Imágenes de páginas
PDF
EPUB

PETICIÓN.-Este día el capitán don Gaspar de la Barrera, procurador general de esta ciudad, presentó la petición siguiente:

SOBRE EL DINERO CORRIDO DE LA BALANZA.-El capitán don Gaspar de la Barrera, procurador general de esta ciudad, como más haya lugar parezco ante Vuestra Señoría y digo: que por pleito que tuvo el señor fiscal de Su Majestad con el procurador general de esta ciudad sobre que el arrendamiento de la balanza que está en el puerto de Valparaíso pertenecía á Su Majestad, que Dios guarde, por ser de sus regalías y no á esta ciudad, y con lo que por parte de el procurador general se satisfizo y respondió, se remitió dicha causa á Su Majestad y Real Consejo de las Indias, con que por parte de esta ciudad se diesen fianzas y seguro de que declarándose por Su Majestad no pertenecerle lo procedido de la dicha balanza, lo volverían; en cuya conformidad salieron por fiadores abonadores dél, los maestres de campos don Juan Rodulfo y don Diego de Cárcamo y capitán Se. bastián Sánchez Chaparro; y por Vuestra Señoría se mandó que entrase en poder lo procedido de dichos arrendamientos de dicho maestre de campo don Diego de Cárcamo; y porque el susodicho pretende salir de la obligación que hizo y de el cuidado de tener en sí el dicho dinero, conviene que Vuestra Señoría nombre otra persona en su lugar que lo tenga y haga la obligación en forma, constituyéndose por positario de dicho dinero y obligándose de que en ningún tiempo lastará cosa alguna el dicho maestre de campo don Diego de Cárcamo por razón de su obligación; por tanto, á Vuestra Señoría pido y suplico se sirva de proveer según y como tengo pedido, pues es justicia, la cual pido.-Don Gaspar de la Barrera Chacón.

de

En la ciudad de Santiago de Chile, en dos (sic) días de el mes julio de el año de mill y seiscientos y cuarenta y cinco, la Justicia y Regimiento de esta ciudad que se juntaron en su lugar acostumbrado;

QUE SE RENUEVE EL DEPÓSITO DE LA RENTA DE DICHA BALANZA. -Y habiéndose leído esta petición y tratado sobre ello, y votó el acuerdo fecho en razón de lo que contiene el pedimiento, acordaron que por las causas que alega el procurador general de esta ciudad se renueva el depósito fecho de la renta de la dicha balanza en el maestre de campo don Diego de Cárcamo Valdés y lo sea el capitán Manuel Gómez, síndico mayordomo de esta ciudad, el cual otorgue depósito en forma y abono de los bienes y propios de esta ciudad en la forma que lo tenía fecho el dicho maestre de campo don Diego de Cárcamo, y se obligará que por razón de él y de el abono que tiene no lastará cosa alguna, y para ello le obligue de nuevo los propios y

bienes de esta ciudad con los suyos; y, fecho, se le notifique al dicho maestre de campo entregue el dinero que fuere á su cargo de lo procedido de la dicha balanza y lo que estuviere por cobrar el dicho mayordomo lo cobre, y que use de la facultad que se le había dado al dicho depositario, y, siendo necesario se le da de nuevo, y este pedimiento y lo proveído á él, se ponga en el libro de cabildo; y habiendo entregado el dicho maestre de campo se le da por libre de el dicho. depósito. Don Francisco de Urbina y Quiroga.-Antonio de Barambio. Don Francisco de Eraso.-Francisco de Toledo Arbildo.-Don Valeriano de Ahumada.-Licenciado Toro.-El licenciado don Gaspar de Lillo y la Barrera.-Gaspar Hidalgo.-Don Diego Zapata.— Ante mi.-Manuel de Toro, escribano de cabildo.

