Coleccion de leyes, decretos y órdenes publicadas en el Perú desde el año de 1821 hasta 31 de diciembre de 1859 reimpr. por orden de materias por J. Oviedo, Volumen6

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Pasajes populares

Página 183 - Por tanto : ejecútese, guárdese y cúmplase en todas sus partes por quienes convenga. Dará cuenta de su cumplimiento el Ministro de Estado en el departamento de Gobierno. — Dado en el Palacio del Supremo Gobierno, en Lima, á 6 de Junio de 1823. — 4, 2, — José de la Riva Agüero.
Página 268 - Real orden lo digo á VE para su inteligencia y efectos consiguientes. Dios guarde á VE muchos años. Madrid, 17 de Enero de 1834. — Zarco.
Página 28 - Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento, mandándolo imprimir, publicar y circular.
Página 288 - Tendreislo entendido, y dispondréis lo necesario á su cumplimiento, mandándolo imprimir, publicar y circular.
Página 165 - Esta obra será costeada por los fondos de comisaría, trabajada por las tropas estacionadas en el cantón, y concluida dentro de un mes. — Mi Secretario General queda encargado de la ejecución de este decreto, y de hacerlo publicar y circular. — Dado en el cuartel general de lea a 19 de Octubre de 1835. — Felipe Santiago Salaverry, — P. O. de SE — Andrés Martines" (84). Por desdicha, las urgencias de la guerra civil — que lo era "internacional" para el Dictador infortunado — impidieron...
Página 14 - El Ministro de Estado del despacho de Gobierno y Relaciones Exteriores, queda encargado de la ejecución de este decreto...
Página 296 - Marina queda encargado del cumplimiento de este decreto y de mandarlo imprimir, publicar y circular. Dado en la Casa del Gobierno en Lima, á 12 de Julio de 1855.
Página 100 - Todos los indígenas pobladores son dueños con pleno y absoluto dominio de los terrenos que cultivaren; es extensiva esta gracia á todos los ciudadanos del Perú que se dedicaren á poblar y cultivar. 5.
Página 305 - Nacionales, benemérito á la Patria en grado heroico y eminente, condecorado con la Medalla de la Ocupación del Callao, Presidente provisional de la República, etcétera, etc.
Página 136 - Pero no obstante, para evitar toda interpretación se estipula : que el máximum que podrá cobrarse por una tonelada de peso, calculada por ochenta arrobas, ó por una tonelada de medida de cuarenta pies cúbicos, será el de cuatro pesos cuatro reales. Bajo este concepto, los empresarios presentarán al Supremo Gobierno la tarifa general para su aprobación, sin que...

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