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do en otros géneros de otras ciudades, como es la brea de Guatalco y otros, y si no pareciere ó le pareciere lo ponga de nuevo, y sobre y en la dicha razón y de los demás pleitos, causas y negocios y conveniencias de las causas de esta ciudad y sus vecinos parezca ante el excelentísimo señor Virrey de el Perú y ante los demás tribunales reales que convenga, eclesiásticos y seglares, y demás jueces y justicias de Su Majestad; y donde y ante quien convenga haga y ponga las demandas, pedimientos, requerimientos, citaciones, emplazamientos, embargos, ejecuciones, probanzas, informaciones y presentación de ellas y de otros recaudos, sacándolos de poder de quien y como los deban dar, haga juramentos, recusaciones, apele y suplique y todo en debida forma, y de lo que recibiere y cobrare dá y otorgue cartas de pago y lasto [y] finiquito, con renunciación de la entrega de lo que no pareciere de presente y como si este Cabildo las diera; y las escripturas que otorgare nos obligamos de las tener y guardar según y como se contuvieren, que el poder nescesario para todo lo referido se lo damos y otorgamos con sus insidencias y dependencias, libre y general administración en lo referido y con facultad que en cuanto á fuero y juicio le pueda sostituir y revocar y relevación en forma; [y] á la firmeza de lo que en virtud de este poder se hiciere y autuare obligamos los bienes y rentas de esta ciudad, vecinos y moradores de ella y los suyos, habidos y por haber, muebles y raíces, y para la ejecución de todo lo dicho damos poder cumplido á todas las justicias é jueces de Su Majestad de cualesquier partes para que á ello nos apremien como por sentencia de juez competente pasada en cosa juzgada, en guarda y firmeza de lo cual renunciamos las leyes de su defensa y nuestra, con la general que lo prohibe.

En la ciudad de Santiago de Chille, en diez y ocho días de el mes de junio de el año de mill y seiscientos y cuarenta y nueve.

Testigos: el licenciado don Gaspar de Lillo y Francisco Pérez y don Fernando de Zúñiga, y los otorgantes, que doy fee conozco, lo firmaron.

Don Juan Rodolfo Lisperguer.-Don Martin Ruiz de Gamboa.Antonio de Barambio.-Don Francisco de Eraso.-Don Francisco Peraza.-Don Diego de Aguilar Maqueda.-Don Francisco Bravo de Saravia Sotomayor.-Domingo López de Lerga.-Jerónimo Pérez Villalón.-Alonso de Toro Zambrana.-Ante mi.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 23 DE JUNIO DE 1649.

En la ciudad de Santiago de Chille, en veinte y tres de junio de el año de mill y seiscientos y cuarenta y nueve, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo que se sigue:

FIEL EJECUTOR.-Este día se nombró por fiel ejecutor al capitán Jerónimo Pérez de Villalón, regidor de esta ciudad, el cual lo aceptó y juró de lo usar como debe y es obligado, y el señor corregidor le entregó la vara de la real justicia.

Don Juan Rodolfo Lisperguer.-Bernardo de Amasa.-—Don Martin Ruiz de Gamboa. - Antonio de Barambio.-Don Francisco de Eraso.-Don Valeriano de Ahumada.-Don Diego de Aguilar Maqueda.-Don Francisco Peraza.-Don Antonio de Irarrázabal y Andía.-Jerónimo Pérez Villalón.-Alonso de Toro Zambrana.- Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 26 DE JUNIO DE 1649.

RECIBIMIENTO DE ALCALDE DE AGUAS.-En la ciudad de Santiago de Chille, en veinte y seis de junio de el año de mill y seiscientos y cuarenta y nueve, ante la Justicia y Regimiento de esta ciudad que abajo firmarán sus nombres pareció el capitán Simon Vicencio Jus. tiniano, alcalde de aguas electo en esta ciudad para este presente або у el que viene en sus tiempos.

JURAMENTO. Y habiendo aceptado el dicho cargo, juró á Dios y á la cruz, en forma de derecho, de lo usar como debe y es obligado, guardando justicia á las partes y las leyes de Su Majestad.

Y trajo testimonio de haber pagado la medianata.

Y pidió fuese recibido al uso de el dicho oficio, y para usarle, el dicho Cabildo le dió poder en forma, como de derecho le tienen los tales alcaldes de agua.

Y con lo cual le hubieron por recibido.

Y lo firmaron.-Don Juan Rodolfo Lisperguer.-Bernardo de Amasa.-Don Martin Ruiz de Gamboa.-Don Francisco de Eraso.Domingo López de Lerga.-Alonso de Toro Zambrana.-Simón Vi

cencio Justiniano.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo

CABILDO DE 16 DE JULIO DE 1649.

En la ciudad de Santiago de Chille, en diez y seis días de el mes de jullio de mill y seiscientos y cuarenta y nueve, se juntaron á cabildo la Justicia y Regimiento de esta ciudad que abajo firmarán sus nombres, y habiendo tratado algunas cosas, se reservó la resolución de ellas para otro cabildo.

Y lo firmaron.

FIEL EJECUTOR.-Este día se nombró por fiel ejecutor por el tiempo ordinario á don Felipe Girón, regidor vecino, el cual lo aceptó y juró de lo usar como debe y es obligado, y el señor alcalde le entregó la vara de la real justicia.

Bernardo de Amasa.-Don Martin Ruiz de Gamboa.-Don Francisco Peraza.-Don Diego de Aguilar Maqueda.-Don Antonio de Irarrázabal y Andía.-Don Felipe Girón de Loaisa.-Alonso de Toro Zambrana.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano públi co y de cabildo.