Con lo cual se acabó este cabildo y lo firmaron.-Don Francisco de Urbina y Quiroga.-Antonio de Barambio.-Don Francisco de Eraso. -Francisco de Toledo Arbildo.-Don Valeriano de Ahumada.-Licen. ciado Toro. Licenciado Lillo.-Gaspar Hidalgo.-Don Diego Zapata.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

NOTIFICACIÓN.-En la ciudad de Santiago de Chille, en veinte y siete de noviembre de el año de mill y seiscientos y cuarenta y cinco, notifiqué lo proveído por el Cabildo, Justicia y Regimiento de esta ciudad al maestre de campo don Diego de Cárcamo en su persona, de que doy fee, el cual dijo que apela de el dicho auto para ante los señores de la Real Audiencia de este reino, donde pide se vaya á hacer relación.-Manuel de Toro.

CABILDO DE 14 DE JULIO DE 1645.

En la ciudad de Santiago de Chille, en catorce días de el mes de julio de el año de mill y seiscientos y cuarenta y cinco, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo que se sigue:

SOBRE UNA CARTA.-Este día se recibió una carta de el señor Alonso Alvarez Berrío, regidor, en que se excusa de venir por falta de salud, y que se le haya por excusado.

[ocr errors]

QUE SE ESCRIBA AL SEÑOR GOBERNADOR. En este cabildo se trató cómo se tiene por cierta nueva, como Su Majestad, que Dios guarde, tiene proveído este Gobierno y removido á su señoría de el

señor Marqués de Baides de él y como persona que está tan enterado en las materias de este reino y de muchas causas que con Su Señoría tiene que tratar este Cabildo como cabeza de gobernación de el reino y particulares de esta ciudad para que las deje resueltas y en particular la cédula real de la balanza y pescadería y para pedirle lo que se puede informar á Su Majestad de el bien de el reino, como quien le ha tenido á su cargo y tanto podrá con Su Majestad, y que al presente no puede este Cabildo, como quisiera enviar persona que trate con Su Señoría lo referido, acordaron se le suplique por carta á Su Señoría se sirva bajar á esta ciudad antes que se vaya y la venida de su sucesor lo impida, y se remite la carta al señor alférez mayor.

Y lo firmaron.—Miguel Gómez de Silva-Francisco de León Ahumada.-Don Francisco de Eraso.-Don Valeriano de Ahumada.-Licenciado Toro.-El licenciado don Gaspar de Lillo y la Barrera.-Don Diego Zapata.-Francisco de Toledo Arbildo.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 21 DE JULIO DE 1645.

En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en veinte y un días de el mes de julio de el año de mill y seiscientos y cuarenta y cinco, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo que se sigue:

SOBRE EL LUTO PARA LAS HONRAS DE LA REINA.-Este día se trató sobre los lutos para las honras de la reina, nuestra señora, y mandaron se continúen y dé priesa á ellos, y se firmó una carta para Su Señoría que en el cabildo pasado se mandó escribir.

Y lo firmaron.

NOMBRASE CONTRASTE.-Este día de un acuerdo y conformidad nombraron por contraste de esta ciudad á Lorenzo de Agurto, maestro platero de oro, para que lo use por lo que resta de este presente año, atento á la muerte de el alférez Bartolomé Carvacho, en cuanto ha lugar de derecho, el cual [debe] serlo de los pesos y pesas y medidas de cobre y latón, el cual parezca y lo acepte y haga el juramento ante mí el presente escribano.

Y lo firmaron.Miguel Gómez de Silva.-Don Francisco de Urbina y Quiroga. Francisco de León Ahumada.-Antonio de Barambio. -Don Francisco de Eraso.-Francisco de Toledo Arbildo.-Don Valeriano de Ahumada.-El licenciado Toro.-El licenciado don Gaspar

de Lillo y la Barrera.-Bartolomé de Astorga Tello.-Gaspar Hidal go.-Don Diego Zupata.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

JURAMENTO-En la ciudad de Santiago de Chille, en veinte y ocho de jullio de el año de mill y seiscientos y cuarenta y cinco, ante mí el escribano de cabildo pareció Lorenzo Enríquez; y habiendo aceptado el oficio de contraste de esta ciudad para que ha sido nombrado, juró por Dios y á la cruz, que hizo en forma de derecho, de usar el dicho oficio bien y fielmente á su saber y entender; y si así lo hiciere, le ayude Dios, y si nó, se lo demande.

