Curso de derecho internacional privado teniendo por base la doctrina de m. Foelix enriquecida con la de otros autores y concordada con la lejislacion argentina

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Imprenta de la "Razon calle General Belgrano", 1873 - 129 páginas
 

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Pasajes populares

Página 38 - Si hubiese cambio de domicilio, los bienes adquiridos por los esposos antes de mudarlo, son regidos por las leyes del primero. Los que hubiesen adquirido después del cambio, son regidos por las leyes del nuevo domicilio. Art. 6°. Los bienes raices son regidos por la ley del lugar en que estén situados.
Página 32 - Los contratos hechos en país extranjero para transferir derechos reales sobre bienes inmuebles situados en la República, tendrán la misma fuerza que los hechos en el territorio del Estado, siempre que constaren de instrumentos públicos y se presentaren legalizados.
Página 34 - La validez del matrimonio, no habiendo poligamia ó incesto, es regida por la ley del lugar en que se ha celebrado, aunque los contrayentes hayan dejado su domicilio por no sujetarse á las formas y leyes que en él rigen.
Página 24 - Se concibe fácilmente que esa presunción varíe según las diversas legislaciones, pero no que en un caso dado se presuma que el difunto ha podido tener voluntad diferente para las diversas partes de sus bienes, y que haya querido otro heredero para su casa que para sus dominios rurales o para su dinero, cuando no ha hecho una declaración expresa por testamento".
Página 24 - El patrimonio considerado como unidad es un objeto ideal, de un contenido indeterminado.
Página 32 - Estado, siempre que constaren de instrumentos públicos y se presentaren legalizados. Si por ellos se transfiriese el dominio de bienes raíces, la tradición de éstos no podrá hacerse con efectos jurídicos hasta que estos contratos se hallen protocolizados por orden de un juez competente.
Página 24 - ... las demandas relativas a las garantías de los lotes entre los copartícipes, y las que tiendan a la reforma o nulidad de la partición; 3...
Página 38 - Los derechos y los deberes de los cónyuges son regidos por las leyes del domicilio matrimonial, mientras permanezcan en él. Si mudasen de domicilio, sus derechos y deberes personales serán regidos por las leyes del nuevo domicilio.
Página 44 - Si el deudor mudase de domicilio, en los casos en que el lugar de éste fuese el designado para el pago, el acreedor podrá exigirlo, o en el lugar del primer domicilio, o en el del nuevo del deudor.
Página 69 - Ésta es complementaria del artículo 7.°, y dispone que sean € tenidos por auténticos los actos y leyes de las Legislaturas y los actos y decretos de los Poderes Ejecutivos provinciales, siempre que se hayan publicado...

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