Manual para uso de los señores diputados

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Impr. hijos de J. A. García, 1907 - 886 páginas

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Contenido

Del derecho electoral
103
De los distritos y colegios electorales
120
De la constitución de las Mesas elec
128
De las elecciones parciales
145
De las infracciones
155
Disposiciones transitorias
161
Circular de la Junta Central del Censo sobre
170
º Circular de la Junta Central del Censo relati
176
Circular de la Junta Central del Censo dictando
182
Real orden circular disponiendo se cumplan
275
Real orden sobre nombramiento de empleados
281
Ley de Incompatibilidades y casos de reelección
339
Reglamento del Congreso de los Diputados
347
De la sesión y actos preparatorios
367
De la constitución definitiva del Con
376
De los proyectos y proposiciones de ley
384
De las proposiciones que no son de ley
396
De los votos de censura y de gra
402
Ley electoral de Senadores
415
Capítulo primero De los que tienen derecho á elegir
421
De la formación de las listas por
429
De las elecciones parciales para Sena
436
Artículo transitorio
438
Acta de elección de Senadores
439
APÉNDICES
441
Ley fijando el plazo en que deben probar su ap titud legal los Senadores electos
447
Ley señalando el plazo dentro del cual los Se nadores deben prestar juramento
449
Reglamento del Senado Repertorio alfabético
453
Preliminares para la Junta preparatoria
473
De la Junta preparatoria
474
De la constitución interina del Senado cuando se renueve la parte electiva
475
Del examen de actas credenciales y aptitud legal
476
De la constitución definitiva del Senado
478
Del sorteo de Senadores para la renova ción de los electivos y de las solicitudes de ingreso
480
Del Presidente
483
De los Secretarios
485
De los Senadores
486
De las Secciones
487

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Términos y frases comunes

Pasajes populares

Página 355 - Doña Isabel II, por la gracia de Dios y la Constitucion de la Monarquía española , Reina de las Españas; á todos los que las presentes vieren y entendieren , sabed: Que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente...
Página 103 - DON ALFONSO XIII, por la gracia de Dios y la Constitución, Rey de España, y en su nombre y durante su menor edad la Reina Regente del Reino; A todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente: Artículo 1.
Página 57 - N. (el nombre del Rey) por la gracia de Dios y por la Constitución de la Monarquía española, Rey de las Españas, a todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: Que las Cortes han decretado y Nos sancionamos lo siguiente (aquí el texto literal de la ley).
Página 36 - Directores de las Reales Academias Española, de la Historia, de Bellas Artes de San Fernando, de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales, de Ciencias Morales y Políticas, y de Medicina.
Página 861 - DON ALFONSO XII, por la gracia de Dios Rey constitucional de España. A todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente: Artículo único.
Página 208 - Y habiéndose conformado SM la Reina Regente(QDG), en nombre de su augusto Hijo el Rey D. Alfonso XIII, con el preinserto dictamen, se ha servido resolver como en el mismo se propone.
Página 42 - Para incorporar cualquiera otro territorio al territorio español. 3.* Para admitir tropas extranjeras en el Reino. 4. Para ratificar los Tratados de alianza ofensiva, los especiales de comercio, los que estipulen dar subsidios á alguna Potencia extranjera y todos aquellos que puedan obligar individualmente á los españoles. En ningún caso los artículos secretos de un Tratado podrán derogar los públicos.
Página 341 - Si éstos á su vez dudaran, elevarán la oportuna consulta á la Dirección general de los Registros civil y de la Propiedad y del Notariado.
Página 250 - A propuesta del Ministro de Ultramar, de acuerdo con el Consejo de Ministros; En nombre de mi Augusto Hijo el Rey D. Alfonso XIII, y como Reina Regente del Reino, Vengo en decretar lo siguiente: Artículo 1.
Página 45 - Será tutor del Rey menor la persona que en su testamento hubiere nombrado el Rey difunto, siempre que sea español de nacimiento; si no le hubiese nombrado, será tutor el padre ó la madre, mientras permanezcan viudos. En su defecto le nombrarán las Cortes, pero no podrán estar reunidos los encargos de Regente y de tutor del Rey, sino en el padre ó en la madre de éste.

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