Y lo firmó.-Lorenzo de Agurto.-Ante mí.-Manuel de Tord Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 28 DE JULIO DE 1645.

En la ciudad de Santiago de Chille, en veinte y ocho días de el mes de julio de el año de mill y seiscientos y cuarenta y cinco, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acos. tumbrado y acordaron lo que se sigue:

SOBRE LA CORRANZA DE EL DERECHO DE LA UNIÓN DE LAS ARMAS-Este día se acordó que el señor procurador general cobre todo lo que en las cuentas se alcanza á Lorenzo de Montoya y á Juan de Leguizamo de la cobranza de el derecho de la unión de las armas y haga todas las diligencias necesarias para ello y para que se entere la real caja.

QUE SE REPARTAN LOS LUTOS.-Este día acordaron que el mayordomo de la ciudad reparta los lutos que se han teñido para las personas de este Cabildo, dándoles á veinte y cuatro varas para cada uno, estando en la ciudad, y habiéndose de hallar en las honras; y asimismo que haga pintar las armas de la ciudad en pergamino ó en bocasí ú otra cosa que convenga para que lleven los maceros.

Y asimismo mandaron que dé el dicho mayordomo de sayos y capirotes á los atambores y trompetas que han de salir á las faciones de las honras de la reina, nuestra señora, y para cubiertas de las cajas y trompetas que se han de llevar á la publicación de las dichas

honras.

Y lo firmaron.-Miguel Gómez de Silva.-Don Francisco de Urbina y Quiroga-Francisco de León Ahumada.-Antonio de Barambio. -Don Francisco de Eraso.-Don Valeriano de Ahumada.—Licencia.

do Toro.-El licenciado don Gaspar de Lillo y la Barrera.-Bartolomé de Astorga Tello.-Don Diego Zapata.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 12 DE AGOSTO DE 1645.

En la ciudad de Santiago de Chille, en doce días de el mes de agosto de el año de mill y seiscientos y cuarenta y cinco, la Justicia y Regi miento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo que se sigue:

SOBRE EL DINERO DE LOS ARCABUCES.-Este día se recibió una carta de el señor Marqués de Baides, gobernador y capitán general y presidente de la Real Audiencia de este reino, en que pide la paga de los cien arcabuces, pólvora y plomo que se trajo para la guarda de esta ciudad; y habiéndola visto y los acuerdos sobre ello fechos en fojas ciento y diez y seis y ciento y veinte y nueve de este libro, acordaron que la cantidad que montan los cien arcabuces, en conformidad de la licencia que tienen dada los señores presidente é oidores de la Real Audiencia de este reino, se reparta entre los vecinos y moradores de esta ciudad y su jurisdición, conque no entren los pobres, y hagan la repartición el señor alcalde capitán don Francisco de Urbina y capitán don Francisco de Eraso, alférez mayor, y, fechas, se traiga á este Cabildo, y que se responda á Su Señoría á su carta asegurando la paga de los dichos arcabuces y que por la necesidad de la ciudad no se toman las municiones.

AGUSTÍN DE HERRERA SOTOMAYOR, SARGENTO MAYOR.-En este cabildo el capitán Agustín de Herrera Sotomayor presentó un título en que Su Señoría de el señor Marqués de Baides, gobernador y capitán general y presidente de la Real Audiencia de este reino, le nombra por sargento mayor de esta ciudad, su fecha en la Concepción en veinte de julio de mill y seiscientos y cuarenta y cinco años, firmado de Su Señoría y refrendado de Pedro Montero, su secretario, por el cual consta haber pagado la medianata de el dicho oficio.

Y pidió fuese recibido al uso de el dicho oficio, según que Su Señoría manda.

Y visto por Su Señoría el dicho título y pedimiento, hubieron por recibido al dicho capitán Agustín de Herrera Sotomayor al uso y ejer. cicio de el dicho oficio, según que Su Señoria manda, y el señor general Miguel Gómez de Silva le entregó la insignia de él.

« AnteriorContinuar »