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traba en ellos la causa de los referidos daños, i allé estos ser mui natural i conforme a nuestras conplesiones, por cuya razon pasé a reconocer el agua del dicho Rio que biene a la pila i allé en ella escondido el beneno que infesta comunmente los cuerpos siendo tan nosiva por su grossedad i compuestos que toma; que aplicada para sudores i otros medicamentos coadiuba con la enfermedad quitando las fuerzas a los conpuestos que se aplinacido esto de cuatro metales diferentes mui constipantes i mordases que la disfiguran de su naturaleza, a demas de provenir en su nacimiento de nieve sin que por la serquanía que hai de la ciudad a la cordillera tenga tiempo el sol de purificarla i así baja con la mordacidad con que se revuelve i aunque para la aplicacion de las medesinas se tome estilada en las casas que tienen convenencia para ello; no obstante aunque en parte se purga la grossedad del lodo con que viene no se purifica el daño que recibió de los metales; de todo lo cual se ocasiona mui de ordinario el daño en el bientre, poco cocimiento, bascas i esquilensias en la garganta, motivos que por conocerlos me an puesto en estado de costear todo el año para mi alimento el traer a mi casa el agua de la

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sequia de Ramon manteniendo de continuo una bestia i un criado que la condusga aun en medio de la cortedad de mi caudal que asegurar la salut preservándola de tan conocido enemigo i para que conste i haga el esfecto que lugar lo juro a Dios i a la cruz i doi lo presente en la ciudad de Santiago de Chille en 29 de Julio de 1718 a=El B. Diego de Lasevinat.

II

Informe del procurador de ciudad sobre las aguas del Mapocho i de "Ramon".

Exmo Sr-El Procurador Jeneral de la ciudad, en los autos con el Sr. Fiscal sobre la distribucion del ramo de Valanza para traer el agua de Ramon a la Pila de la Plaza de esta ciudad en la forma deducida digo: que en esta causa se han dado diferentes providencias en órden a la pila de la Plaza i traer el agua de Ramon que hasta ahora no han puesto en ejecucion diferentes embarazos que se an ofrecido en obra tan pública, i tan útil para la salud i alivio de todos los vecinos de ella, i por que las epidemias, que se van

LOS M. DE A., ETC.

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experimentando proceden las mas de la mala calidad del agua del rio de esta ciudad que es la que fecunda la pila, i el principal cuidado de la ciudad debe ser atender a la mejor salud de sus vecinos se ha de servir VEx. de mandar se tase el importe que puede tener la conduccion de la dicha agua de Ramon hasta ponerla en la dicha pila de la Plaza, nombrando para ello tassadores i que debajo de la dicha tassacion se saque al pregon i remate debajo de ciertas condiciones, que a su tiempo protesto expressar para la mayor perpetuidad de la dicha agua, i que se remate en quien hiciere mejor la condicion de la dicha obra con la calidad que se aya de pagar del ramo de Valanza destinado para este effecto i para las demas obras de la ciudad; i así se debe hacer; por que hallará VEx". ser mui nociba i experimentada la malignidad del agua del rio de esta ciudad, i aunque en sus copiosas Abenidas no se experimente los venenos aquaductos i mineros por donde se conduce hasta la dicha pila, pero todas las veces, que minoran sus raudales saludable, entonces prevalece el otro aquaducto, que llaman de polcura i de tal modo corrompe todo el agua que los peces que cria el mesmo rio bajan muertos.

boyando en las mesmas espumas del agua, de tal manera que la jubenil puerisia tiene por divertimiento con las manos i los sombreros sacar los pecessillos muertos i por lo que discurren los fisicos, fuera de las experiencias practicables, que se reconocen se halla el dicho minero de polcura, fuera de la mala calidad de dicha polcura que se mescla con otros metales venenosos, que lo corrompen todo el agua como consta de ciertas fees o testimonios dados por los médicos de esta ciudad que presento en debida forma i que de esta benenosidad resultan las continuas epidemias que está padeciendo este reino con gran mortandad de sus vecinos i habitadores, porque si en los peces que tienen por centro i naturaleza el agua es tan vigorosa su corrupcion, con mayor razon habia de obrar en los cuerpos humanos que por alimento i refresco reciben la dicha agua i su calidad venenosa.

En este presupuesto se hallará bien fundada que la obra mas necesaria, i útil de la ciudad es la conducion de la dicha agua de Ramon, que es de manantial i se reconoce sin mescla de otros minerales pestilenciales porque como por la dicha obra se trate de la conservacion de la vida humana, que es lo mas apreciable de las cossas temporales, debe

preferir a otra cualquiera, aunque fuese de conocida utilidad a la ciudad, sin que pudiera retardar la ejecucion de cosa tan necesaria el decir que la ciudad no tiene conseguida de Su Majestad la prorogacion del Ramo de la Valanza, de donde se pudiera costear, porque no se puede dudar que Su Majestad, la aya de conceder, atento a las muchas representaciones que tiene echas la ciudad, para obras precisas que miran su mayor aumento i conservacion, como se ha esperimentado en otras prorrogaciones que ha merecido la ciudad de mano de Su Majestad i esta voluntad presunta i lo que insta la conservacion de la vida humana, ilo que ha fatigado a los vecinos i moradores esta peste de virguelas, causadas de las malas aguas, era suficiente fundamento para que Su Majestad aprobase qualquiera distribucion de la Valanza en obra tan precissa Lo otro porque cassó negado que Su Majestad negase la dicha prorrogacion no podia dejar de aplicar a la ciudad lo que estaba causado desde la última prorrogacion, hasta el presente porque la dicha Valanza no es hacienda real ni ramo destinado para ella sino una contribucion voluntaria que hacen los vecinos de este reino para obras públicas de la ciudad como cons

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