CABILDO DE 23 DE JULIO DE 1649.

SOBRE EL ESTANDARTE.-En la ciudad de Santiago de Chille, en veinte y tres días de el mes de julio de el año de mill y seiscientos y cuarenta y nueve, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se junta. ron en su lugar acostumbrado, donde el señor general don Juan Rodolfo Lisperguer, corregidor y justicia mayor de esta ciudad y teniente de capitán general en esta ciudad, propuso cómo la fiesta de el señor Santiago estaba tan de próximo y los inconvinientes que tiene el capitán don Francisco de Eraso, alférez mayor de esta ciudad, por estar falto de salud y apestado él y todas las personas de su casa, y habrá dos días enterraron á doña Blanca de Ubitarte, su mujer, con cuyas causas y inconvinientes no puede sacar el estandarte real de esta ciudad, como se acostumbra, y, que de no le sacar, será de muy gran falta y se seguirán nuevos inconvinientes, y que el dicho capitán don Francisco de Eraso tiene pedido [á] Su Señoría, couside

rando sus graves y grandes inconvinientes, ordene lo que más convenga al servicio de Su Majestad y de esta república.

Y habiendo tratado sobre ello, acordaron todos los capitulares que abajo firmarán sus nombres, de un acuerdo y conformidad, que, atento á las dichas justas causas que para no sacar personalmente el dicho estandarte, el señor general don Valeriano de Ahumada, provincial de la Santa Hermandad, y el capitán don Francisco de Saravia, regidor, y yo él escribano, vamos á casa de el dicho alférez mayor y recibamos el dicho real estandarte y se enarbole en los corredores de la sala de Cabildo ma[ña]na sábado á las once, víspera de el glorioso santo, de donde á la tarde lo saque el señor general Bernardo de Amasa, habiéndosele entregado y hecho el pleito homenaje que debe y se acostumbra, y su merced haga el oficio de alférez mayor, el cual lo aceptó con mucho gusto de servir á esta república en ello y en todo lo demás que le quisieren ocupar.

SOBRE EL PROCURADOR GENERAL.-Este día, atento á la ausencia que ha fecho el capitán don Pedro de Prado, procurador general de esta ciudad, por haber hecho viaje á la ciudad de los Reyes á los negocios que de ella llevó á cargo, conviene nombrar en su lugar persona que en su ausencia use y ejerza el dicho oficio de procurador general.

Y habiéndolo tratado, de un acuerdo y conformidad nombraron por tiempo de la dicha ausencia al capitán Jerónimo Pérez de Villalón, regidor de esta ciudad, el cual lo aceptó, y el jurar y recibirle se difirió para otro cabildo, habiendo pagado, si debe, la medianata.

Don Juan Rodolfo Lisperguer.-Bernardo de Amasa.-Don Martín Ruiz de Gamboa.-Antonio de Barambio.-Don Valeriano de Ahumada.-Don Francisco Peraza.-Don Diego de Aguilar Maqueda. -Don Antonio de Irarrázabal y Andia.-Don Francisco Bravo de Saravia Sotomayor. - Domingo López de Lerga.-Jerónimo Pérez Villalón.-Alonso de Toro Zambrana.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 24 DE JULIO DE 1649.

SOBRE EL ESTANDARTE.-En la ciudad de Santiago de Chille, en veinte y cuatro días de el mes de julio de el año de mill y seiscientos y cuarenta y nueve, en conformidad de el auto de atrás proveído por el Cabildo, Justicia y Regimiento de esta ciudad, los señores ge

neral don Valeriano de Ahumada, provincial de la Santa Hermandad, y el capitán don Francisco de Saravia, regidor, por ante iní el escribano, vinieron con nna escuadra de soldados á la casa de el sefor alférez mayor para que entregase, por los inconvinientes que al presente tiene y son referidos, el real estandarte, para los efectos que el dicho auto contiene, y su merced dijo que en obedecimiento de lo que Su Señoría tiene ordenado y su merced pedido, y sin perjui cio de el derecho que tiene de nombrar en su lugar persona que en su nombre ejerza el dicho oficio, y á mayor abundamiento, necesario siendo, nombra en su lugar al dicho general don Bernardo de Amasa para que le ejerza, como está nombrado, hasta que su merced consiga salud.

Y los dichos señores regidores recibieron el dicho real estandarte con la veneración debida, y todos lo firmaron.-Don Valeriano de Ahumada.-Don Francisco Bravo de Saravia Sotomayor.-Don Fran cisco de Eraso.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

SOBRE LA ENARBOLACIÓN DEL ESTANDARTE.-En el dicho día, mes y año dicho, á hora de las doce del día, en la plaza de esta ciu dad se enarboló el dicho estandarte en los arcos de los corredores de las casas de Cabildo, y á hora de las cuatro de la tarde, habiéndose juntado algunos vecinos de esta ciudad y personas de el Cabildo y el señor corregidor, fueron á casa de el general Bernardo de Amasa y le trajeron donde estaba el dicho estandarte, y habiendo fecho el juramento y pleito-homenaje acostumbrado, se le entregó al dicho maestre de campo Bernardo de Amasa el dicho estandarte, y fueron con el acompañamiento los señores de la Real Andiencia y de allí á las vísperas á la iglesia catredal, y para que conste lo firmé.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 30 DE JULIO DE 1649.

En la ciudad de Santiago de Chille, en treinta días del mes de jullio de el año de mill y seiscientos y cuarenta y nueve, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo que se sigue:

SOBRE EL PROCURADOR GENERAL.-En este cabildo, el capitán Jerónimo Pérez de Villalón, regidor de esta ciudad y procurador general nombrado, trajo razón del señor juez de la medianata, en razón

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