Manual de gobernadores y de jefes politicos1878 - 314 páginas |
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Manual De Gobernadores Y De Jefes Politicos Ildefonso Estrada y Zenea Sin vista previa disponible - 2023 |
Términos y frases comunes
absoluta administracion pública administrativa aprobacion arreglo autoridades Ayuntamiento bernador bierno blica Campeche CAPITULO causa cion ciudadano Coahuila CONSTITUCION POLITICA conveniente cretos cuarteles cuenta al Congreso Cuidar cumplir debe decretos demas desempeñar despues Diputacion permanente diputados disposiciones educacion ejercer ejercicio eleccion de Gobernador eleccion popular empleados encargo Ervigio escritor establecimientos exijan extranjero facultades faltas temporales federacion funcionarios funciones gefes Gobernador se requiere greso Guardia Nacional hubiere ilustracion individuo instruccion Jefe político JOSE VICENTE VILLADA JUNIOR justicia Legislatura LELAND LIBRARIES libremente al Secretario Mandar mente mexicano México Ministro MOREAU MOREAU Y CA mundo nador necesidad Nombrar y remover nómica nueva eleccion órdenes país periodo constitucional permiso del Congreso personas poder Ejecutivo poder Judicial presidente PROTASIO TAGLE pueblo ramos receso reglamentos remover libremente República requisito respecto Secretario del despacho sesiones ordinarias STANFORD Suspender Tamaulipas tambien temporales del Gobernador territorio Tribunal UNIVERSITY Vice-Gobernador VIII votos Wamba
Pasajes populares
Página 125 - La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.
Página 129 - IV. Para arreglar definitivamente los límites de los estados terminando las diferencias que entre ellos se susciten sobre las demarcaciones de sus respectivos territorios, menos cuando estas diferencias tengan un carácter contencioso.
Página 125 - Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una Federación establecida según los principios de esta Ley Fundamental.
Página 205 - Art. 79. En las faltas temporales del presidente de la República, y en la absoluta, mientras se presenta el nuevamente electo, entrará á ejercer el poder, el presidente de la Suprema Corte de Justicia.
Página 136 - En tiempo de paz ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar. Solamente habrá Comandancias Militares fijas y permanentes en los castillos, fortalezas y almacenes que dependan inmediatamente del Gobierno de la Unión; o en los campamentos, cuarteles o depósitos que, fuera de las poblaciones, estableciere para la estación de las tropas.
Página 133 - Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa el Municipio Libre, conforme a las bases siguientes: I.
Página 130 - IX. Para expedir aranceles sobre el comercio extranjero, y para impedir, por medio de bases generales, que en el comercio de Estado á Estado se establezcan restricciones onerosas.
Página 137 - Para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerde las reformas o adiciones, y que éstas sean aprobadas por la mayoría de las Legislaturas de los Estados.
Página 128 - El Congreso califica las elecciones de sus miembros y resuelve las dudas que ocurran sobre ellas. Art. 61. El Congreso no puede abrir sus sesiones, ni ejercer su encargo, sin la concurrencia de más de la mitad del número total de sus miembros; pero los presentes deberán reunirse el día señalado por la ley y compeler á los ausentes, bajo las penas que ella designe.
Página 131 - ... omisiones en que incurran en el ejercicio de ese mismo encargo. Los gobernadores de los Estados lo son igualmente por infracción de la Constitución y leyes federales.