647.

En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en ocho días de el mes de hebrero de el año de mill y seiscientos y cuarenta y siete, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo que se sigue:

NO HUBO ACUERDOS.-Este día se trataron algunas cosas, cuya resolución remitieron á otro cabildo.

LICENCIA AL ESCRIBANO. Este día dieron licencia á mí el escribano para hacer ausencia por quince días, dejando otro que acuda.

Y lo firmaron.-Ascensio de Zabala.-Don Antonio Chacón y Quiroga.-Don Francisco de Eraso.-Pedro Gómez Pardo Parraguez.Diego de Huerta Villagutierre.-Don Martin de Zabala.-Ante mí.Manuel de Toro, escribano de cabildo.

CABILDO DE 14 DE FEBRERO DE 1647.

En la ciudad de Santiago de Chille, en catorce días del mes de febrero de mil y seiscientos y cuarenta y siete años, la Justicia, Cabildo y Regimiento se juntaron en el lugar acoctumbrado, y se acordó lo siguiente:

SOBRE LA PUENTE DEL MAIPO.-Que habiendo tenido noticia de

que la puente del río Maipo estaba malparada y deshecha, porque se había quebrado un mojinete, se costeó y mandó hacer el general Ascensio de Zabala, corregidor de esta dicha ciudad, y se cometió el dicho aderezo al capitán don Antonio Chacón, alcalde de primer voto, el cual fue luego y está en el efecto referido; y el día de hoy se ha tenido noticia que ha parecido un hombre ahogado á la orilla del dicho río, y así será bien que se avise con toda brevedad al dicho señor alcalde, que acudiendo como se espera de su cuidado, le ponga en que no haya dilación, sino que se acabe de aderezar la dicha puente, y para ello haga las diligencias necesarias y con los aprietos que el caso requiere.

Ascensio de Zabala.-Don Jorge Zapata de Mayorga.-Don Francisco de Eraso.-Diego de Huerta Villagutierre.-Don Martin de Zabala.-Ante mí.-Joseph Alvarez de Toledo, escribano público.

SOBRE EL ADEREZO DE LA CAPILLA DEL SEÑOR SAN ANTONIO.— Acordóse que el capitán don Martín de Zabala, regidor, acuda á ayudar al síndico mayordomo al aderezo, cuelga y festividad de la capi-* lla del señor San Antonio, que para el efecto se le nombra por patrón este presente año de cuarenta y siete.

Ascensio de Zabala.-Don Jorge Zapata de Mayorga.-Don Francisco de Eraso.-Diego de Huerta Villagutierre.-Don Martín de Zabala.-Ante mí.-Joseph Alvarez de Toledo, escribano público.

CABILDO DE 22 DE FEBRERO DE 1647.

En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en veinte y dos días de el mes de hebrero de el año de mill y seiscientos y cuarenta y siete, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo que se sigue:

SOBRE EL DERECHO DE LA UNIÓN DE LAS ARMAS DE QUILLOTA.— Este día se trató acerca de la cobranza de el derecho de la unión de armas que toca al corregimiento de Quillota, y que aunque distintas veces se ha mandado al corregidor de el dicho valle dar las fianzas, no lo ha hecho, y que tiene cumplido el término de su corregimiento y el que le ha de subceder se dilata por algunas causas, y por lo que importa la cobranza se haga con brevedad, sin que sea visto inovar en lo acordado por los señores de la Real Audiencia de este reino, ni hacer inovación en ello, ni relevar á los corregidores de su obligación, que se remita al capitán Diego Díaz Téllez, dando fianzas de el segu

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